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miércoles, 20 de noviembre de 2024

La eliminación de la exención del IVA para los seguros de salud podría ser contraproducente si no se acompaña de medidas complementarias, como una inversión significativa en el sistema público de salud.

 Sí, el reciente acuerdo fiscal entre el PSOE y Sumar incluye la eliminación de la exención del IVA en las primas de los seguros de salud privados. Esta medida busca que estos seguros, que hasta ahora estaban exentos de este impuesto, comiencen a tributar, con el objetivo de aumentar la recaudación y promover una mayor equidad fiscal. 


Además, el acuerdo contempla otras medidas fiscales, como la introducción de un IVA del 21% para los apartamentos turísticos, con la intención de reducir su rentabilidad y fomentar su conversión en viviendas de alquiler permanente. 


Estas iniciativas forman parte de un paquete más amplio destinado a incrementar los ingresos públicos y acercar la presión fiscal de España a la media europea, enfocándose en una mayor contribución de las rentas altas y ciertos sectores económicos. 


La cuestión sobre si es correcto eliminar la exención del IVA para la sanidad privada mientras se mantiene para la sanidad pública es un tema complejo que depende de interpretaciones legales tanto a nivel nacional como europeo. Analicemos los puntos clave:


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**1. Legislación Española**

- **Exención del IVA en la sanidad pública y privada:**

  - En España, la Ley del IVA (Ley 37/1992) contempla que los servicios médicos y hospitalarios están exentos de IVA, independientemente de si son públicos o privados, siempre que cumplan ciertos criterios:

    - **Finalidad médica**: Los servicios deben tener como objetivo el diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades.

    - **Profesionales cualificados**: Los servicios deben ser prestados por profesionales o centros legalmente reconocidos.


- **Cambio propuesto:**

  - Eliminar la exención de IVA para los seguros de salud privados, que no afectan directamente a los servicios médicos, sino al sector asegurador.

  - Los servicios médicos y hospitalarios seguirían exentos de IVA, incluso en centros privados.


 **2. Legislación Europea**

- **Directiva 2006/112/CE sobre el IVA:**

  - La normativa europea permite que los Estados miembros eximan de IVA ciertos servicios considerados de interés general, como la sanidad. Esto incluye tanto la sanidad pública como la privada, si cumplen los mismos criterios de finalidad médica y calidad.


- **Principio de neutralidad fiscal:**

  - La normativa europea establece que los servicios equivalentes deben recibir un tratamiento fiscal equivalente. Esto significa que no puede haber discriminación fiscal entre operadores públicos y privados que ofrezcan servicios similares.


- **Posibles implicaciones:**

  - Si la exención del IVA se elimina para los seguros privados, pero no para los servicios públicos que ofrezcan seguros similares (en el caso de mutuas públicas como MUFACE), podría considerarse discriminatorio según el principio de neutralidad fiscal.


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 **3. Jurisprudencia Europea**

- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha reforzado el principio de neutralidad en múltiples sentencias. Según su doctrina, cualquier diferencia en el tratamiento fiscal entre servicios públicos y privados que sean comparables debe estar justificada por razones objetivas.


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**4. Posibles desafíos legales**

- La eliminación de la exención para los seguros privados podría ser objeto de un recurso ante los tribunales españoles o europeos si las aseguradoras o los ciudadanos afectados consideran que se vulnera el principio de igualdad y neutralidad fiscal.


- Sin embargo, el Estado podría argumentar que los seguros de salud no son estrictamente servicios médicos, sino un producto financiero, lo que justificaría un tratamiento fiscal diferenciado.


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 **Conclusión**

- Desde un punto de vista legal, la medida podría ser válida si se fundamenta en que afecta únicamente a los seguros de salud (producto financiero) y no a los servicios médicos en sí.

- No obstante, cualquier discriminación entre servicios equivalentes (públicos y privados) que no esté objetivamente justificada podría contravenir el principio de neutralidad fiscal y ser impugnada en los tribunales.


