APROBADO EL PROYECTO
DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2013
·
Fija una
subida del 1 por 100 de todas las pensiones. El gasto en pensiones aumenta el
4,9 por 100 frente a 2012 hasta alcanzar un total de 121.557 millones de euros
·
Son unas
cuentas austeras que contemplan la mayor parte del ajuste por la vía del gasto
ya que se reducen el 7,3 por 100, mientras que los ingresos se incrementan el 4
por 100 de los ingresos
·
La congelación
de retribuciones salariales de los empleados públicos y la nueva oferta de
empleo público contribuyen a reducir un 3,9 por 100 el gasto del personal
activo del Estado
·
El conjunto de
los ministerios ajustará su gasto un 8,9 por 100 hasta un total de 39.722
millones de euros
·
El Estado
asume la financiación de las prestaciones no contributivas con 6.662 millones
de euros
·
Se mantiene el
compromiso irrenunciable de recortar el déficit del conjunto de las
Administraciones Públicas en 2013 hasta el 4,5 por 100 del PIB
·
El Gobierno
permitirá en 2013 la actualización de balances empresariales y limitará la
deducción fiscal por amortización
·
El Gobierno empleará
los incrementos de recaudación derivados de modificaciones fiscales selectivas
para incrementar las pensiones y financiar el gasto social
El Consejo de
Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2013, unas cuentas austeras que
profundizan en el proceso de saneamiento de la economía española, sentando unas
bases sólidas que contribuyan al crecimiento económico y la creación de empleo.
Los Presupuestos del
Estado para 2013, los segundos que elabora el Gobierno en un mismo año,
contribuirán, igualmente, a que España cumpla con los compromisos de
consolidación fiscal adquiridos con Europa.
La austeridad de las
cuentas del próximo año queda reflejada en el descenso del 7,3 por 100 que
experimentará el gasto del Estado, excluidos la aportación a la Seguridad
Social, el pago de intereses y el sistema de financiación de las
Administraciones Territoriales, así como por el aumento del 4 por 100 de los
ingresos, en un momento en el que se vislumbra un complicado escenario
económico.
Este esfuerzo de
contención del gasto público en 2013 tendrá más peso en la consolidación fiscal
que el aumento de los ingresos. El 60 por 100 del ajuste es reducción de gasto
y el 40 por 100 por incremento de ingresos.
El presupuesto para
el próximo año mantiene, sin embargo, una serie de políticas prioritarias, como
es el caso del gasto social, que supone el 63,6 por 100 del gasto consolidado.
Se congela el
sueldo a los empleados públicos
El gasto en pensiones
aumenta el 4,9 por 100 frente a 2012 hasta un total de 121.557 millones de
euros, incluido un incremento del 1 por 100 de todas las pensiones. Las
aportaciones del Estado para la financiación de las prestaciones no
contributivas de alcanza los 6.662 millones de euros.
Los gastos de
personal activo del Estado se reducen en un 3,9 por 100 como consecuencia de la
congelación de retribuciones de los empleados públicos y la oferta de empleo
público, salvo sectores sensibles como personal de hospitales, docentes de
educación, seguridad, lucha contra el fraude y extinción de incendios, que
tendrán una tasa de reposición del 10 por 100. Los investigadores y la
promoción de la internacionalización también tendrán una tasa de reposición del
10 por 100.
Se garantiza que los
trabajadores públicos tendrán en 2013 dos pagas extras.
Otra partida
prioritaria para el desarrollo económico que no experimenta variación respecto
a 2012 es la de I+D civil, que mantiene un presupuesto de 5.563 millones de
euros.
De cara a 2013 se
vuelven a recortar subvenciones a sindicatos, partidos políticos y
organizaciones empresariales. En concreto, las destinadas a organizaciones
sindicales, empresariales y otras experimentan un descenso del 20 por 100, que
se eleva al 40 por 100 con la suma del descenso de 2011. Las subvenciones a los
partidos políticos caen el 42 por 100.
