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jueves, 29 de junio de 2023

Estado social y democrático de Derecho I

 Por Iluminado Prieto Curto

https://www.lawandtrends.com/noticias/constitucional/estado-social-y-democratico-de-derecho-i-1.html 

Se apagan las luces de la sala; en la pantalla, unas breves líneas permiten al espectador contextualizar la historia; en su desarrollo, de una u otra forma, esas palabras estarán siempre presentes, resonarán en los momentos álgidos y le darán todo su sentido. En la película de nuestra Constitución, esas palabras son las líneas de los tres apartados de su artículo 1: “1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. // 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. // 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.”

Quedan lejos aquellos días del 78; pero los Diarios de Sesiones del Congreso y del Senado, nos ponen delante de aquellos hombres y mujeres, guionistas de nuestra historia. Diría el sr. Herrero y Rodríguez de Miñón con relación al párrafo 1: "España es una magnitud anterior a la Constitución, una magnitud que posibilita la Constitución, una magnitud preconstitucional; "es a esa magnitud preconstitucional, a esa magnitud que no pasará y que está al margen y por encima de toda forma constitucional a la que el art. 1 se refiere...".

España existía; su geografía, su historia, sus gentes. Su organización política; a partir de entonces, dejando atrás la historia, sus gentes, a través de unos papeles, se da una Constitución y, mediante ella, el ámbito político se conforma, se instituye, en un Estado social y democrático de Derecho; el Reino de España, en sus relaciones internacionales.

Estado de Derecho, la cláusula general, consiste en: supremacía y reserva de ley; división de poderes – legislativo, ejecutivo, judicial -; principio de legalidad de la actividad de la Administración; responsabilidad del Estado por actos ilícitos; actuación de los poderes públicos en pro de garantizar y proteger la libertad de las personas y, la protección de los ciudadanos mediante tribunales independendientes.

Resuena entre otros en los siguientes artículos, formales:

    1. 9.1:  "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico".
    2. 9.3: "La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos"    
    3.  24.1: "Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión"
    4. 24.2: "Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.//  La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.”
    5. 25.1: "Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento".
    6. 103.1:  "La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho"
    7. 106.1: "Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican"
    8. 106.2: "Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos".
    9. 117.1: "La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley".

 

Resuena entre otros en los siguientes artículos, materiales:

    1. En el final del apartado 1 "España […] que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político".
    2. 10.1: "La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social"
    3. 10.2:” las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”.
    4. 53.1:"Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título (I) vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a”

Tómese nota: libertad (la suya, la mía), la justicia (para usted, para mi), la igualdad (la suya, la mía), pluralismo político (aunque no nos gusten sus postulados), la dignidad (la suya, la mía), derechos inviolables de conformidad con la interpretación de los derechos humanos. Estas palabras tienen valor jurídico, un alcance y un contenido determinado en el orden interno por el Tribunal Constitucional, y en el orden internacional por el Comité de Derechos -Humanos de Naciones Unidas y en Europa por El Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuando interpreta y aplica el Convenio Europeo de Derechos Humanos y, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuando interpreta y aplica la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

En otro artículo se tratará lo de social y democrático. Amigo lector, si ha llegado hasta aquí, le propongo un breve ejercicio intelectual: en el colegio nos enseñaban “este, ese y aquel”, “esto, eso y aquello”, “mío, tuyo, suyo”, primera, segunda y tercera persona; en el párrafo anterior hay diversos paréntesis, ¿están completos, o falta algo en ellos?, y si falta ¿por qué lo habré omitido?

Nuevos procedimientos de transformación, fusión, escisión y cesión global de sociedades mercantiles

 

El Gobierno ha aprobado, con urgencia y sin debate parlamentario, la que iba a ser la nueva Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en tramitación como anteproyecto hasta la disolución de las Cortes operada como consecuencia de la convocatoria de elecciones generales para el próximo 23 de julio.

Con el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, entre otras muchas prórrogas, modificaciones y novedades, se transpone la Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que atañe a las transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas de empresas mercantiles.

Para la inclusión de la reglamentación europea en el ordenamiento jurídico español se ha optado por una política legislativa consistente en derogar la vigente Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, y formular un nuevo texto que integra en un marco común todo el régimen de modificaciones estructurales, tanto internas como transfronterizas.

Se trata de aquellas alteraciones de la sociedad que van más allá de las simples modificaciones estatutarias para afectar a su estructura patrimonial o personal, y que, por tanto, incluyen la transformación, la fusión, la escisión y la cesión global de activo y pasivo.

El Ejecutivo español ha toma como punto de partida la propia Directiva, cuyas soluciones para las operaciones intraeuropeas se extienden en la medida de lo posible a las operaciones internas salvando, de esta forma, asimetrías y diferencias de política legislativa, que pudieran favorecer un riesgo de búsqueda de una jurisdicción de conveniencia en el ámbito interno y transfronterizo.