La eliminación de la exención del IVA en los seguros de salud privados tiene impactos directos e indirectos, beneficiando a unos sectores y perjudicando a otros. Analicemos a detalle:


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 **1. Los principales afectados:**


 **a) Consumidores de seguros privados**

- **Perjudicados:**

  - Los consumidores, especialmente familias y autónomos que utilizan seguros privados para acceder a la sanidad, serán los más perjudicados porque el coste del seguro se incrementará al incluir el IVA.

  - Si se aplica un IVA del 21%, el precio final de las pólizas podría subir significativamente.

  - Esto puede llevar a muchos usuarios a cancelar sus seguros o buscar alternativas más económicas, afectando especialmente a las rentas medias y bajas que utilizan estos servicios como complemento o sustituto de la sanidad pública.


 **b) Empresas de seguros de salud**

- **Perjudicadas:**

  - Aunque las aseguradoras actúan como intermediarias en la recaudación del IVA (recaudan el impuesto para Hacienda), esta medida podría reducir su base de clientes.

  - Una posible disminución en la contratación de seguros, especialmente entre personas con ingresos limitados, afectaría sus ingresos.


**c) Centros de salud privados**

- **Perjudicados indirectos:**

  - Al encarecerse los seguros privados, puede haber menos usuarios que accedan a estos servicios, especialmente en centros concertados o privados que dependen de este tipo de seguros para financiar parte de su actividad.


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 **2. Los beneficiados:**


**a) Hacienda pública**

- **Beneficiada:**

  - El principal beneficiado es el Estado, que aumentará la recaudación tributaria al gravar los seguros privados con un IVA que antes no se cobraba.

  - Esto se enmarca dentro de un intento de aproximar la presión fiscal española a la media de la Unión Europea.


 **b) Sistema público de salud**

- **Potencial beneficiado:**

  - Al desincentivar los seguros privados, algunas personas pueden optar por depender más del sistema público de salud, lo que, según el Gobierno, podría contribuir a reforzarlo.

  - Sin embargo, esto depende de que los ingresos adicionales se destinen directamente al sistema público, lo cual no está garantizado.


 **c) Consumidores del sistema público**

- **Beneficiados indirectos:**

  - Si el incremento de recaudación se invierte en mejorar el sistema de salud público, los usuarios del sistema público podrían beneficiarse con mejores servicios o menor presión asistencial.


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**3. IVA: cómo funciona para las empresas**

- **Rol de las aseguradoras:**

  - Las aseguradoras de salud no son las destinatarias finales del IVA; lo recaudan de los consumidores y lo entregan al Estado.

  - Se deducen el IVA soportado (de los bienes y servicios que compran) del IVA que repercuten en las primas cobradas.

  - Para ellas, el IVA no es un coste directo, pero el incremento en los precios finales puede disminuir su volumen de negocio.


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 **Impacto global:**


- **Consumidores individuales**: Los más perjudicados, ya que son quienes asumirán el incremento de precios directamente.

- **Estado**: El gran beneficiado, dado el aumento en la recaudación.

- **Sector asegurador y privado**: Perjudicado indirectamente por la posible disminución de la demanda.


 **Consideraciones finales:**

Aunque el IVA es un impuesto neutral desde el punto de vista empresarial, la carga final recae sobre el consumidor, lo que puede tener efectos secundarios como una menor contratación de seguros y una mayor presión sobre el sistema público de salud. Esto plantea dudas sobre si la medida es equitativa o podría resultar contraproducente a largo plazo.


Señalar un problema potencial de la medida: si la sanidad privada reduce su capacidad de atender pacientes debido a la disminución de pólizas privadas, el sistema público de salud tendría que absorber esa demanda adicional, lo cual puede afectar su sostenibilidad y calidad. Aquí está el razonamiento más detallado:


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 **1. Redistribución de la demanda**

- **Reducción de pólizas privadas:**

  - Si las primas de seguros privados se encarecen debido al IVA, es probable que muchas personas, especialmente las de rentas medias y bajas, dejen de contratar o renueven estas pólizas.