Otras políticas
prioritarias de gasto que contribuirán a la consolidación fiscal del Estado
serán la seguridad ciudadana e Instituciones penitenciarias, que se reducen el 5,4
por 100 hasta 7.903 millones de euros, y Justicia que se recortará el 4,3 por
100 hasta 1.543 millones de euros.
Cae un 8,9 por 100 el gasto de los Ministerios
El compromiso es
reducir el déficit del conjunto de las Administraciones Públicas hasta el 4,5
por 100 del PIB, frente al 6,3 por 100 previsto para el cierre de 2012. La
Administración Central y Seguridad Social reducirán su déficit hasta el 3,8 por
100, a las Comunidades Autónomas le corresponderá fijar su déficit en el 0,7
por 100, mientras que las Corporaciones Locales cerrarán 2013 con déficit cero.
Los Presupuestos del
Estado de este año 2012 contemplan una reducción del conjunto del gasto de los
Ministerios del 8,9 por 100, excluidas las obligaciones de ejercicios
anteriores y las aportaciones al Servicio Público de Empleo, la Seguridad
Social y el MEDE, hasta un total de 39.722 millones de euros.
El Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente es el que sufre un mayor ajuste en
los Presupuestos para 2013 al recortar su gasto con un 25,4 por 100. A
continuación, se sitúan el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, con un
recorte del 21,3 por 100 el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el
17,2 por 100.
En sentido
contrario, el gasto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
experimenta un incremento del 28,6 por 100 y el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social aumenta el 13,7 por 100.
Ingresos
El total de los
ingresos no financieros para 2013 después de la cesión a Entes Territoriales
llegará a los 124.044 millones de euros, lo que supone un crecimiento del 4 por
100 frente al Presupuesto de 2012.
Los ingresos
tributarios antes de la cesión a Entes Territoriales alcanzarán los 175.177
millones de euros, un 3,8 por 100 más que en el Presupuesto de 2012. La
recaudación por IRPF crecerá el 1,5 por 100 hasta 74.215 millones de euros,
mientras que la generada por el Impuesto de Sociedades se reducirá 2,8 por 100
hasta alcanzar los 19.012 millones de euros.
Los ingresos por IVA
se incrementarán el 14,6 por 100 como consecuencia de las medidas puestas en
marcha por el Gobierno, hasta alcanzar los 54.657 millones de euros, mientras
los ingresos por Impuestos Especiales subirán el 8,3 por 100 hasta los 19.956
millones de euros.
MEDIDAS
TRIBUTARIAS
El Consejo de
Ministros ha aprobado, junto a los Presupuestos Generales del Estado para 2013,
un Proyecto de Ley de medidas tributarias con el fin de consolidar las finanzas
públicas e impulsar la actividad económica.
Dentro de este
paquete de medidas, el Gobierno permitirá en 2013 la actualización monetaria
por parte de las empresas del último balance aprobado por ellas. Se trata de
adaptar los valores contables a la evolución de la inflación. Con ello se evitan
tensiones inflacionistas en las empresas y a la vez que se acerca el valor
contable al valor de mercado. La actualización tendrá carácter voluntario, se
extenderá tanto a personas jurídicas como físicas y estará sometido a una carga
fiscal del 5 por 100 del importe de la actualización. Abarcará el activo del
inmovilizado material y los arrendamientos financieros.
El importe de las
revalorizaciones contables se llevará a una cuenta específica de reserva de
revalorización. Posteriormente, se podrá destinar esta cantidad a la reducción
de resultados contables negativos, a la ampliación del capital social o a
reservas de libre disposición. Por tanto, la medida permitirá también potenciar
la financiación interna de las empresas al mejorar su capacidad de acceso al
mercado de capitales y de deuda.
Los coeficientes de
actualización se establecerán reglamentariamente para su aplicación sobre el
precio de adquisición y amortizaciones. La actualización de balances es una
medida que se realiza con cierta periodicidad. Las últimas fueron aprobadas en
1983 y 1996.
Por otra parte, y de
forma temporal para 2013 y 2014, Hacienda limitará la deducibilidad fiscal de
las amortizaciones del inmovilizado material realizadas por grandes empresas.
