Boletín
Semanal
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Fiscal
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Comentarios
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Comentario
al Proyecto de Real Decreto por el que se modifican los Reglamentos de IVA, de
revisión en vía administrativa, de gestión e inspección tributaria y de
facturación
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Requisitos
para que el importe de las primas satisfechas por los seguros de vida y hogar
suscritos junto con la hipoteca puedan considerarse gastos a efectos de
deducción por inversión en vivienda habitual (Consulta DGT V1612-13 de
14-05-2013)
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Tratamiento
tributario de rectificación de escritura pública de compraventa otorgando
carácter privativo a una finca adquirida con carácter ganancial (V1574-13 de
10-05-2013)
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Destacados
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Normativa
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Estatal
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RDL
9/2013 de 12 Jul. (medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera
del sistema eléctrico) [BOE 13 de Julio de 2013]
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Autonómica
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R
Hacienda y Sector Público de 15 Jul. 2013 (ampliación del plazo para
presentación del modelo 052 de declaración-autoliquidación del impuesto sobre
depósitos en entidades de crédito del Principado de Asturias, correspondiente al
ejercicio 2013) [BOPA 18 de Julio de 2013]
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R
Hacienda y Sector Público de 15 Jul. 2013 CA Asturias (modelo 052 de
declaración-autoliquidación del impuesto sobre depósitos en entidades de
crédito) [BOPA 18 de Julio de 2013]
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Foral
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Orden
Foral Economía, Hacienda, Industria y Empleo 257/2013 de 5 Jul. CF Navarra
(aprueba el modelo 320 “Impuesto sobre Sociedades de normativa distinta a la
navarra”) [BON 17 de Julio de 2013]
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Proyectos
normativos
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Informe
CGPJ sobre el anteproyecto de la Ley de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización
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Proyecto
de Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de
facturas en el Sector Público
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Proyecto
de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el
Valor Añadido, el Reglamento de revisión en vía administrativa, el Reglamento
General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección
tributaria y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación
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Doctrina
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DGT
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Consulta
Vinculante V1574-13, de 10 de mayo de 2013 de la Subdirección General de
Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Dirección General de
Tributos
IMPUESTO
SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y AJD. Suscripción, por un matrimonio en
régimen de gananciales, de escritura pública por la que se otorga carácter
privativo a un tercio de una finca adquirida con carácter ganancial. En relación
al ITP y AJD, el cambio de naturaleza de un bien, que deja de ser de titularidad
ganancial para pertenecer en parte a la sociedad de gananciales y en parte a uno
de los cónyuges con carácter privativo, no puede entenderse que constituya una
rectificación, como si de un simple error se tratase. Dicha operación
constituirá una transmisión, onerosa o gratuita, en función de que intervenga o
no contraprestación Sila hubiera, la operación estaría sujeta al ITP y AJD; en
caso contrario el negocio jurídico sería gratuito y tributaría por el ISD.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. La operación supone una pérdida
o ganancia patrimonial en el cedente puesto que se altera la composición del
patrimonio, determinándose por la diferencia entre los valores de adquisición y
de transmisión de la parte cedida. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la
disp. trans. 9ª LIRPF a efectos del régimen transitorio para las ganancias
patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales no afectos
a actividades económicas adquiridos antes del 31 dic. 1994, no estando sujeta la
parte de la ganancia patrimonial generada con anterioridad a dicha fecha,
derivada de inmuebles o inversiones y mejoras efectuados en los mismos, que a 31
de diciembre de 1996 tuviesen un periodo de generación superior a 10 años.
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Consulta
Vinculante V1612-13, de 14 de mayo de 2013 de la Subdirección General de
Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Dirección General de
Tributos
IMPUESTO
SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Deuda tributaria. Deducciones de la
cuota. Adquisición de vivienda habitual. Determinación de si es posible incluir
como gasto a efectos de la deducción, un seguro de vida y de hogar contratados
para bajar el diferencial de tipo de interés en préstamo hipotecario. La prima
satisfecha a un seguro de daños que cubra exclusivamente los riesgos sobre la
vivienda obligatorios sobre el que se constituya la garantía hipotecaria formará
parte de la base de la deducción por inversión en vivienda. Respecto de otros
seguros (de vida o de hogar), en la medida en que no son obligatorios no cabe
entender que el importe de las primas satisfechas por ellos sean consideradas
gasto a efectos de ésta deducción. No obstante, en los supuestos de financiación
ajena, se ha admitido la inclusión de un seguro de vida entre los gastos de
financiación cuando la contratación de ta l seguro figura entre las condiciones
del prestamista.