  - Esto implicaría que aquellos que antes acudían a la sanidad privada migrarían al sistema público.


- **Impacto en el sistema público:**

  - Actualmente, el sistema privado atiende a un porcentaje significativo de la población que, al pagar un seguro, reduce la presión sobre el sistema público.

  - La migración de pacientes al sistema público incrementará su carga asistencial sin que este reciba financiación adicional directamente asociada a esa mayor demanda.


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**2. Recursos insuficientes en el sistema público**

- **Inversión necesaria:**

  - El sistema público de salud ya enfrenta retos significativos, como listas de espera largas, infrafinanciación y falta de personal en algunos sectores. Una migración masiva de pacientes agravaría estas dificultades.

  - A menos que los ingresos adicionales generados por el IVA sean específicamente asignados a reforzar el sistema público, este se verá sobrecargado sin recursos suficientes.


- **Uso del IVA recaudado:**

  - No hay garantía de que los ingresos del IVA aplicado a los seguros privados se destinen al sistema público de salud.

  - Dado que el IVA es un impuesto general, lo más probable es que esos fondos vayan a la caja común del Estado y no necesariamente al sector sanitario.


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 **3. Deterioro de servicios**

- Si no hay una inversión significativa en infraestructura y personal, el aumento de la presión asistencial en el sistema público puede resultar en:

  - **Listas de espera aún más largas.**

  - **Calidad reducida en la atención.**

  - **Mayor descontento social**, especialmente entre quienes dependen exclusivamente de la sanidad pública.


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 **4. Beneficio fiscal versus coste operativo**

- Aunque el Estado aumenta la recaudación fiscal, esto no compensa automáticamente el aumento de la carga operativa del sistema público:

  - **Ingresos fiscales por el IVA**: Recaudación adicional limitada, considerando que los seguros de salud no son universales.

  - **Costes operativos del sistema público**: Incremento sustancial, ya que atender a más pacientes requiere contratar más personal, construir nuevas instalaciones y adquirir más recursos.


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**5. Efecto en la equidad del sistema**

- La medida puede tener un impacto desigual:

  - Las personas con mayores ingresos probablemente mantendrán sus seguros privados, accediendo a servicios privados de calidad.

  - Las personas de ingresos medios y bajos serán las más afectadas al depender exclusivamente del sistema público, que podría deteriorarse por la mayor presión.


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 **Conclusión**

La eliminación de la exención del IVA para los seguros de salud podría ser contraproducente si no se acompaña de medidas complementarias, como una inversión significativa en el sistema público de salud. Sin dicha inversión, los servicios públicos podrían deteriorarse al tener que absorber una demanda adicional sin los recursos necesarios.


Si el objetivo de la medida es promover la equidad, esta debe incluir una planificación para reforzar el sistema público, asegurando que pueda responder al incremento de usuarios sin comprometer la calidad de los servicios. Sin ello, los perjudicados principales serán los usuarios del sistema público y los consumidores de rentas medias y bajas.


Sobre el posible trasvase de profesionales entre la sanidad pública y la privada, o la estabilidad de quienes trabajan en ambos sectores, es muy pertinente. Analicemos las dinámicas que podrían darse:


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 **1. Diferencias estructurales entre sanidad pública y privada**

- **Sanidad pública:**

  - Los profesionales tienen sueldos establecidos según las tablas salariales de la administración pública.

  - Las condiciones de trabajo (horarios, seguridad laboral, antigüedad) están reguladas, con menor flexibilidad.

  - Sin embargo, estos sueldos suelen ser menos competitivos que los ofrecidos por la sanidad privada en determinados casos (especialmente para especialistas altamente demandados).

  - Los funcionarios tienen estabilidad laboral, pero con limitaciones en incentivos económicos y posibilidades de promoción rápida.


