martes, 16 de julio de 2013

Boletin semanal de informacion Contable-Mercantil



 
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CISS Wolters Kluwer

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Lunes, 15 de Julio de 2013

Boletín Semanal

Contable-Mercantil

COMENTARIOS

Incidencia de la condena en costas desde el punto de vista de la parte vencedora en la tributación por IVA e IRPF (Consulta DGT V1223-13 de 11-04-2013)

Destacados

Normativa

Estatal

Corrección de errores OM ESS/1299/2013 de 1 Jul. (procedimiento de concesión del sello "Entidad adherida a la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016") [BOE 11 de Julio de 2013]
OM ESS/1299/2013 de 1 Jul. (procedimiento de concesión del sello "Entidad adherida a la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016") [BOE 10 de Julio de 2013]

Autonómica

L 5/2013 de 8 Jul. CA Murcia (apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas -PYMES-) [BORM 10 de Julio de 2013]
Acuerdo Economía, Innovación, Ciencia y Empleo 2 Jul. 2013 CA Andalucía (formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2014-2020) [BOJA 4 de Julio de 2013]
Acuerdo Economía, Innovación, Ciencia y Empleo 2 Jul. 2013 CA Andalucía (formulación de la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020) [BOJA 4 de Julio de 2013]

Proyectos normativos

Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, el Reglamento de revisión en vía administrativa, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

Consultas

DGT

Consulta Vinculante V1592-13, de 14 de mayo de 2013 de la Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Deducciones. Sociedades anónimas deportivas y clubes que participan en competiciones oficiales de un deporte a nivel profesional. Traspaso de jugadores profesionales de una entidad a otra mediante contraprestación económica con consentimiento y participación del deportista (sea cesión temporal o definitiva). Posibilidad de deducir los derechos económicos de traspaso. Si bien contablemente el derecho de adquisición de jugadores cuyos servicios han sido contratados libres de traspaso no pueden figurar en el activo de la entidad contratante al tratarse de un activo intangible generado internamente, sí genera un ingreso contable registrado en la cuenta de pérdidas y ganancias. Dicho ingreso forma parte de la base imponible de la entidad transmitente. La renta positiva puesta de manifiesto con ocasión de la transmisión de dicho derecho de adquisición se considerará apta a efectos de la aplicación de deducción por reinversión al tratarse de un activo intangible, aunque no estuviera contabilizado como tal, en sede de la entidad transmitente, en cumplimiento de la normativa contable. Todo ello sin perjuicio de que se cumplan el resto de requisitos exigidos por el artículo 42 del TRLIS.
Consulta Vinculante V1776-13, de 30 de mayo de 2013 de la Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Base imponible. Partidas deducibles. La entidad interesada, sociedad cooperativa, es matriz de un grupo empresarial en que las sociedades anónimas se convierten en cooperativas mixtas que, junto con la contribuyente, constituyen una cooperativa de segundo que no tributa en régimen de consolidación fiscal y crean un fondo de solidaridad cooperativo nutrido de donaciones de los socios en función de sus resultados. En la medida en que las aportaciones al fondo sean realizadas por las cooperativas mixtas, en el marco de los compromisos adoptados en el seno del grupo cooperativo y en virtud de cláusulas estatutariamente establecidas, y siempre que traigan causa del ejercicio de la actividad cooperativizada, son gasto contable y fiscal del periodo deducible. En otro caso, si las aportaciones se llevaran a cabo de manera discrecional, fuera de lo estatutariamente establecido, las a portaciones se contabilizan como un cargo en los fondos propios no siendo gasto fiscalmente deducible.
Consulta Vinculante V1723-13, de 27 de mayo de 2013 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Régimen aplicable a entidad cuya actividad es la compraventa de ropa usada. Delimitación entre el IVA y ITPAJD. Debe realizarse atendiendo exclusivamente a la condición del transmitente, determinado en cada caso si el transmitente de un bien o derecho tiene la condición de empresario o profesional y si dicha transmisión se ha realizado en el ejercicio de su actividad. Si la transmisión onerosa se ha efectuado por un particular quedará sujeta al ITPAJD, con independencia de que el obligado al pago sea el adquirente del bien o derecho transmitido, siendo indiferente la condición de este último. En lo relativo al IVA, podrá aplicar el régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección en las entregas de ropa usada que haya adquirido previamente a particulares y no haya sido utilizada, renovada o transformada por la entidad consultante. Determinación de las obligaciones específicas de documentación aplicable al régimen especial.

Jurisprudencia

Sentencias

TS, Sala Primera, de lo Civil, S de 20 Jun. 2013
SOCIEDAD ANÓNIMA. Responsabilidad de los administradores por las deudas sociales por incumplir su obligación de promover la disolución de la sociedad incursa en tal causa de disolución al haber sufrido pérdidas que dejaron reducido su patrimonio a una cantidad inferior a la mitad del capital social. Culpa de los administradores. No se exige la concurrencia de más negligencia que la consistente en omitir el deber de promover la liquidación de la sociedad mediante convocatoria de la Junta o de solicitar que se convoque judicialmente cuando sea el caso. Formulación de la demanda después de que la sociedad hubiera sido declarada en concurso. La Ley Concursal, en la redacción anterior a la que le dio la Ley 38/2011, aplicable al caso, no establecía ninguna incompatibilidad entre la tramitación del concurso de la sociedad deudora y el ejercicio por sus acreedores de acciones de cumplimiento de obligaciones sociales, dirigidas contra los administradores por el incumplimiento de los deberes que a los mismos venían impuestos en caso de concurrencia de causa de disolución de la sociedad.