El propósito de la Directiva 2019/2121 es, además de actualizar el régimen vigente, extender la regulación transfronteriza también a las transformaciones y escisiones tanto parciales como totales, que comporten la formación de nuevas sociedades, para lo que se dota de nueva regulación y terminología al traslado internacional del domicilio social que pasa a denominarse “transformación transfronteriza”.

Con este marco jurídico armonizado se contribuye a la supresión de las restricciones a la libertad de establecimiento, proporcionando al mismo tiempo una protección adecuada a las partes interesadas, como son las personas trabajadoras, las acreedoras y las socias.

Del contenido de los 126 artículos, distribuidos en cuatro títulos, que conforman esta nueva norma se extraen, entre otras, las siguientes novedades regulatorias:

Ámbito de aplicación

Se limita a las sociedades de capital, constituidas de conformidad con el Derecho de un Estado miembro del Espacio Económico Europeo y cuyo domicilio social, administración central o centro de actividad principal se encuentre dentro de dicho Espacio (modificaciones estructurales intraeuropeas), así como a dichas operaciones en las que intervengan sociedades de capital constituidas de conformidad con el Derecho de un Estado que no forme parte del Espacio Económico Europeo, siempre que en una de estas operaciones participe una sociedad sujeta a la legislación española (modificaciones estructurales extraeuropeas).

Se incluye expresamente dentro del ámbito de aplicación a las empresas que se encuentren en concurso de acreedores o sometidas a un plan de reestructuración o, en el caso de microempresas, a un plan de continuación, excluyéndose únicamente las transformaciones transfronterizas cuando la sociedad esté en liquidación concursal. (art. 2 RD-Ley 5/2023)

Proyecto de modificación estructural

Se amplía el contenido mínimo del proyecto, con menciones específicas al calendario indicativo de la operación, la implicación para acreedores y garantías ofrecidas, los detalles de la compensación ofrecida a socios con derecho de separación, o la acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. (arts. 420406474 RD-Ley 5/2023)

Informe del órgano de administración

El contenido mínimo del informe de los administradores se amplía y pasa a estar compuesto por dos secciones separadas, una para los socios y otra para los trabajadores.

En la sección de los socios deberán explicarse, como novedad, las siguientes cuestiones:

• La compensación en efectivo propuesta en el proyecto en caso de ejercicio por los socios que dispongan del derecho a enajenar sus acciones, participaciones o, en su caso, cuotas, y el método empleado para determinar tal compensación.

• Las consecuencias de la modificación estructural para los socios.

• El eventual impacto de género de la modificación propuesta en los órganos de administración, así como su incidencia en la responsabilidad social de la empresa.

• Los derechos y las vías de recurso a disposición de los socios de conformidad con esta ley

Asimismo, en caso de que la sociedad no disponga de página web, se establece la posibilidad de remitir dicho informe a los socios y a los trabajadores mediante correo electrónico al menos un mes (o 6 semanas, en el caso de modificaciones estructurales transfronterizas) antes de la fecha de la junta.

Esta información no será necesaria cuando así lo hayan acordado todos los socios con derecho de voto de la sociedad o sociedades participantes y, además, todas las personas que, en su caso, fueran titulares de ese derecho.

En la sección de los trabajadores se deberán explicar las posibles consecuencias de la modificación estructural sobre el empleo. Cuando el órgano de administración reciba alguna opinión de los trabajadores respecto de lo establecido en esta sección, se informará a los socios de dicha opinión y ésta se adjuntará al informe.

Este apartado tampoco será necesaria cuando la sociedad y sus filiales, de haberlas, no tengan más trabajadores que los que formen parte del órgano de administración. (art. 5 RD-Ley 5/2023)

Informe de experto independiente

Este informe cobra especial relevancia en el marco del ejercicio de derechos por parte de socios y acreedores.

Bajo la nueva regulación, el experto independiente designado por el Registrador Mercantil deberá pronunciarse sobre:

• La valoración de la compensación en efectivo ofrecida a los socios con derecho a separarse y

• La idoneidad de las garantías ofrecidas a acreedores.

Este informe de experto independiente no será necesario cuando así lo hayan acordado todos los socios con derecho de voto de la sociedad o sociedades participantes y, además, todas las personas que fueran titulares de ese derecho, sin perjuicio de su necesidad en el caso de escisiones en cuanto a la valoración del patrimonio aportado al capital de las sociedades beneficiarias.