- **Sanidad privada:**

  - Los sueldos son negociados individualmente, por lo que hay más flexibilidad, pero también mayor inseguridad.

  - Ofrecen mejores salarios y beneficios adicionales para atraer a especialistas de renombre o con alta demanda.

  - La flexibilidad para ofrecer condiciones atractivas podría ser un factor clave en un contexto donde aumenta la presión asistencial en la sanidad pública.


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 **2. Posibles efectos de la medida en los profesionales de la sanidad**

 **a) Permanencia dual (pública y privada):**

- Muchos profesionales en España trabajan simultáneamente en el sistema público y privado, maximizando sus ingresos.

- Si la sanidad privada sufre una disminución en su base de clientes por la pérdida de pólizas, los profesionales podrían reducir su actividad en este sector y centrarse más en el público.

- Esto mantendría a los profesionales más competentes en ambos sistemas, aunque podría limitar la flexibilidad y competitividad de la privada.


 **b) Aumento del trasvase hacia la privada:**

- Si la carga asistencial en la sanidad pública aumenta significativamente sin una mejora salarial o de condiciones laborales, podría darse un trasvase hacia la sanidad privada.

- La sanidad privada podría usar esta oportunidad para atraer a buenos profesionales con incentivos económicos y laborales, especialmente en regiones con alta demanda.


 **c) Estabilidad laboral y seguridad:**

- Algunos profesionales podrían preferir quedarse en la sanidad pública debido a su estabilidad y beneficios laborales (como las pensiones), especialmente en tiempos de incertidumbre económica.

- Otros, sin embargo, podrían optar por la sanidad privada si ven mejores oportunidades económicas o mayor flexibilidad.


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 **3. Factores clave para el equilibrio:**

 **a) Condiciones laborales en la sanidad pública:**

- La administración pública debe garantizar que los profesionales no se vean sobrecargados con el aumento de pacientes.

- Si las condiciones laborales se deterioran (listas de espera más largas, falta de recursos, horarios extendidos), más profesionales podrían migrar al sector privado.


**b) Capacidad de la sanidad privada para ofrecer competitividad:**

- Si la sanidad privada logra adaptarse al cambio de contexto, podría mantener su atractivo para los profesionales. Esto dependerá de su habilidad para gestionar la posible disminución de clientes y seguir ofreciendo incentivos salariales.


 **c) Influencia del marco normativo:**

- En algunos casos, los profesionales podrían estar sujetos a limitaciones legales o de tiempo en cuanto a compatibilizar ambas áreas, especialmente si aumentan las demandas en el sistema público.


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 **4. Conclusión**

El impacto en los profesionales dependerá en gran medida de cómo se reconfiguren las dinámicas entre ambos sistemas:

- **Sanidad pública:** Si no se invierte lo suficiente para mejorar las condiciones de trabajo y atender el incremento de pacientes, podría volverse menos atractiva para los profesionales.

- **Sanidad privada:** Si esta logra adaptarse a la reducción de pólizas y mantiene condiciones competitivas, podría atraer a los mejores talentos.


En el mejor de los casos, los profesionales seguirán manteniendo un equilibrio entre ambos sectores. Sin embargo, si la sobrecarga en la pública o la reducción de clientes en la privada se vuelven insostenibles, se podría generar una presión significativa sobre uno u otro sistema, afectando la calidad de los servicios y la estabilidad laboral de los profesionales.


La eliminación de la exención del IVA para los seguros privados de asistencia sanitaria no necesariamente afecta automáticamente a la exención de IVA de otros tipos de seguros. Sin embargo, podría sentar un precedente o abrir un debate sobre el tratamiento fiscal del sector asegurador en general. Veamos cómo funciona este marco jurídico y sus posibles implicaciones:


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 **1. Situación actual de los seguros y el IVA**

- **Exención general de los seguros:**

  - Según la normativa europea (Directiva 2006/112/CE) y española (Ley 37/1992 del IVA), los seguros están exentos de IVA. Esto incluye seguros de vida, salud, hogar, automóviles, responsabilidad civil, etc.

