- Imputación de un premio literario y sus retenciones
- Criterios para considerar la actividad de arrendamiento de inmuebles como una actividad económica
- Diversas cuestiones sobre la partipación en empresa del grupo, multigrupo o asociada
- Renuncia parcial a una herencia
- Autoconsumo externo de bienes
- Incremento de alguno de los tipos de gravamen del ITP y AJD en Cataluña
- Discrepancia entre domicilio social y domicilio efectivo
- Nuevo modelo de declaración en Navarra del IS y del IRNR con establecimiento permanente
Posted:
16 Jul 2013 04:00 AM PDT
Si
el premio literario consiste en una entrega a cuenta de los derechos de
autor y el contribuyente opta por imputar el anticipo a cuenta de los mismos
a medida que vayan devengándose los derechos, las retenciones practicadas
sobre el importe del premio se imputarán proporcionalmente en el mismo período
en que se imputen los rendimientos de los que aquellas proceden.
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16 Jul 2013 04:00 AM PDT
A
efectos de determinar si el arrendamiento o la compraventa de inmuebles se
realiza como una actividad económica, únicamente se califica como tal si
concurren las dos circunstancias señaladas en la L 40/1998 art.25.2 (local y un
empleado; actualmente LIRPF art.27.2, sólo en relación a la actividad de
arrendamiento), como indicativo de presencia de la necesidad de una
infraestructura y organización de medios empresariales mínima, sin perjuicio
de que no surta efectos si la citada infraestructura se muestra ficticia o
artificial.
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16 Jul 2013 04:00 AM PDT
La
DGT cambia de criterio y establece que en la transmisión de la
participación sin que se hayan realizado los ajustes por aplicación de la
corrección fiscal del valor de la participación en empresas del grupo,
multigrupo y asociadas de ejercicios anteriores, los mismos deben tenerse en
cuenta para la determinación de la renta a integrar en la base imponible.
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16 Jul 2013 04:00 AM PDT
En
el supuesto de que no se renuncie a toda la herencia, y puesto que la
legislación civil no permite renunciar a parte de la herencia, se trata
de una donación de una parte de la herencia aceptada, por lo que el renunciante
debe tributar en primer lugar en el ISD por la herencia recibida y
posteriormente se producirá una donación de una parte de la misma, en la que el
beneficiario deberá tributar por el mismo impuesto, pero por el concepto de
donaciones.
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16 Jul 2013 04:00 AM PDT
Cuando
la Directiva IVA señala que la base imponible de una operación (cese de la
actividad) es el valor normal de mercado de los bienes, ese valor se corresponde
en la práctica al valor residual de los bienes en la fecha de la
operación, teniendo en cuenta de este modo la evolución del valor de esos bienes
entre su adquisición y la operación imponible.
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16 Jul 2013 04:00 AM PDT
Como
ya ha ocurrido en otras Comunidades Autónomas, con el objetivo de incrementar
los ingresos para paliar en cierta medida las necesidades de gasto existentes,
se ha considerado necesario elevar el tipo de gravamen general aplicable a la
modalidad TPO del impuesto en esta Comunidad Autónoma.
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16 Jul 2013 04:00 AM PDT
La
preferencia por el domicilio efectivo no se condiciona a su notificación
fehaciente a la Administración. La norma resuelve la eventual discrepancia entre
domicilio social y domicilio efectivo otorgando preferencia absoluta a éste,
siempre que, obviamente, se constate la realidad de la centralización de la
gestión administrativa y la dirección de los negocios.
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16 Jul 2013 04:00 AM PDT
Se
ha aprobado en Navarra el modelo 320 de IS de normativa distinta a la
navarra.
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