Además, se establece expresamente que siempre será facultativo en los casos de transformaciones internas y cesiones globales de activos y pasivos internas. (arts. 641.576 RD-Ley 5/2023)

Publicidad preparatoria a la operación

Se aplica el régimen de publicidad previa actualmente previsto para los proyectos de fusión y escisión a todas las modificaciones estructurales y se amplía el contenido de dicha publicidad.

Como principal novedad, los administradores estarán obligados a insertar en la página web (o en su caso depositar en el Registro Mercantil):

1.º El proyecto de modificación estructural;

2.º Un anuncio por el que se informe a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad, o, cuando no existan tales representantes, a los propios trabajadores, de que pueden presentar a la sociedad, a más tardar cinco días laborables antes de la fecha de la junta general, observaciones relativas al proyecto; y

3.º El informe de experto independiente, cuando proceda, excluyendo, en su caso, la información confidencial que contuviera. (art. 7 RD-Ley 5/2023)

Aprobación de la junta

Se impone a la junta general la obligación de tener en cuenta:

• Los informes de administradores y, en su caso, las opiniones presentadas por los trabajadores o sus representantes en relación con dichos informes.

• Los informes de los expertos independientes, así como de las observaciones presentadas, en su caso, por socios, acreedores o trabajadores. A la vista de todo ello, la junta general de la sociedad acordará la aprobación o no del proyecto de modificación estructural. (art. 8.2 RD-Ley 5/2023)

Protección de socios

Los socios dispondrán de un derecho a enajenar (derecho de separación) sus acciones, participaciones o, en su caso, cuotas, a la sociedad a la que pertenezcan o a los socios o terceros que esta proponga a cambio de una compensación en efectivo adecuada, siempre que hayan votado en contra de la aprobación del correspondiente proyecto. Este mismo derecho corresponde a los titulares de acciones o participaciones sin voto.

En concreto, los socios dispondrán de este derecho en las transformaciones internas, en las fusiones por absorción de sociedad participada al 90% cuando no se elaboren los informes de administradores y de expertos sobre el proyecto de fusión y en las operaciones transfronterizas cuando vayan a quedar sometidos a una ley extranjera.

Los socios que pretendan ejercitar el derecho a enajenar sus acciones, participaciones o, en su caso, cuotas, deberán comunicarlo a la sociedad en el plazo de 20 días (antes un mes) desde la publicación del acuerdo de modificación estructural adoptado. La sociedad dispondrá de una dirección electrónica a la que los socios puedan comunicar su decisión.

La compensación en efectivo establecida en el correspondiente proyecto de modificación se abonará dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha en que surta efecto la modificación.

Cuando el socio que haya declarado su voluntad de ejercer el derecho de enajenación de sus acciones, participaciones o, en su caso, cuotas, considere que la compensación en efectivo ofrecida por la sociedad no se ha fijado adecuadamente, tendrá derecho a reclamar una compensación en efectivo complementaria ante el Juzgado de lo Mercantil competente o el tribunal arbitral estatutariamente previsto, dentro del plazo de dos meses desde la fecha en que hayan recibido o hubieran debido recibir la compensación inicial. (art. 12 RD-Ley 5/2023)

Protección de los acreedores

Se introduce un nuevo régimen para la oposición de los acreedores a operaciones de modificación estructural. En caso de disconformidad con las garantías ofrecidas en el proyecto, los acreedores dispondrán de tres meses (antes un mes) desde la publicación de éste para ejercitar su derecho a obtener garantías adecuadas, siempre que acrediten que la satisfacción de sus créditos está en riesgo como consecuencia de la modificación estructural. (art. 14 RDL 5/2023)

Novedades respecto de las modificaciones estructurales transfronterizas

Con carácter adicional a las novedades mencionadas anteriormente, se destacan las siguientes reglas aplicables únicamente a las operaciones transfronterizas:

• El plazo para que el Registrador Mercantil efectúe el control de legalidad de la modificación estructural y expida el certificado previo se establece en 3 meses, prorrogable por otros tres en caso de que tuviera sospechas fundadas de que la operación se realiza con fines abusivos, fraudulentos o delictivos. (arts. 90 y 91 RD-Ley 5/2023)

• Se establecen previsiones concretas en relación con el recurso contra la denegación del certificado previo, su vigencia y transmisión a la autoridad competente del Estado miembro de destino a través del sistema de interconexión de registros.

La denegación por el Registrador Mercantil del certificado previo agotará la vía administrativa y podrá ser recurrida por la sociedad ante el Juzgado de lo Mercantil competente en el plazo máximo de dos meses desde su notificación.