  - La exención se justifica porque los seguros son servicios financieros, y gravarlos con IVA podría complicar su operativa y encarecer estos productos esenciales.


- **Seguros de salud:**

  - Actualmente, los seguros de salud privados gozan de la misma exención, porque también se consideran un servicio esencial vinculado a la asistencia sanitaria.


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**2. Impacto de eliminar la exención en los seguros de salud**

- **Un caso particular:**

  - Si la eliminación de la exención del IVA se limita exclusivamente a los seguros de salud, se considerará un caso específico. Este tratamiento diferenciado podría justificarse argumentando que los seguros de salud no son comparables con otros seguros generales debido a su vinculación con la sanidad (un servicio esencial que puede ser prestado de forma pública).

  - Sin embargo, esto podría generar un **precedente fiscal** que motive a reconsiderar la exención en otros seguros.


- **Posible impacto en otros seguros:**

  - Si el Gobierno utiliza criterios económicos (como aumentar la recaudación) para justificar la eliminación de la exención, podría plantearse la posibilidad de aplicar el IVA a otros seguros en el futuro.

  - Esto abriría la puerta a una reevaluación más amplia del régimen fiscal del sector asegurador, especialmente en un contexto de búsqueda de más ingresos públicos.


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 **3. Principio de neutralidad fiscal**

- La eliminación de la exención del IVA para un tipo específico de seguro podría entrar en conflicto con el **principio de neutralidad fiscal**:

  - Este principio establece que no debe haber un trato fiscal discriminatorio entre bienes o servicios equivalentes.

  - Si se grava el IVA a los seguros de salud pero no a otros seguros, sería necesario justificarlo claramente con criterios objetivos para evitar reclamaciones legales.


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**4. Posibles consecuencias legales**

- **Riesgo de litigios:**

  - Las aseguradoras y los consumidores podrían argumentar que la eliminación de la exención del IVA en los seguros de salud constituye una discriminación frente a otros seguros que siguen exentos.

  - Esto podría dar lugar a impugnaciones legales, tanto en los tribunales nacionales como en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con base en el principio de igualdad y neutralidad fiscal.


- **Revisión general del régimen fiscal:**

  - Para evitar litigios, el Gobierno podría verse tentado a revisar el régimen fiscal de todos los seguros, eliminando las exenciones de IVA para otros productos aseguradores. Esto tendría un impacto generalizado en los precios de las pólizas.


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 **5. Impacto en los consumidores y el mercado asegurador**

- **Aumento de costes para los consumidores:**

  - Si se aplica el IVA a otros tipos de seguros, esto encarecería los productos aseguradores, afectando a millones de consumidores.

  - Podría desincentivar la contratación de seguros en áreas como hogar o responsabilidad civil, lo que podría generar mayores riesgos económicos para las personas y empresas.


- **Impacto en el sector asegurador:**

  - El aumento de precios podría reducir la demanda de seguros, afectando la competitividad del sector y generando un efecto negativo en la economía.


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 **Conclusión**

Eliminar la exención del IVA para los seguros de salud podría no afectar inmediatamente a otros seguros, pero sentaría un precedente peligroso. Si la medida se interpreta como un cuestionamiento al régimen fiscal del sector asegurador en general, podría derivar en la eliminación progresiva de exenciones para otros tipos de seguros.


Esto tendría consecuencias significativas tanto para los consumidores (aumento de costes) como para el mercado asegurador (reducción de la demanda), y abriría la puerta a posibles litigios basados en el principio de neutralidad fiscal. La medida requeriría, por tanto, un enfoque cuidadoso y justificaciones sólidas para evitar efectos no deseados.