Será de un 70 por 100 del máximo previsto en tablas. La medida tendrá efectos
en 2013 a través de los pagos fraccionados. Quedan excluidas las pymes y
micropymes, que podrán amortizar normalmente.
Plusvalías a
corto
El Proyecto de Ley
altera también el régimen de tributación aplicable a las ganancias
patrimoniales obtenidas a corto plazo, con el fin de frenar los movimientos
especulativos. De esta forma, se incorporarán en la base imponible general del
IRPF las ganancias que deriven de la venta de elementos patrimoniales que
hubieran permanecido un año o menos en el patrimonio del contribuyente. Éstas
pasarán a tributar a la tarifa general, es decir, al tipo de gravamen del
contribuyente en vez de al tipo de gravamen del ahorro en que se encuentran
encuadradas ahora.
Loterías
Por otra parte,
Hacienda fijará un gravamen del 20 por 100 sobre los premios de loterías y
apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y
por las Comunidades Autónomas, y de los sorteos organizados por la Cruz Roja y
la ONCE. Se aplicará a los premios que se celebren a partir del 1 de enero de
2013. Quedan exentos los que cuenten con un importe inferior a 2.500 euros. Se
fija, asimismo, una retención o ingreso a cuenta coincidente con el importe de
dicho gravamen especial, operando como retención liberatoria.
Por otro lado, en
relación al Impuesto sobre el Patrimonio se prorroga al 1 de enero de 2014 la
tributación sobre el patrimonio de las personas físicas. Las Comunidades
Autónomas tienen potestad para establecer bonificaciones en este tributo.
Vivienda e IBI
En materia
inmobiliaria, se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual para
las adquisiciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2013. La medida,
ya adelantada por el presidente del Gobierno en el Congreso de los Diputados,
responde a las recomendaciones realizadas por la Comisión Europea. Se mantiene
la deducción para adquisiciones anteriores a 2013.
Además, los
ayuntamientos podrán optar por gravar a través del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles (IBI) el patrimonio histórico artístico que esté afecto a actividades
económicas.
Presupuestos Generales
Presidencia
REFORMAS
ESTRUCTURALES PARA EL PRÓXIMO SEMESTRE DENTRO DE LA ESTRATEGIA DE POLÍTICA
ECONÓMICA
·
Más de
cuarenta iniciativas legislativas, además del Plan de Emprendedores y las
Estrategias de Ciencia, Tecnología e Innovación, se pondrán en marcha hasta
finales de marzo de 2013
El Consejo de
Ministros ha analizado la Estrategia Española de Política Económica del
Gobierno, coordinada por la vicepresidenta del Gobierno, en colaboración con la
Oficina Económica del Presidente del Gobierno y la participación de todos los
Ministerios, en la que se recoge el balance de las principales medidas
adoptadas hasta el momento; así como las principales reformas estructurales
previstas para el próximo semestre, que supondrán la aprobación de más de
cuarenta iniciativas con rango de Ley hasta el mes de marzo, entre las que se
pueden destacar las siguientes:
·
Creación de
una Autoridad Fiscal Independiente
·
Reforma de la
Ley de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
·
Ley de
Garantía de la Unidad de Mercado
·
Ley del Sector
Eléctrico
·
Ley de Medidas
en el ámbito del ejercicio profesional
·
Ley General de
Telecomunicaciones
·
Ley de
Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas
·
Ley de Medidas
para la Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria
·
Ley de
Evaluación Ambiental
·
Ley de Jurisdicción
Voluntaria
La Estrategia
Española de Política Económica del Gobierno parte de un repaso de las
dificultades y fortalezas con las que cuenta la economía española, y refleja
las líneas estratégicas prioritarias de la acción del Gobierno para favorecer
la recuperación económica y la creación de empleo. Estas líneas se centran en
la consolidación fiscal, la reforma del sistema financiero y las reformas
estructurales necesarias para mejorar la flexibilidad y competencia de la
economía española.