El plazo de vigencia del certificado previo será de seis meses, prorrogable por causa justificada a juicio del Registrador Mercantil por seis meses más. (art. 92 RD-Ley 5/2023)

• Cuando la sociedad transformada, la sociedad absorbente, la sociedad escindida o la sociedad cedente sea española, la modificación estructural tendrá efectos a partir de su inscripción en el Registro Mercantil correspondiente. En otro caso, se estará a lo dispuesto en la legislación del Estado de dicha sociedad. (art. 95 RD-Ley 5/2023)

• Se crea una regulación específica para las modificaciones estructurales transfronterizas extraeuropeas, a las que les serán de aplicación las disposiciones relativas a las modificaciones estructurales intraeuropeas con determinadas excepciones y reglas especiales. (arts. 121 y ss. RD-Ley 5/2023)

Tenga en cuenta que la nueva norma está plagada de remisiones lo que complica su aplicación. Por ejemplo, para una escisión transfronteriza extraeuropea habrá que acudir al capítulo las escisiones transfronterizas extraeuropeas, a las escisiones intraeuropeas y a las fusiones intraeuropeas, además de a las disposiciones generales.

Otras modificaciones normativas

- La Disposición final primera modifica el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

- La Disposición final segunda modifica la Ley 31/2006, de 18 de octubre, sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas.

- La Disposición final tercera modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

- La Disposición final cuarta modifica el texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo.

- Normas derogadas. Queda derogada la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Entrada en vigor

La nueva regulación sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles entrará en vigor el 30 de julio de 2023, al mes de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y casi seis meses después del fin del plazo de trasposición de la Directiva (UE) 2019/2121 que terminó el pasado 31 de enero.

CISS Contable Mercantil

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martes, 27 de junio de 2023

Duracion media de los contratos de trabajo

 La reforma laboral de 2022 introdujo cambios importantes en los tipos y la duración de los contratos de trabajo en España. Algunos de los cambios más relevantes son:

lunes, 26 de junio de 2023

Las obligaciones de un funcionario público

Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP)**², las obligaciones de un funcionario público son las siguientes:


- Desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sometimiento pleno a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

- Actuar con arreglo a los principios éticos y de conducta establecidos en el mismo artículo, tales como objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.

- Respetar la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.

- Perseguir la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y fundamentar su actuación en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común.

- Ajustar su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.

- Basar su conducta en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

- No aceptar ningún regalo o favor que supere los usos de cortesía o sociales.

- Guardar secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente.

- Respetar en la atención a los ciudadanos.


Según el **Real Decreto 405/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de los Ex Presidentes del Gobierno**⁴, los expresidentes de España tienen derecho a una pensión vitalicia equivalente al 80% del salario del presidente en activo, a un despacho propio y a un coche oficial con chófer y escolta. También pueden solicitar la asignación de personal de apoyo y seguridad, así como el uso de los medios de transporte oficiales en sus desplazamientos oficiales.


Actualmente, hay cuatro expresidentes vivos: **Felipe González** (1982-1996), **José María Aznar** (1996-2004), **José Luis Rodríguez Zapatero** (2004-2011) y **Mariano Rajoy** (2011-2018). Según el artículo 2 del Real Decreto 405/1992⁴, los expresidentes deben dedicarse a actividades compatibles con su condición y con el prestigio de la función desempeñada. Algunas de las actividades que realizan o han realizado los expresidentes son las siguientes:


- Felipe González es presidente del Consejo Global para la Convivencia Pacífica, miembro del Consejo de Estado y consejero independiente del grupo Gas Natural Fenosa.

- José María Aznar es presidente de la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), miembro del Consejo Asesor Internacional de Barrick Gold Corporation y conferenciante en diversos foros internacionales.

- José Luis Rodríguez Zapatero es miembro del Consejo Asesor Internacional del Centro para la Paz Global y la Cooperación (CGPCS), enviado especial de la Unión Europea para Venezuela y presidente honorario de la Fundación Progreso Global.

- Mariano Rajoy es registrador de la propiedad en Santa Pola (Alicante), presidente de la Fundación España Constitucional y miembro del Consejo de Estado.


Origen: Conversación con Bing, 26/6/2023(1) BOE-A-1992-9509 Real Decreto 405/1992, de 24 de abril, por el que se .... https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1992-9509 Con acceso 26/6/2023.

(2) Anexo:Presidentes del Gobierno de España - Wikipedia, la enciclopedia libre. https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Presidentes_del_Gobierno_de_Espa%C3%B1a Con acceso 26/6/2023.

(3) Presidentes del Gobierno desde 1978 - La Moncloa. https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/presidentes/Paginas/index.aspx Con acceso 26/6/2023.

(4) Así viven los expresidentes españoles: pensión vitalicia ... - COPE. https://www.cope.es/actualidad/espana/noticias/asi-viven-los-expresidentes-espanoles-pension-vitalicia-viajes-gratis-despacho-propio-20180604_222771 Con acceso 26/6/2023.


