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viernes, 4 de enero de 2013

Empleo flexibiliza la gestión de las altas de empleadas del hogar para aflorar más cotizantes

El Gobierno ha aprobado un Decreto Ley para flexibilizar las obligaciones de gestión de los empleadores de trabajadoras del hogar en relación a altas, bajas o comunicaciones con la Seguridad Social para facilitar que se integren en mayor número en el Régimen General.

Así, tras evaluar los resultados del proceso de integración de estas empleadas una vez finalizado el periodo transitorio el pasado mes de julio, Empleo detectó que muchos empleadores no habían dado de alta a sus empleadas al ser personas mayores, de movilidad reducida o al no estar familiarizados con la Seguridad Social.
El Decreto Ley aprobado permitirá a los empleadores delegar por escrito todas estas gestiones en el caso de aquellas empleadas que no trabajen más de 60 horas mensuales, aunque cualquier responsabilidad subsidiaria, como el no ingreso de las cotizaciones correspondientes a dicho empleador, seguirán recayendo en éste.
Para ello, ambas partes deberán acordar esta cesión de obligaciones, con lo que se tratará en todo caso de un acto voluntario, al que la trabajadora podrá llegar, en caso de desarrollar su actividad de forma discontinua, con más de un pagador.
Además, esta obligación, que en el anterior marco jurídico recaía únicamente sobre el cabeza de familia, ahora podrá ser responsabilidad de cualquier miembro del hogar.
Mejorar las basas de cotización
Otra de las disfunciones detectadas ha sido la caída de la cotización en este régimen de 63 millones de euros, por un descenso generalizado del 30% en las bases de cotización, que no ha sido compensado pese el incrementado del número de cotizantes, desde las 213.797 en junio de este año, hasta las 414.424 en este mes de diciembre.
Por ello, se han reducido de 15 a 8 los tramos de bases de cotización que contemplaba el régimen transitorio antes de que en 2018 todas las bases se igualaran con las del Régimen General.
Con este cambio, se han reducido las bases intermedias para que las más bajas aumenten y se obtenga no sólo una mayor recaudación por esta vía, sino también una mejora de las futuras prestaciones de estas empleadas.
Así, la base mínima de cotización pasa de 90 euros a 147 euros, mientras que la máxima se mantiene en 790 euros, sobre la que se seguirá aplicando un tipo del 22,9% en 2013.
Quantor

Madrid mantiene la desgravación por gastos escolares, nacimiento o adopción y familia numerosa


Las medidas fiscales de la Comunidad de Madrid permitirán a cada madrileño disponer de 700 euros más este año.

