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miércoles, 19 de septiembre de 2012

SOLICITUD Y RECOGIDA “ONLINE” EN INTERNET SIN CERTIFICADO DIGITAL DE USUARIO DE LOS CERTIFICADOS DE IRPF.


Se trata de una nueva aplicación disponible desde el 18 de septiembre de 2012 en la sede
electrónica de la Agencia Tributaria y que está basada en el sistema REN0 del borrador del
IRPF ya que permite la recogida online de los certificados de IRPF sin necesidad de
disponer de certificado digital de usuario.
Con ello se pretende agilizar la expedición de este tipo de certificados, puesto que
anualmente se solicitan y expiden más de un millón de certificados de IRPF mediante la
personación de los obligados tributarios en las oficinas de la AEAT.
La nueva aplicación tiene por finalidad tanto evitar las molestias que suponen para los
contribuyentes estos desplazamientos como aminorar la carga de trabajo que debido al
volumen de certificados manuales expedidos asumen los servicios territoriales de la
Agencia, pudiendo derivar estos recursos humanos hacia otras áreas más necesarias en
términos de la aplicación del sistema tributario estatal.
El acceso puede realizarse a través de la siguiente ruta:
Sede electrónica / certificaciones / declaraciones tributarias / Expedición certificados
tributarios IRPF / Solicitud y recogida inmediata.
Un resumen de las instrucciones para la obtención del certificado es el siguiente:
1º.- En la página de solicitud se presentan los siguientes “Avisos” para explicar el
funcionamiento de la aplicación al solicitante:
A) Para usar este servicio es necesario disponer de un teléfono móvil.
B) La certificación será entregada en el momento.
C) Si fue declarante de renta en el ejercicio fiscal solicitado debe aportar el valor de la
casilla indicada junto al ejercicio de dicha declaración (casilla 620 para certificados de los
ejercicios 2011 y 2010 y casilla 698 para certificados de los ejercicios 2009 y 2008).
D) Si el valor de la casilla fuese cero o NO presentó declaración, se debe dejar el valor de
la casilla sin contenido. En su lugar se le solicitará posteriormente un código de cuenta
bancaria en la que figure como titular.
E) Consigne los datos que se le solicitan y pulse “Validar solicitud”.
2º Una vez consignados la Casilla o el Código de Cuenta Bancaria, aparecen unos nuevos
“Avisos”:
A) Introduzca un número de teléfono móvil al que se le enviará un código seguro de
verificación (CSV) mediante un mensaje SMS.
B) Para continuar pulse “Validar Solicitud”
3º.- Confirmada la solicitud, se le presenta una pantalla con los datos de la misma y un
recuadro para consignar el CSV que acaba de recibir en el teléfono móvil. Una vez tecleado
el CSV, marcando el recuadro “Consultar Certificación” ya se puede descargar / imprimir el
certificado de IRPF.
En resumen, es una aplicación que dirige al usuario hacia la obtención “online” del
certificado de IRPF en cuatro simples pasos:
1º.- Consignar NIF y nº casilla 620 ó 698 (declarantes) / Código Cuenta Bancaria (no
declarantes)
2º.- Consignar un número de teléfono móvil
3º.- La AEAT envía el CSV del Certificado de IRPF, vía SMS, al móvil consignado.
4º.- Con el CSV el obligado cumplimenta un recuadro que se le presenta e inmediatamente
se descarga el Certificado de IRPF.
Sólo hay un caso en que la aplicación no expide el certificado. Siguiendo el criterio general
en la expedición de certificados, cuando un contribuyente está obligado a presentar
IRPF y no ha presentado declaración, NO SE LE EXPIDE NINGÚN CERTIFICADO. En
solicitudes de estos contribuyentes la aplicación responde “La solicitud no puede ser
atendida. Para cualquier aclaración, consulte con su Delegación, Administración o Unidad”.
Para fomentar el uso de la aplicación se ha preparado el “cartel” adjunto, al objeto de que
los funcionarios que tramitan los certificados en las oficinas gestoras lo entreguen a los
contribuyentes que acudan a las mismas a pedir un certificado de IRPF.
CÓMO OBTENER UN CERTIFICADO DE RENTA POR INTERNET. La Agencia Tributaria le
recuerda que para la obtención de un certificado de renta tiene a su disposición una vía
alternativa a la que usted ha elegido personándose en esta oficina.
Para ello tan solo tendrá que disponer de un medio de acceso, a través de Internet, a la Sede
Electrónica de la Agencia Tributaria en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, desde donde
podrá realizar la solicitud y recogida del certificado tributario en el momento, evitándose el
desplazamiento a cualquiera de nuestras oficinas. Tan sólo necesitará, conocer el valor de una
casilla de su declaración de la renta del ejercicio fiscal a solicitar (sólo si presentó la
declaración) y/o, en algunos casos, disponer de un código de cuenta bancaria en la que figure
como titular, con el fin de contrastar y asegurar la identidad del solicitante y, finalmente
disponer de un número de teléfono móvil al que se le enviará un código seguro de verificación
(CSV) mediante SMS.
A continuación le mostramos la secuencia de pasos de navegación, dentro de la Sede
Electrónica, necesarios para llegar al punto de partida desde donde realizar el trámite que le
permitirá obtener su certificado de renta. Si tiene alguna duda sobre cómo proceder, puede
llamar al teléfono 901 33 55 33 de lunes a viernes de 9 a 19 horas: Conserve este documento.
Puede que le sea de utilidad en un futuro.

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