Origen: Conversación con Bing, 26/6/2023(1) Deberes de los empleados públicos. Código de conducta. https://www.iberley.es/temas/deberes-empleados-publicos-codigo-conducta-65018 Con acceso 26/6/2023.

(2) guiasjuridicas.es - Documento - LA LEY. https://guiasjuridicas.laley.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUMjI2NztbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAUVTLSzUAAAA=WKE Con acceso 26/6/2023.

(3) ¿Cuáles son los derechos y obligaciones de un funcionario en España?. https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/derechos-obligaciones-funcionario-espana/6510850/ Con acceso 26/6/2023.

(4) Estatuto Administrativo: Conoce los Derechos y Deberes de los ... - ENA. https://www.ena.cl/estatuto-administrativo-conoce-los-derechos-y-deberes-de-los-funcionarios-publicos/ Con acceso 26/6/2023.

(5) Obligaciones de los Servidores Públicos | Secretaría de Educación .... https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/obligaciones-de-los-servidores-publicos?state=published Con acceso 26/6/2023.

(6) Los deberes de los empleados públicos. Hacia una ética indolora. https://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/11435-los-deberes-de-los-empleados-publicos-hacia-una-etica-indolora/ Con acceso 26/6/2023.

domingo, 25 de junio de 2023

Las responsabilidades de un representante político

 Las responsabilidades de un representante político pueden variar según el sistema y el nivel de gobierno, pero en general se pueden mencionar las siguientes:


- Representar los intereses, necesidades y quejas de sus electores ante el Cuerpo legislativo o el Ejecutivo, según corresponda¹.

- Cumplir las promesas de su programa político por el cual ha sido elegido por sus electores¹.

- Participar en la elaboración, discusión y aprobación de las leyes y políticas públicas que afectan al bien común².

- Controlar y fiscalizar la gestión del Ejecutivo y de los organismos públicos, así como denunciar las irregularidades o los abusos que se cometan³.

- Rendir cuentas de su actuación ante sus electores y someterse a su evaluación periódica¹³.

- Respetar la Constitución, las leyes y los principios democráticos, así como actuar con ética, transparencia y honestidad³.


La diligencia en la representación obtenida en una elección política se refiere a la responsabilidad y compromiso que debe tener un representante político hacia los ciudadanos que lo eligieron. Implica actuar de manera diligente y dedicada en el desempeño de sus funciones, teniendo en cuenta los intereses y necesidades de sus electores.


Algunos aspectos clave de la diligencia en la representación política incluyen:


1. Cumplimiento de las promesas electorales: Un representante político diligente debe esforzarse por cumplir las promesas que hizo durante su campaña electoral. Esto implica trabajar para llevar a cabo las propuestas y políticas que presentó a los ciudadanos, buscando siempre el beneficio de la comunidad.


2. Escucha activa y comunicación: Un representante diligente debe estar dispuesto a escuchar a sus electores y mantener una comunicación abierta con ellos. Esto implica atender sus inquietudes, necesidades y sugerencias, y transmitirles información clara y precisa sobre su trabajo y las decisiones políticas que se toman.


3. Trabajo arduo y dedicación: La diligencia implica dedicar tiempo y esfuerzo al trabajo legislativo, participando activamente en las sesiones, debates y comisiones correspondientes. Un representante diligente investiga, analiza y se prepara adecuadamente para tomar decisiones informadas en beneficio de sus electores.


4. Transparencia y rendición de cuentas: Un representante político diligente actúa con transparencia y honestidad, manteniendo a sus electores informados sobre su actuación y tomando la responsabilidad de rendir cuentas por sus acciones. Esto implica presentar informes periódicos sobre su gestión, explicar las decisiones tomadas y estar dispuesto a enfrentar la evaluación y crítica constructiva por parte de la ciudadanía.


5. Representación efectiva: La diligencia implica ser un representante activo y efectivo, defendiendo los intereses de los ciudadanos y trabajando en favor del bienestar común. Esto implica abogar por políticas públicas que beneficien a la sociedad, participar en la elaboración de leyes que respondan a las necesidades de los ciudadanos y trabajar en colaboración con otros actores políticos para lograr resultados concretos.


En resumen, la diligencia en la representación obtenida en una elección política implica un compromiso constante y dedicado hacia los ciudadanos, cumpliendo con responsabilidad las tareas y funciones propias del cargo, y actuando en beneficio de la comunidad que se representa.


Origen: Conversación con Bing, 25/6/2023(1) Representación (política) - Wikipedia, la enciclopedia libre. https://es.wikipedia.org/wiki/Representaci%C3%B3n_%28pol%C3%ADtica%29 Con acceso 25/6/2023.