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Jurisprudencia
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Resoluciones
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TEAC,
Sección Vocalía 4ª, R de 23 May. 2013
INSPECCIÓN
FINANCIERA Y TRIBUTARIA. MEDIDAS CAUTELARES Y GARANTÍAS DE LAS DEVOLUCIONES.
Disconformidad a derecho de Acuerdo emitido por la Inspección en el marco de
actuaciones de comprobación e investigación exigiendo al obligado tributario la
prestación de garantía para cubrir el importe total de la devolución acordada.
Supuesto en el que tanto el apoderado de la entidad como otros clientes con los
que realiza operaciones relevantes están relacionados presuntamente y en
diversos grados con la comisión de delitos fiscales y un presunto fraude fiscal.
Interpretación del artículo 118 LIVA. La exigencia de garantía para obtener la
devolución NO es una medida cautelar de las contempladas en el artículo 81 LGT,
pues aquel artículo no exige la existencia de una deuda tributaria, ni que se
adopte en un procedimiento de comprobación e investigación. MOTIVACIÓN. No cabe
invocar meras sospechas de carácter gen eral para acordar la prestación de
garantía. Aplicación del principio de proporcionalidad. Doctrina contenida en la
sentencia del TJUE de 18 Dic. 1997. La Inspección no justifica la existencia de
indicios de una posible lesión a los derechos de la Hacienda Pública para que
proceda la exigencia de garantía. La proporcionalidad ha de exigirse no solo a
las medidas que se adopten, sino también a las causas que justifican la
restricción del derecho de devolución.
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Sentencias
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TJUE,
Sala Primera, S de 4 Jul. 2013
IMPUESTO
SOBRE SOCIEDADES. Deducción por capital riesgo. Interpretación del artículo 49
TFUE en el sentido que se opone a una normativa nacional que para calcular una
deducción a una sociedad sujeto pasivo por obligación personal en un Estado
miembro no tenga en cuenta el valor contable neto del activo de un
establecimiento permanente situado en otro Estado miembro cuando los beneficios
de dicho establecimiento permanente están exentos de impuestos en el primer
Estado miembro en virtud de un convenio para evitar la doble imposición en
virtud de un convenio para evitar la doble imposición, y sin embargo sí se
tienen en cuenta los activos atribuidos a un establecimiento permanente situado
en territorio de dicho primer Estado.
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Noticias
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El
Gobierno catalán advierte de que Cataluña no bajará el IRPF hasta que lo haga el
Estado
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Diez
municipios catalanes presentan sus impuestos en la Agencia Tributaria de
Cataluña
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El
Congreso convalida la subida de impuestos especial y la eliminación de
deducciones en Sociedades
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Hacienda
ve "desproporcionado" que la CE exija paralizar ayudas fiscales en compra de
empresas fuera de UE
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El
Gobierno se reserva el derecho a recurrir al TUE la decisión de la Comisión
Europea sobre el “tax lease”
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Bruselas
exige a España que paralice ayudas fiscales a multinacionales que compran
empresas extranjeras
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El
Congreso de los Diputados aprueba definitivamente la Ley de Apoyo al
Emprendedor
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Bruselas
pedirá este miércoles a España que recupere las ayudas ilegales a los
astilleros
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Bruselas
propondrá hoy crear una Fiscalía Europea para perseguir el fraude en fondos
comunitarios
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Rajoy
llama a Barroso para interceder sobre la devolución de las ayudas a los
astilleros
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La
economía sumergida en España supone el 20% del PIB, según la FEF
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CiU
presenta en el Congreso una enmienda de totalidad a la Ley de Emprendedores
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