Consolidación
fiscal
En el ámbito de la
consolidación fiscal se define una mejora de la gobernanza económica, con un
mayor control y disciplina presupuestaria, sobre la base de la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y el compromiso de todas
las Administraciones Públicas en el estricto cumplimiento de los objetivos
presupuestarios.
En este terreno, se
han puesto en marcha ya instrumentos fundamentales como el Plan de Pago a
Proveedores o el Fondo de Liquidez para las Comunidades Autónomas, que permiten
a las Administraciones Territoriales hacer frente a sus deudas y necesidades
financieras, siempre y cuando cumplan con unos requisitos de ordenación de sus
cuentas.
Autoridad
Fiscal Independiente
Además, para
reforzar este compromiso se introducen nuevos mecanismos de control y
transparencia presupuestarios. Por un lado, en el primer trimestre de 2013, se
creará una Autoridad Fiscal Independiente que velará por el estricto
cumplimiento de la normativa presupuestaria. Para ello, la Autoridad llevará a
cabo un seguimiento continuo sobre el diseño, la implementación y la ejecución
de los presupuestos, permitirá detectar de forma temprana las posibles
desviaciones y, en su caso, realizar las advertencias convenientes. Por otro
lado, y para incrementar la transparencia, se establece que a partir de ahora
los datos de ejecución presupuestaria, en Contabilidad Nacional, de las
Comunidades Autónomas se comunicarán de forma mensual.
La transparencia y
la responsabilidad en la gestión de los recursos públicos quedarán reforzadas
también con aprobación de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y
Buen Gobierno.
Déficit
público
Más allá de las
nuevas reglas de gasto, se establecen también nuevas medidas para avanzar en la
necesaria reducción del déficit público. Desde el punto de vista de los gastos,
se avanzará en la austeridad y eficiencia de las Administraciones Públicas, de
forma que la Administración General del Estado seguirá aplicando medidas para
mejorar la gestión del patrimonio inmobiliario, como un Plan de Enajenación de
Inmuebles Rústicos, o extender las centrales de compras de bienes y servicios.
Las Administraciones Territoriales, por su parte, deberán cumplir los ajustes
previstos en sus respectivos Planes Económico-Financieros, entre los que se
incluye la reducción del número de empresas y fundaciones públicas, en línea
con el Plan de Redimensionamiento que está aplicando el Gobierno central en
este ámbito.
Por lo que respecta
a los ingresos, el Gobierno ha llevado a cabo ya una importante revisión de las
figuras tributarias, incluyendo una nueva fiscalidad energética y
medioambiental. Continuando con esta revisión, se recogen ahora nuevas medidas
impositivas, como la modificación de la tributación por IRPF (para ajustar la tributación
por plusvalías obtenidas a corto plazo, eliminar la deducción por compra de
vivienda o establecer un nuevo gravamen para premios de Loterías y Apuestas del
Estado superiores a 2.500 euros) y nuevas medidas en el Impuesto sobre
Sociedades, para la reforma del régimen de amortización.
Además, para
incrementar los ingresos, erradicar el fraude y favorecer la equidad, en este
último trimestre del año se aprobarán la nueva Ley de Prevención y Lucha contra
el Fraude Fiscal, la Ley de lucha contra el Empleo Irregular y el Fraude a la
Seguridad Social y la reforma del Código Penal. Este paquete normativo contra
el fraude aporta importantes novedades, como la limitación a 2.500€ de los
pagos en efectivo en operaciones.
Reforma del
Sistema Financiero
Como segunda línea
estratégica fundamental, la Reforma del Sistema Financiero continuará con la
aplicación prevista en los Reales Decretos-Leyes aprobados, en lo que se
refiere a los planes de reestructuración y resolución de entidades, y se verá
reforzada con un nuevo marco normativo coherente con la Unión Europea,
incluyendo el desarrollo reglamentario y puesta en marcha de la sociedad de
gestión de activos, que se llevará a cabo antes de final de año.
REFORMA ESTRUCTURALES
La tercera gran
línea de la Estrategia Española de Política Económica la constituyen las
reformas estructurales previstas para el próximo semestre.