(2) Papel de los representantes de partidos y candidatos. https://aceproject.org/ace-es/topics/vo/vog/vog02/vog02g/default Con acceso 25/6/2023.

(3) ¿Cuales son las funciones y responsabilidades de los representantes .... https://brainly.lat/tarea/18715523 Con acceso 25/6/2023.

Principales casos de corrupcion del Psoe, en legislatura de Pedro Sanchez

 El PSOE ha estado involucrado en varios casos de corrupción durante la legislatura de Pedro Sánchez, que comenzó el 3 de diciembre de 2019⁶ y terminó el 30 de mayo de 2023⁷. Algunos ejemplos son:


- El caso de los EREs de Andalucía, que afectó a los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, entre otros altos cargos del PSOE andaluz¹.

- El caso Mediador, que implicó al ex diputado del PSOE Juan Bernardo Fuentes Curbelo, acusado de recibir sobornos de empresarios a cambio de favores políticos y de organizar fiestas con prostitutas en el Congreso².

- El caso Isofotón, que salpicó a tres ministros del PSOE: María Jesús Montero, Luis Planas y Teresa Ribera, por el préstamo irregular a una empresa energética que acabó en concurso de acreedores¹. 

El Juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla da carpetazo al caso por incumplimiento de los plazos en las diligencias. Se investigaban los 80 millones que la empresa fotovoltaica recibió de dinero público

 https://www.elconfidencial.com/espana/andalucia/2022-10-05/archivo-caso-isofoton-ministros-sanchez-montero-planas-ribera_3501818/



Estos son solo algunos ejemplos, pero hay más casos que han afectado al PSOE en diferentes comunidades autónomas y municipios. Sin embargo, Pedro Sánchez ha defendido que su partido ha actuado con rotundidad y transparencia ante la corrupción y que no tiene nada que ver con la del PP⁴.


Origen: Conversación con Bing, 25/6/2023(1) Gobierno de la XIV Legislatura - La Moncloa. https://www.lamoncloa.gob.es/gobierno/gobiernosporlegislaturas/Paginas/xiv_legislatura.aspx Con acceso 25/6/2023.

(2) XIV legislatura de España - Wikipedia, la enciclopedia libre. https://es.wikipedia.org/wiki/XIV_legislatura_de_Espa%C3%B1a Con acceso 25/6/2023.

(3) El PSOE y la Corrupción: un montón de casos pringan a Pedro Sánchez y .... https://www.periodistadigital.com/periodismo/20220528/psoe-corrupcion-casos-pringan-pedro-sanchez-compinches-noticia-689404684465/ Con acceso 25/6/2023.

(4) Así operaba Mediador: el exdiputado del PSOE acusado de corrupción .... https://elpais.com/espana/2023-02-23/asi-operaba-mediador-el-exdiputado-del-psoe-acusado-de-corrupcion-recibia-a-otros-miembros-de-la-trama-en-el-congreso.html Con acceso 25/6/2023.

(5) Sánchez, sobre el caso Mediador: "Nosotros atajamos la corrupción y no .... https://www.elconfidencial.com/espana/2023-02-27/sanchez-caso-mediador-corrupcion-psoe_3583745/ Con acceso 25/6/2023.

(6) La triple corrupción cerca al PSOE de Sánchez, pero no pasa nada. https://www.esdiario.com/espana/106697556/triple-corrupcion-cerca-psoe-sanchez-no-pasa-nada.html Con acceso 25/6/2023.

(7) El PSOE de Sánchez y la corrupción, por Marta Martín Llaguno. https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2023-01-02/psoe-sanchez-corrupcion/ Con acceso 25/6/2023.

(8) Gobiernos por legislaturas - La Moncloa. https://www.lamoncloa.gob.es/gobierno/gobiernosporlegislaturas/Paginas/index.aspx Con acceso 25/6/2023.

sábado, 24 de junio de 2023

El presidente ruso, Vladimir Putin, pronunció un discurso el 24 de junio de 2023. El sitio web de KP.RU publica el texto completo de la apelación.


 El presidente ruso, Vladimir Putin, pronunció un discurso el 24 de junio de 2023. El sitio web de KP.RU publica el texto completo de la apelación.


Hago un llamamiento a los ciudadanos de Rusia, al personal de las Fuerzas Armadas, los organismos encargados de hacer cumplir la ley y los servicios especiales, a los soldados y comandantes que ahora luchan en sus posiciones de combate, rechazando los ataques enemigos, haciéndolo heroicamente. Lo sé, hablé. a los comandantes de todas las direcciones nuevamente anoche. Hago también un llamamiento a aquellos que, mediante engaños o amenazas, fueron arrastrados a una aventura criminal, empujados al camino de un delito grave: una rebelión armada.