Ignacio González, presidente de la Comunidad de MadridIgnacio González
El conjunto de medidas fiscales que el Gobierno de la Comunidad de Madrid mantiene para 2013 permitirá a los contribuyentes madrileños disponer de una media de 700 euros más al año para consumir, ahorrar e invertir, lo que generará mayor actividad económica y creación de empleo. El Gobierno mantiene la rebaja de un punto en el tramo autonómico del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, así como muchas otras deducciones autonómicas aprobadas en los últimos años por la Comunidad de Madrid, especialmente dirigidas a las familias (numerosas y con rentas más bajas), los inversores y los emprendedores.
Gracias a estas políticas de rebaja de impuestos aplicadas desde 2003, los madrileños se han ahorrado ya 21.500 millones de euros, según ha informado a través de un comunicado.
Entre las dirigidas a las familias, destaca una deducción en el IRPF de hasta 900 euros por el nacimiento o adopción de hijos, la más alta de todas las comunidades autónomas. Esta se complementa con 600 euros adicionales por niño cuando se trate de partos múltiples o adopciones múltiples. Para paliar los gastos que generan las adopciones internacionales, la Comunidad cuenta con una deducción en el IRPF de entre 1.200 y 1.500 euros (600 euros, más los 600, 750 ó 900 euros de la deducción genérica por nacimiento o adopción). Esta cuantía puede ser incrementada con otros 600 euros por niño cuando se trate de adopciones múltiples.
En cuanto a la deducción por acogimiento familiar de menores, alcanza la cuantía de 600, 750 ó 900 euros en función del número de menores acogidos. También se mantiene la deducción de 900 euros por el acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o de discapacitados.
Deducciones para familias
Las familias numerosas podrán aplicarse unos mínimos por descendientes a partir del tercero con una cuantía de un 10 por ciento superior a la contemplada por el estado. En concreto, se podrán aplicar un mínimo de 367,20 euros más por el tercer descendiente y de 418,20 euros más por el
cuarto y siguientes. De este modo, el ahorro medio para tales familias podrá alcanzar casi los 50 euros más por descendiente.
Asimismo, las familias con al menos dos hijos y rentas familiares inferiores a 24.000 euros anuales tendrán una rebaja del 10% de la cuota íntegra autonómica a pagar. De esta forma, los más de medio millón de madrileños (505.000 contribuyentes) que se beneficiarán de esta deducción, tendrán un ahorro medio de 158 euros por unidad familiar. Por ejemplo, una pareja de jóvenes, con ingresos anuales inferiores a 24.000 euros, y que vivan de alquiler, pagarán cero euros en el IRPF.
También se mantiene la deducción en el IRPF por arrendamiento a jóvenes menores de 35 años, que permite deducir el 20% de las cantidades destinadas por los jóvenes al alquiler de su vivienda hasta un máximo de 840 euros, lo que equivaldría a dos mensualidades de alquiler medio. Además, para impulsar la participación ciudadana en actividades de interés general a través de fundaciones que desarrollen actividades de carácter social, asistencial, educativas, sanitarias o culturales, podrá desgravarse el 15% en los donativos satisfechos cada año.
Deducciones para los gastos escolares
También se mantiene este año la deducción por gastos educativos, que permite desgravarse un porcentaje de los gastos en concepto de escolaridad obligatoria, uniformes o vestuario de uso exclusivamente escolar, y en el aprendizaje de idiomas extranjeros, tanto si éstos se imparten como actividad extraescolar como si tienen carácter de educación de régimen especial.
Los porcentajes aplicables son el 5% para gastos por uniforme o vestuario, el 10% si se trata de gastos de aprendizaje de idiomas y el 15% si se trata de gastos de escolaridad obligatoria, con un límite de 400 euros por descendiente si no hay gastos de escolaridad o de 900 euros cuando los hay. Esta medida beneficia a familias con ingresos anuales inferiores a 30.000 euros por miembro de unidad familiar. Así, una familia de tres miembros podrá acogerse si su renta no supera los 90.000 euros al año.
Deducciones de apoyo a emprendedores
Otras deducciones afectan a los inversores en entidades de reciente creación o en expansión, y a los jóvenes emprendedores. Por un lado, los  inversores particulares que hayan aportado capital y conocimiento a nuevas empresas tendrán una deducción del 20% de las cantidades invertidas, con el máximo de 4.000 euros anuales, en la adquisición de acciones y participaciones sociales en entidades, siempre que, además de aportar fondos a la entidad, contribuyan con su conocimiento y experiencia en el ámbito profesional o empresarial relacionado con la actividad de la empresa, y se involucre en su desarrollo.
Asimismo, los contribuyentes que realicen inversiones en procesos de ampliación de capital de empresas en expansión que coticen a través del Mercado Alternativo Bursátil, podrán deducirse un 20% de las cantidades invertidas con un máximo de deducción de hasta 10.000 euros. Finalmente, los jóvenes emprendedores de la región que inicien su actividad podrán deducirse hasta 1.000 euros durante el primer año. Por último, cabe recordar que la Comunidad de Madrid mantiene la bonificación del impuesto de Sucesiones, Donaciones, y la eliminación de Patrimonio.
Quantor