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viernes, 4 de enero de 2013

Madrid mantiene la desgravación por gastos escolares, nacimiento o adopción y familia numerosa


Las medidas fiscales de la Comunidad de Madrid permitirán a cada madrileño disponer de 700 euros más este año.

Ignacio González, presidente de la Comunidad de MadridIgnacio González
El conjunto de medidas fiscales que el Gobierno de la Comunidad de Madrid mantiene para 2013 permitirá a los contribuyentes madrileños disponer de una media de 700 euros más al año para consumir, ahorrar e invertir, lo que generará mayor actividad económica y creación de empleo. El Gobierno mantiene la rebaja de un punto en el tramo autonómico del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, así como muchas otras deducciones autonómicas aprobadas en los últimos años por la Comunidad de Madrid, especialmente dirigidas a las familias (numerosas y con rentas más bajas), los inversores y los emprendedores.
Gracias a estas políticas de rebaja de impuestos aplicadas desde 2003, los madrileños se han ahorrado ya 21.500 millones de euros, según ha informado a través de un comunicado.
Entre las dirigidas a las familias, destaca una deducción en el IRPF de hasta 900 euros por el nacimiento o adopción de hijos, la más alta de todas las comunidades autónomas. Esta se complementa con 600 euros adicionales por niño cuando se trate de partos múltiples o adopciones múltiples. Para paliar los gastos que generan las adopciones internacionales, la Comunidad cuenta con una deducción en el IRPF de entre 1.200 y 1.500 euros (600 euros, más los 600, 750 ó 900 euros de la deducción genérica por nacimiento o adopción). Esta cuantía puede ser incrementada con otros 600 euros por niño cuando se trate de adopciones múltiples.
En cuanto a la deducción por acogimiento familiar de menores, alcanza la cuantía de 600, 750 ó 900 euros en función del número de menores acogidos. También se mantiene la deducción de 900 euros por el acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o de discapacitados.
Deducciones para familias
Las familias numerosas podrán aplicarse unos mínimos por descendientes a partir del tercero con una cuantía de un 10 por ciento superior a la contemplada por el estado. En concreto, se podrán aplicar un mínimo de 367,20 euros más por el tercer descendiente y de 418,20 euros más por el
cuarto y siguientes. De este modo, el ahorro medio para tales familias podrá alcanzar casi los 50 euros más por descendiente.
Asimismo, las familias con al menos dos hijos y rentas familiares inferiores a 24.000 euros anuales tendrán una rebaja del 10% de la cuota íntegra autonómica a pagar. De esta forma, los más de medio millón de madrileños (505.000 contribuyentes) que se beneficiarán de esta deducción, tendrán un ahorro medio de 158 euros por unidad familiar. Por ejemplo, una pareja de jóvenes, con ingresos anuales inferiores a 24.000 euros, y que vivan de alquiler, pagarán cero euros en el IRPF.
También se mantiene la deducción en el IRPF por arrendamiento a jóvenes menores de 35 años, que permite deducir el 20% de las cantidades destinadas por los jóvenes al alquiler de su vivienda hasta un máximo de 840 euros, lo que equivaldría a dos mensualidades de alquiler medio. Además, para impulsar la participación ciudadana en actividades de interés general a través de fundaciones que desarrollen actividades de carácter social, asistencial, educativas, sanitarias o culturales, podrá desgravarse el 15% en los donativos satisfechos cada año.
Deducciones para los gastos escolares
También se mantiene este año la deducción por gastos educativos, que permite desgravarse un porcentaje de los gastos en concepto de escolaridad obligatoria, uniformes o vestuario de uso exclusivamente escolar, y en el aprendizaje de idiomas extranjeros, tanto si éstos se imparten como actividad extraescolar como si tienen carácter de educación de régimen especial.
Los porcentajes aplicables son el 5% para gastos por uniforme o vestuario, el 10% si se trata de gastos de aprendizaje de idiomas y el 15% si se trata de gastos de escolaridad obligatoria, con un límite de 400 euros por descendiente si no hay gastos de escolaridad o de 900 euros cuando los hay. Esta medida beneficia a familias con ingresos anuales inferiores a 30.000 euros por miembro de unidad familiar. Así, una familia de tres miembros podrá acogerse si su renta no supera los 90.000 euros al año.
Deducciones de apoyo a emprendedores
Otras deducciones afectan a los inversores en entidades de reciente creación o en expansión, y a los jóvenes emprendedores. Por un lado, los  inversores particulares que hayan aportado capital y conocimiento a nuevas empresas tendrán una deducción del 20% de las cantidades invertidas, con el máximo de 4.000 euros anuales, en la adquisición de acciones y participaciones sociales en entidades, siempre que, además de aportar fondos a la entidad, contribuyan con su conocimiento y experiencia en el ámbito profesional o empresarial relacionado con la actividad de la empresa, y se involucre en su desarrollo.
Asimismo, los contribuyentes que realicen inversiones en procesos de ampliación de capital de empresas en expansión que coticen a través del Mercado Alternativo Bursátil, podrán deducirse un 20% de las cantidades invertidas con un máximo de deducción de hasta 10.000 euros. Finalmente, los jóvenes emprendedores de la región que inicien su actividad podrán deducirse hasta 1.000 euros durante el primer año. Por último, cabe recordar que la Comunidad de Madrid mantiene la bonificación del impuesto de Sucesiones, Donaciones, y la eliminación de Patrimonio.
Quantor

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