Se pone de manifiesto una posible desigualdad en el impacto del IVA sobre los seguros de asistencia sanitaria dependiendo de la situación del contribuyente. Veámoslo más en detalle:


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 **1. Empresas en régimen general de IVA**

- **Deducción del IVA soportado:**

  - Una empresa sujeta al régimen general del IVA que ofrezca un seguro de salud privado como parte de la retribución a sus trabajadores podría deducirse el IVA soportado en la contratación de dicho seguro.

  - Esto se debe a que, en el sistema fiscal, las empresas pueden deducirse el IVA de los bienes y servicios adquiridos siempre que estén vinculados a su actividad económica (y, en este caso, el seguro se consideraría un gasto asociado a la política laboral de la empresa).


- **Efecto en los trabajadores:**

  - Los trabajadores recibirían el seguro de salud como parte de su paquete retributivo, pero no se verían directamente afectados por el IVA, ya que es la empresa la que se deduce ese importe.


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**2. Jubilados, autónomos y particulares**

- **Impacto directo del IVA:**

  - Los jubilados, autónomos, y particulares que contraten un seguro de salud privado tendrían que soportar directamente el IVA, ya que no tienen la posibilidad de deducírselo.

  - Esto genera una diferencia importante, ya que estos colectivos asumirían un incremento del coste del seguro por el IVA sin ningún tipo de compensación.


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 **3. Comparación: desigualdad fiscal**

- **Ventaja para las empresas y sus trabajadores:**

  - Las empresas con derecho al 100% de deducción pueden neutralizar el impacto del IVA, lo que les permite ofrecer seguros privados como un beneficio laboral sin aumento de costes reales.

  - Esto puede ser percibido como un trato más favorable hacia quienes tienen empleo en empresas que otorgan este tipo de beneficios, en comparación con los jubilados o personas que no tienen acceso a seguros a través de su trabajo.


- **Carga desproporcionada para jubilados y particulares:**

  - Los jubilados y otros colectivos (como autónomos con actividad exenta de IVA o personas sin actividad económica) no pueden deducirse el IVA, soportando completamente el aumento del coste.

  - Esto crea una situación de desigualdad, especialmente si consideramos que los jubilados suelen depender más de los servicios sanitarios privados por temas de accesibilidad o calidad de atención.


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 **4. Implicaciones legales y éticas**

- **Principio de igualdad tributaria:**

  - Según el principio de igualdad fiscal, las normas tributarias deben evitar generar discriminaciones entre contribuyentes en situaciones comparables.

  - Gravar con IVA los seguros de salud privados podría vulnerar este principio si no se considera el impacto desproporcionado en ciertos colectivos.


- **Posible conflicto con el objetivo de la medida:**

  - Si la intención del Gobierno es aumentar la recaudación y promover la sanidad pública, esta desigualdad puede ser contraproducente, ya que beneficiaría indirectamente a empresas y trabajadores con acceso a seguros subvencionados, mientras penaliza a los colectivos más vulnerables.


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 **5. Alternativas para mitigar esta desigualdad**

- **Exención parcial o diferenciada:**

  - Se podría aplicar una exención o un tipo reducido de IVA para colectivos específicos (como jubilados), evitando que asuman toda la carga del impuesto.

  

- **Créditos fiscales:**

  - Introducir deducciones fiscales en el IRPF para jubilados u otros colectivos afectados, compensando el impacto del IVA.


- **Destinar los ingresos del IVA a la sanidad pública:**

  - Para reducir las tensiones sociales, garantizar que la recaudación adicional por el IVA en seguros privados se reinvierta en mejorar el sistema público.


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**Conclusión**

La medida tal como está planteada podría generar desigualdades, ya que las empresas con derecho a deducción y sus trabajadores no asumirían el coste del IVA, mientras que colectivos vulnerables como los jubilados sí lo harían. Esto podría ser percibido como un trato fiscal desigual y debería ser considerado en la implementación de la medida para evitar efectos indeseados y conflictos éticos o legales.