Hoy Rusia está librando una dura lucha por su futuro, repeliendo la agresión de los neonazis y sus amos. Prácticamente toda la maquinaria militar, económica y de información de Occidente está dirigida contra nosotros. Estamos luchando por la vida y seguridad de nuestro pueblo, por nuestra soberanía e independencia. Por el derecho a ser y seguir siendo Rusia, un estado con una historia milenaria.


Esta batalla, cuando se decide la suerte de nuestro pueblo, exige la unificación de todas las fuerzas, unidad, consolidación y responsabilidad. Cuando todo lo que nos debilita debe ser echado a un lado, cualquier lucha que nuestros enemigos externos puedan y usen para socavarnos desde adentro.


Y por tanto, las acciones que escinden nuestra unidad son, en realidad, la apostasía de nuestro pueblo, de nuestros compañeros de armas, que ahora luchan en el frente. Esta es una puñalada en la espalda de nuestro país y nuestra gente.


Fue un gran golpe el que recibió Rusia en 1917, cuando el país estaba librando la Primera Guerra Mundial. Pero la victoria le fue robada. Intrigas, disputas, politiquería a espaldas del ejército y el pueblo se convirtieron en la mayor conmoción, la destrucción del ejército y el colapso del estado, la pérdida de vastos territorios. Como resultado, la tragedia de la guerra civil.


Los rusos mataron a rusos, hermanos, hermanos y todo tipo de aventureros políticos y fuerzas extranjeras, que dividieron el país, lo destrozaron y se beneficiaron egoístamente.


No permitiremos que esto vuelva a suceder. Protegeremos tanto a nuestra gente como a nuestro estado de cualquier amenaza. Incluyendo - de la traición interna.


Y a lo que nos enfrentamos es precisamente a una traición. Las ambiciones exorbitantes y los intereses personales llevaron a la traición. Traicionar a nuestra patria, a nuestro pueblo ya la causa por la cual, codo con codo con nuestras otras unidades y subunidades, combatieron y murieron los soldados y comandantes del grupo Wagner. Los héroes que liberaron Soledar y Artyomovsk, las ciudades y pueblos de Donbass, lucharon y dieron su vida por Novorossia, por la unidad del mundo ruso. Su nombre y su gloria también fueron traicionados por quienes intentan organizar una rebelión, empujando al país hacia la anarquía y el fratricidio. Derrotar, al final, y rendirse.


Repito, cualquier agitación interna es una amenaza mortal para nuestro estado, para nosotros como nación. Este es un golpe para Rusia, para nuestro pueblo. Y nuestras acciones para proteger a la Patria de tal amenaza serán duras. Todos aquellos que deliberadamente se embarcaron en el camino de la traición, que prepararon una rebelión armada, se embarcaron en el camino del chantaje y los métodos terroristas, sufrirán el castigo inevitable, responderán tanto ante la ley como ante nuestro pueblo.


Las Fuerzas Armadas y otras agencias gubernamentales han recibido las órdenes necesarias, y ahora se están introduciendo medidas antiterroristas adicionales en Moscú, la región de Moscú y otras regiones. También se tomarán medidas decisivas para estabilizar la situación en Rostov-on-Don. Sigue siendo difícil, de hecho, el trabajo de las autoridades civiles y militares está bloqueado.


Como Presidente de Rusia y Comandante en Jefe Supremo, como ciudadano de Rusia, haré todo lo posible para defender el país, proteger el orden constitucional, la vida, la seguridad y la libertad de los ciudadanos.


El que organizó y preparó la rebelión militar, el que levantó las armas contra sus compañeros de armas, traicionó a Rusia. Y ellos responderán por ello. E insto a aquellos que están siendo arrastrados a este crimen a no cometer un error único, fatal y trágico, a tomar la única decisión correcta: dejar de participar en actos criminales.


Creo que preservaremos y defenderemos lo que es querido y sagrado para nosotros, y junto con nuestra Patria superaremos cualquier prueba, seremos aún más fuertes.


Llamamiento a los ciudadanos de Rusia


Читайте на WWW.KP.RU: https://www.kp.ru/daily/27520.5/4783519/

jueves, 22 de junio de 2023

El poder

El poder

 En el vasto océano del poder,

donde los hombres luchan por crecer,

se alzan titanes de ambición,

buscando dominio y posesión.


El poder, cual doble filo agudo,

puede elevar o causar estrago crudo,

en manos de sabios, es bendición,

mas en tiranos, causa destrucción.


El poder, arma de cambio y justicia,

que puede guiar hacia la luz y la dicha,

o bien sumirnos en la oscura aflicción,

dependiendo del noble propósito en acción.


El poder corrompe al débil de espíritu,

lo tienta y arrastra en su voraz remolino,

mas al fuerte de corazón y noble virtud,

lo ennoblece y lo alza, cual ser divino.