Mercado
laboral y política de empleo
El Gobierno
continuará avanzando en la implementación de la reforma del mercado laboral y
la revisión de las políticas de empleo. En este ámbito, las principales
novedades se centrarán en el impulso a la formación profesional, con el
desarrollo reglamentario del contrato para la formación y el aprendizaje y el
establecimiento de las bases para la implantación de un modelo de formación
profesional de carácter dual. Para favorecer la empleabilidad, también se
reforzará la intermediación laboral, con una mayor colaboración público-privada
en el ámbito de los Servicios Públicos de Empleo. Además, se llevará a cabo una
amplia evaluación de las políticas activas de empleo -en la línea del
seguimiento de los resultados de la reforma laboral que llevará a cabo el
Gobierno-, para determinar los futuros objetivos prioritarios y concentrar los
recursos en la inserción laboral de las personas con mayor dificultad para
encontrar un empleo. En coherencia con este objetivo, se aprobará, antes de
finalizar el año, la Estrategia de Empleo y Emprendimiento Joven.
Educación
En este sentido,
además, se recoge como prioritaria la Reforma de la Educación, con base en la
Ley Orgánica para mejorar la Calidad Educativa, que supone una reforma integral
del sistema, para reducir el abandono, favorecer la capacitación y la
empleabilidad de los jóvenes españoles.
Pensiones
Ambas reformas,
laboral y educativa, determinan en gran medida la creación de empleo en nuestro
país y, con ello, la sostenibilidad del sistema de pensiones, que constituye
una prioridad fundamental para el Gobierno, más todavía en un entorno económico
que provoca la caída de la ratio del número de cotizantes por pensionista. En
este sentido, en este mismo trimestre se remitirá a la Comisión del Pacto de
Toledo una propuesta de regulación del factor de sostenibilidad, en
cumplimiento de la Ley 27/2011, para permitir una revisión de los parámetros
del sistema de pensiones -como la esperanza de vida- para asegurar su
viabilidad. Además, se incorporarán nuevas medidas para acercar la edad real a
la edad legal de jubilación, modificando la regulación de la jubilación parcial
y anticipada. Para contribuir a la sostenibilidad del sistema se reformará
también la normativa sobre Mutuas de Accidentes de Trabajo y Accidentes
Profesionales, modernizando su funcionamiento y gestión, para alcanzar un mayor
nivel de eficacia.
Sector público
En el marco de la
sostenibilidad de los servicios públicos, se avanzará también en las líneas
prioritarias de la Reforma del Sector Público. A los instrumentos incorporados
en la legislación estatal para racionalizar los servicios de sanidad, educación
y dependencia o la gestión de las televisiones autonómicas, se sumarán las
actuaciones previstas en los Planes Económico-Financieros aprobados para todas
las Comunidades Autónomas, así como la aprobación de la nueva Ley de
Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que delimitará las
competencias municipales y evitará duplicidades, al tiempo que reducirá las
estructuras administrativas (Mancomunidades y Entidades Locales Menores),
previendo además una limitación del número de concejales en la reforma de la
Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
Unidad de
Mercado
Desde el punto de
vista de la mejora de la competitividad, la flexibilidad y la capacidad de
crecimiento de la economía española, se plantea un amplio programa de reformas
para el próximo semestre. En primer lugar, se mejorará el marco regulatorio y
de supervisión sobre la base de dos grandes Leyes: la Ley de Garantía de la
Unidad de Mercado, para asegurar la libre circulación de bienes y prestación de
servicios en todo el territorio nacional, reduciendo los costes derivados de la
fragmentación del mercado interior; y la Ley de creación de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia para unificar en una única instancia
las funciones de los organismos supervisores, simplificando procedimientos y
favoreciendo el correcto funcionamiento de los mercados.
Plan de
Emprendedores
Para lograr una
mayor competitividad, reducir el desempleo y dinamizar la economía, se aprobará
en el próximo semestre un Plan de Emprendedores que favorezca la creación,
desarrollo y expansión de las pequeñas y medianas empresas de nuestro país.