Resoluciones de la DGRN

DGRN, R de 24 Abr. 2013
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Nombramiento de auditor de cuentas. Se deniega la inscripción del acta notarial acreditativa del acuerdo adoptado en junta general, debidamente convocada y con asistencia de la totalidad del capital social. Dicho asunto no figuraba en el orden del día de la convocatoria. No cabe admitir que el acuerdo se haya adoptado en junta general universal. No se cumple el requisito relativo a la aceptación unánime del orden del día. El voto contrario al acuerdo de una de las socias minoritarias asistentes implica, no sólo un no al nombramiento de un concreto auditor, sino también un no a su debate y una negativa a su inclusión en el orden del día. El hecho de que el acuerdo se someta a votación y todos los socios voten en sentido positivo unos y negativo otro, en ningún caso puede presuponer que ese punto formaba parte del orden del día, pues sobre el extremo relativo a la a ceptación de su debate no recayó acuerdo de forma expresa en el seno de la junta. Por ello, lo esencial para que ese extremo, que no había sido aceptado expresamente como orden del día de la junta, pudiera ser inscrito, es que el acuerdo se hubiera tomado por unanimidad.

Noticias

Urkullu cree que Europa puede elaborar un informe para que la devolución de ayudas no afecte la viabilidad de astilleros
De Guindos comparecerá el 25 de julio en el Congreso para dar cuenta de la evolución de la economía
Ninguna CC.AA. cumplió el objetivo de déficit en 2008 y 2009 e incrementaron el sector empresarial
CNMV ve "interesante" que preferentistas acudan a arbitraje porque "se puede ganar mucho tiempo"
El CGPJ valora con matices el acuerdo extrajudicial de pagos en la ley de emprendedores
Los notarios afirman que se puede constituir una sociedad en menos de 24 horas y por vía telemática
Un 40% de las empresas que el Registro Mercantil considera vivas no tiene ninguna actividad
La CE propondrá mañana asumir nuevos poderes para liquidar bancos con problemas
El FMI aplaza la salida de la crisis de España por el impacto de las medidas de ajuste en 2014
El FMI reclama al BCE más medidas para apoyar la recuperación de la eurozona y acabar con la fragmentación
El Ecofin discutirá hoy las opciones para que el BEI aumente la financiación a las pymes
Bruselas presentará el miércoles su propuesta de autoridad única para decidir sobre liquidación de bancos
Bankinter deberá devolver 70.000 euros a un preferentista porque demandó dentro del plazo legal para reclamar

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Lunes, 15 de Julio de 2013

Boletín Semanal

Fiscal

Comentarios

Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades incluidas en el proyecto de Ley por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras
Medidas en la Ley de Apoyo a Emprendedores
Creada la Autoridad Independiente de Responsabilidad fiscal
Modificación de la base imponible del IVA cuando el destinatario no actúa como empresario o profesional: Información sobre la aplicación del artículo 3.1.b del Real Decreto ley 4/2012
Exoneración de la obligación de informar respecto de los bienes y derechos situados en el extranjero que se encuentren contabilizados de forma individualizada (Consulta DGT V1558-13 de 09-05-2013)

Destacados

Normativa

Estatal

RD 515/2013 de 5 Jul. (criterios y procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la UE) [BOE 6 de Julio de 2013]

Autonómica

L 6/2013 de 8 Jul. CA Murcia (medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas) [BORM 10 de Julio de 2013]
L 5/2013 de 8 Jul. CA Murcia (apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas -PYMES-) [BORM 10 de Julio de 2013]
D 92/2013 de 5 Jul. CA Valenciana (desarrolla la disposición adicional decimoctava de la L 11/2012 de 27 Dic., de la Generalitat, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2013) [DOCV 9 de Julio de 2013]

Foral

LF 26/2013 de 2 Jul. CF Navarra (modificación de la LF 7/2009 de 5 Jun., asignación tributaria del 0,7 por 100 que los contribuyentes de la Comunidad Foral destinan a otros fines de interés social) [BON 12 de Julio de 2013]
Orden Foral 629/2013, de 4 Jul. Gipuzkoa (nuevo impreso y los diseños físicos y lógicos del soporte directamente legible por ordenador para la presentación del modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias) [BOG 10 de Julio de 2013]

Proyectos normativos

Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, el Reglamento de revisión en vía administrativa, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación
Proyecto de Ley por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras
Proyecto de Ley Orgánica de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal
Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización

Doctrina

DGT

Consulta Vinculante V1558-13, de 09 de mayo de 2013 de la Subdirección General de Tributos Dirección General de Tributos
DECLARACIONES INFORMATIVAS. Bienes y derechos sitos en el extranjero. Supuesto de entidades pertenecientes a un Grupo de entidades que tienen contabilizada de forma individualizada los bienes y derechos situacios en el extranjero. En caso de que de dicha contabilización pueda deducirse de forma suficiente e indubitada la existencia del bien o derecho, no existirá obligación de presentar la Declaración Informativa en relación con dichos bienes.
Consulta Vinculante V1642-13, de 17 de mayo de 2013 de la Subdirección General de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Dirección General de Tributos
MEDIDAS FISCALES. PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS SIN RECURSOS. Pareja casada en gananciales que suscribe un crédito hipotecario para la adquisición de vivienda. Situación de precariedad al quedar todos los miembros de la familia en situación de desempleo. Solicitud a la entidad financiera de un período de carencia de capital de 24 meses sin incrementos de capital ni de plazo. Requisitos establecidos en el RDL 6/2012, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, para acogerse a los beneficios fiscales que se establecen. La exención en el ITP y AJD recogida en el artículo 8 del RDL 6/2012 es aplicable a los contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria cuyo deudor se encuentre situado en el umbral de exclusión al que se refiere su artículo 3, con independencia de que se cumplan los requisitos los requisitos recogidos en su artículo 5 (aplicación del Código de Buenas Prácticas). Dicho Código es de adhesión voluntaria por parte de las entidades de crédito y requiere el cumplimiento de los requisitos de dicho artículo 5.

Jurisprudencia

Resoluciones

TEAC, Sección Vocalía 3ª, R de 28 May. 2013
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Tributación consolidada. Conformidad a derecho de las liquidaciones giradas a la entidad dominante como consecuencia de actuaciones de comprobación e investigación, así como de las sanciones derivadas. AMORTIZACIÓN FISCAL. Improcedencia de la amortización fiscal practicada respecto de los fondos de comercio financieros generados por la adquisición de participaciones en el capital de sociedades adquiridas dentro del Grupo. Perteneciendo las sociedades a un grupo en régimen de consolidación, no cabe apreciar de acuerdo con las normas mercantiles españolas la afloración de un fondo de comercio, por lo que no existiendo dicha magnitud no es posible su amortización en los términos establecidos en el artículo 12.5 TRLIS. La aplicación del beneficio fiscal exige una especial actividad probatoria por el obligado tributario para acreditar que las inversiones realizadas lo son desde u n punto de vista económico y no meras reorganizaciones formales de naturaleza financiera. Adecuación del criterio hasta ahora sostenido en resoluciones anteriores al mantenido en reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo. Conformidad a derecho de la regularización de la base imponible realizada por la Inspección. PRESCRIPCIÓN. Cómputo de plazos. Períodos de interrupción. Existencia de dilaciones imputables al obligado tributario, considerando como tales los períodos correspondientes al aplazamiento de las actuaciones solicitado por éste para atender a las vacaciones de su personal y falta de aportación en plazo de diversa documentación requerida. Plazo máximo de duración de las actuaciones inspectoras. Inexistencia de prescripción. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS. Procedencia de las sanciones impuestas. Concurrencia de culpabilidad en la conducta infractora, aún a título de simple negligencia.

Sentencias

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S de 19 Jun. 2013
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Supuestos de no sujeción. Escisión parcial de la entidad que traspasa en bloque la parte de su patrimonio integrado por sus bienes inmuebles, tanto los que son de su propiedad como los derechos sobre contratos de arrendamiento financiero, a favor de otra mercantil del mismo grupo. No aceptación del criterio de la Sala de instancia que exige que el conjunto de elementos transmitidos deben constituir una rama de actividad en sede de la entidad transmitente para que pueda aplicarse el supuesto de no sujeción previsto en la ley. La redacción del art. 7.1º LIVA, con motivo de los criterios asentados por la jurisprudencia comunitaria, excluye el concepto tradicional de rama de actividad, refiriéndose sólo a la transmisión de un conjunto de elementos que, formando parte del patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo, constituyan una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad por sus propios medios, en sede de la entidad adquirente, requisitos se cumplen en el caso.

Noticias

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Asefiget duda de la efectividad del IVA de caja y dice que el sistema "tiene letra pequeña"
Hacienda ha devuelto ya casi 6.500 millones de euros a más de 10,6 millones de contribuyentes
El PSOE denuncia el "sesgo ideológico" del grupo de expertos para la reforma fiscal
El Estado dejará de ingresar 3.000 millones este año y el próximo por las medidas de la Ley de Emprendedores
De acuerdo a la LSSI 34/2002 del 11 de Julio de 2002 (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico) si usted no desea seguir recibiendo este boletín puede solicitar la baja en este enlace.
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Recopilacion de noticias 16-07-2013

Edición Especial 2 del News Auditores, Julio 2013, en la que se incluye información sobre el primer Consejo Directivo del REA+REGA

www.economistas.org/Contenido/REA/NewsREA/EdicionEspecial2/NewsEspecial2.pdf