¿El autor? Un legado anónimo y eterno,

pues el poder es tema de todos los tiempos,

escrito con letras de la experiencia humana,

y grabado en la historia con pluma de llama.


Este poema sobre el poder no tiene un autor específico, ya que su mensaje es universal y ha sido explorado por muchos escritores a lo largo de la historia. La reflexión sobre el poder y sus implicaciones éticas y sociales es un tema recurrente en la literatura y la filosofía.

miércoles, 21 de junio de 2023

A María la Extremeña, una potente realidad, 21J.

 A María la Extremeña, una potente realidad, 21J.


María Guardiola, mujer de principios,

Prometió gobernar en soledad,

Entendiendo que los extremos vician,

Que la moderación es la clave de la paz.


Extremadura, tierra de esperanza,

Necesita un centro vigoroso y audaz,

Políticas prácticas que avancen,

Y hagan progresar a sus hijos sin cesar.


Un sueño anhelado, un anhelo constante,

El AVE Madrid-Cáceres-Badajoz,

Que acorte distancias, que una a los amantes,

Que lleve el progreso a todo su corazón.


María, en las segundas elecciones,

Si te mantienes firme, vencerás sin cesar,

Pero si alcanzas la mayoría absoluta,

No olvides a nadie, es mi humilde rogar.


Pactar, María, si el poder te embriaga,

Es un acto de humildad y de verdad,

No te olvides de aquellos que no te apoyaron,

Y a los que te impulsaron a esta nueva realidad.


Que tu gobierno sea justo y equitativo,

Que atienda a todos sin distinción,

Que tus políticas sean efectivas,

Y lleven a Extremadura a la cumbre de la acción.


María Guardiola, mujer de principios,

Tu liderazgo es un faro de ilusión,

Construye un futuro brillante y justo,

Donde todos encuentren su propia razón.

Ha fecha 30 de junio de 2023 gobernara con Vox. Esta no es Maria la Extremeña una potente relidad. Esta es otra Maria Guardiola a la que se pronuncio el 21 de junio de 2023..

martes, 20 de junio de 2023

La base de la nación y la estabilidad

 La base de la nación y la estabilidad


En España, la estabilidad y seguridad jurídica son aspectos fundamentales

 para el buen funcionamiento del sistema judicial. 

Para mejorar la elección del Poder Judicial, 

se requiere un enfoque que garantice la imparcialidad

y la independencia de los jueces. 

Esto podría lograrse mediante procesos transparentes 

y basados en el mérito, evitando cualquier influencia política indebida.


Para dotar al Poder Judicial de mayor eficiencia y calidad, 

es necesario invertir en recursos convenientes, 

como la modernización de las infraestructuras, 

la mejora de la formación de los profesionales 

y la implementación de tecnologías 

que agilicen los procesos judiciales.


En cuanto a la política exterior, 

es importante buscar una posición unificada y consensuada. 

En relación al conflicto del Sáhara, 

es necesario fomentar el diálogo y la diplomacia 

entre todas las partes involucradas, 

como Sahara, Marruecos, Argelia 

y las demás partes interesadas en resolver el conflicto,

 buscando soluciones pacíficas 

y respetando los derechos humanos.


Respecto a la unidad nacional y la diversidad, 

es esencial encontrar un equilibrio que promueva 

la cohesión y el respeto a las diferentes identidades 

culturales y regionales dentro de España. 

Esto implica reconocer y valorar la diversidad, 

al mismo tiempo que se fomenta la solidaridad 

y la cooperación entre todas las comunidades.


Así como  a la jubilación digna, 

es importante asegurar que 

los sistemas de pensiones 

sean sostenibles y equitativos, 

evitando cargar el peso económico 

únicamente en las generaciones futuras. 

Se deben encontrar soluciones 

que maximicen los derechos de los jubilados actuales

 sin penalizar a las generaciones venideras.


La disminución de la deuda pública 

también es un objetivo relevante, 

ya que una carga excesiva de deuda 

puede limitar la capacidad del que gobierne 

para invertir en áreas clave, 

como educación, salud o infraestructuras. 

Sin embargo, es importante equilibrar 

esta reducción con políticas que 

no perjudiquen desproporcionadamente 

a ciertos grupos o generaciones, 

buscando soluciones a largo plazo justas y sostenibles.


Desde un enfoque centrado en la inteligencia 

y la búsqueda de soluciones equilibradas, 

es posible implementar políticas que promuevan: 

la estabilidad jurídica, 

una justicia rápida y de calidad, 

una política exterior unificada y consensuada, 

el respeto a la diversidad, 

una jubilación digna 

y la disminución de la deuda pública.