Boletín
Semanal
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Fiscal
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Comentarios
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Modificaciones
en el Impuesto sobre Sociedades incluidas en el proyecto de Ley por la que se
establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se
adoptan otras medidas tributarias y financieras
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Medidas
en la Ley de Apoyo a Emprendedores
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Creada
la Autoridad Independiente de Responsabilidad fiscal
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Modificación
de la base imponible del IVA cuando el destinatario no actúa como empresario o
profesional: Información sobre la aplicación del artículo 3.1.b del Real Decreto
ley 4/2012
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Exoneración
de la obligación de informar respecto de los bienes y derechos situados en el
extranjero que se encuentren contabilizados de forma individualizada (Consulta
DGT V1558-13 de 09-05-2013)
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Destacados
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Normativa
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Estatal
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RD
515/2013 de 5 Jul. (criterios y procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la UE) [BOE 6 de Julio de
2013]
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Autonómica
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L
6/2013 de 8 Jul. CA Murcia (medidas en materia tributaria del sector público, de
política social y otras medidas administrativas) [BORM 10 de Julio de 2013]
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L
5/2013 de 8 Jul. CA Murcia (apoyo a los emprendedores y a la competitividad e
internacionalización de las pequeñas y medianas empresas -PYMES-) [BORM 10 de
Julio de 2013]
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D
92/2013 de 5 Jul. CA Valenciana (desarrolla la disposición adicional decimoctava
de la L 11/2012 de 27 Dic., de la Generalitat, de Presupuestos de la Generalitat
para el ejercicio 2013) [DOCV 9 de Julio de 2013]
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Foral
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LF
26/2013 de 2 Jul. CF Navarra (modificación de la LF 7/2009 de 5 Jun., asignación
tributaria del 0,7 por 100 que los contribuyentes de la Comunidad Foral destinan
a otros fines de interés social) [BON 12 de Julio de 2013]
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Orden
Foral 629/2013, de 4 Jul. Gipuzkoa (nuevo impreso y los diseños físicos y
lógicos del soporte directamente legible por ordenador para la presentación del
modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias) [BOG
10 de Julio de 2013]
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Proyectos
normativos
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Proyecto
de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el
Valor Añadido, el Reglamento de revisión en vía administrativa, el Reglamento
General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección
tributaria y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación
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Proyecto
de Ley por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad
medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras
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Proyecto
de Ley Orgánica de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad
Fiscal
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Proyecto
de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización
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Doctrina
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DGT
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Consulta
Vinculante V1558-13, de 09 de mayo de 2013 de la Subdirección General de
Tributos Dirección General de Tributos
DECLARACIONES
INFORMATIVAS. Bienes y derechos sitos en el extranjero. Supuesto de entidades
pertenecientes a un Grupo de entidades que tienen contabilizada de forma
individualizada los bienes y derechos situacios en el extranjero. En caso de que
de dicha contabilización pueda deducirse de forma suficiente e indubitada la
existencia del bien o derecho, no existirá obligación de presentar la
Declaración Informativa en relación con dichos bienes.
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Consulta
Vinculante V1642-13, de 17 de mayo de 2013 de la Subdirección General de
Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Dirección General de
Tributos
MEDIDAS
FISCALES. PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS. Pareja casada en
gananciales que suscribe un crédito hipotecario para la adquisición de vivienda.
Situación de precariedad al quedar todos los miembros de la familia en situación
de desempleo. Solicitud a la entidad financiera de un período de carencia de
capital de 24 meses sin incrementos de capital ni de plazo. Requisitos
establecidos en el RDL 6/2012, de medidas urgentes de protección de deudores
hipotecarios sin recursos, para acogerse a los beneficios fiscales que se
establecen. La exención en el ITP y AJD recogida en el artículo 8 del RDL 6/2012
es aplicable a los contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca
inmobiliaria cuyo deudor se encuentre situado en el umbral de exclusión al que
se refiere su artículo 3, con independencia de que se cumplan los requisitos los
requisitos recogidos en su artículo 5 (aplicación del Código de Buenas
Prácticas). Dicho Código es de adhesión voluntaria por parte de las entidades de
crédito y requiere el cumplimiento de los requisitos de dicho artículo 5.
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Jurisprudencia
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Resoluciones
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TEAC,
Sección Vocalía 3ª, R de 28 May. 2013
IMPUESTO
SOBRE SOCIEDADES. Tributación consolidada. Conformidad a derecho de las
liquidaciones giradas a la entidad dominante como consecuencia de actuaciones de
comprobación e investigación, así como de las sanciones derivadas. AMORTIZACIÓN
FISCAL. Improcedencia de la amortización fiscal practicada respecto de los
fondos de comercio financieros generados por la adquisición de participaciones
en el capital de sociedades adquiridas dentro del Grupo. Perteneciendo las
sociedades a un grupo en régimen de consolidación, no cabe apreciar de acuerdo
con las normas mercantiles españolas la afloración de un fondo de comercio, por
lo que no existiendo dicha magnitud no es posible su amortización en los
términos establecidos en el artículo 12.5 TRLIS. La aplicación del beneficio
fiscal exige una especial actividad probatoria por el obligado tributario para
acreditar que las inversiones realizadas lo son desde u n punto de vista
económico y no meras reorganizaciones formales de naturaleza financiera.
Adecuación del criterio hasta ahora sostenido en resoluciones anteriores al
mantenido en reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo. Conformidad a derecho
de la regularización de la base imponible realizada por la Inspección.
PRESCRIPCIÓN. Cómputo de plazos. Períodos de interrupción. Existencia de
dilaciones imputables al obligado tributario, considerando como tales los
períodos correspondientes al aplazamiento de las actuaciones solicitado por éste
para atender a las vacaciones de su personal y falta de aportación en plazo de
diversa documentación requerida. Plazo máximo de duración de las actuaciones
inspectoras. Inexistencia de prescripción. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS.
Procedencia de las sanciones impuestas. Concurrencia de culpabilidad en la
conducta infractora, aún a título de simple negligencia.
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Sentencias
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TS,
Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S de 19 Jun.
2013
IMPUESTO
SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Supuestos de no sujeción. Escisión parcial de la entidad
que traspasa en bloque la parte de su patrimonio integrado por sus bienes
inmuebles, tanto los que son de su propiedad como los derechos sobre contratos
de arrendamiento financiero, a favor de otra mercantil del mismo grupo. No
aceptación del criterio de la Sala de instancia que exige que el conjunto de
elementos transmitidos deben constituir una rama de actividad en sede de la
entidad transmitente para que pueda aplicarse el supuesto de no sujeción
previsto en la ley. La redacción del art. 7.1º LIVA, con motivo de los criterios
asentados por la jurisprudencia comunitaria, excluye el concepto tradicional de
rama de actividad, refiriéndose sólo a la transmisión de un conjunto de
elementos que, formando parte del patrimonio empresarial o profesional del
sujeto pasivo, constituyan una unidad económica autónoma capaz de desarrollar
una actividad por sus propios medios, en sede de la entidad adquirente,
requisitos se cumplen en el caso.
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Noticias
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número de concursos de empresas registra un nuevo récord y alcanza las 4.894
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