Así, se creará la figura del emprendedor de responsabilidad limitada, se
facilitará la segunda oportunidad en la creación de nuevos negocios y se
impulsarán nuevas formas de financiación alternativa a la bancaria. Asimismo,
se creará la Agencia de Internacionalización, que aprovechará las sinergias de
los distintos instrumentos públicos para facilitar las exportaciones españolas
y la captación de inversión extranjera, y se avanzará en la puesta en marcha el
Plan Nacional e Integral de Turismo con su primera evaluación, así como otras
medidas de potenciación de este sector estratégico.
Ciencia
En el ámbito de la
Ciencia y la Innovación, se prevé una nueva planificación de las estrategias
españolas de Ciencia, Tecnología e Innovación, y la creación de una Agencia
Estatal para la Investigación, que gestionará, financiará y evaluará la
actividad científica de carácter público.
Competencia
Con el fin de
incrementar la competencia, se prevén también una Ley de Medidas en el ámbito
del ejercicio profesional, en línea con lo establecido en las recomendaciones
del Semestre Europeo 2012-2013; nuevas actuaciones para avanzar en la
liberalización del sector de las telecomunicaciones, con una nueva Ley General
de Telecomunicaciones; en el sector del transporte (liberalización del tráfico
de viajeros nacional por ferrocarril y medidas para permitir la entrada de
capital privado en AENA), y en el sector de la energía (con una nueva Ley del
Sector Eléctrico).
Mercado
inmobiliario
También se adoptarán
medidas para la dinamización del mercado inmobiliario, sobre la base de dos
nuevos instrumentos normativos: la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento
del Mercado de Alquiler de Viviendas o la Ley de Rehabilitación, Regeneración y
Renovación Urbanas.
Sector
primario
Por último, en el
próximo semestre se aprobarán medidas de apoyo al sector primario, que
conduzcan no sólo el equilibrio y la transparencia en el funcionamiento de la
cadena alimentaria (Ley de medidas para la mejora de la cadena alimentaria),
sino también a impulsar el crecimiento y la internacionalización de este
sector.
Seguridad
jurídica
Otro factor
fundamental para el correcto funcionamiento de la economía radica en la
seguridad jurídica. Consciente de ello, el Gobierno aprobará en el próximo
semestre un conjunto de medidas para aportar mayor agilidad y mayores garantías
en el funcionamiento de la Administración de Justicia, a través de la revisión
de las tasas judiciales, reforzando las garantías en la asistencia jurídica
gratuita o aprobando una nueva Ley del Registro Civil.
Estrategia Española
Economía y Competitividad
CREADA LA
COMISIÓN NACIONAL DE MERCADOS Y COMPETENCIA
El Consejo de
Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de
Creación de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia para su remisión a
las Cortes, con objeto de que sea aprobada antes de fin de año. Este órgano
persigue asegurar el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia
de competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos.
El nuevo organismo
agrupa las funciones que desarrollan la Comisión Nacional de Energía, la
Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de la
Competencia, el Comité de Regulación Ferroviaria, la Comisión Nacional del
Sector Postal, la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria y el Consejo
Estatal de Medios Audiovisuales. En esta reordenación de funciones se
transfieren a los distintos Ministerios aquellas tareas de índole
administrativa cuyo desempeño no requiere una especial independencia, y que
antes desempeñaban los organismos reguladores citados.
Única
institución
Las funciones de
supervisión regulatoria y de defensa de la competencia se integran en una única
institución, de forma que se simplifican estructuras y se maximizan economías
de escala. La creación de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia tendrá
importantes efectos en el tejido económico por la mejora de la intervención
pública en los sectores afectados y por los beneficios que reporta una mayor
competencia. Además, se reforzará la seguridad jurídica dado que desaparece el
riesgo de que los organismos sectoriales y la autoridad de competencia adopten
criterios divergentes; se reducirán los trámites y los procedimientos serán más
ágiles.
La integración
supone un importante ahorro de gasto que, en una primera estimación
conservadora, pueden alcanzar los veintiocho millones de euros, por la
disminución en el número de altos cargos (pasan de 52 a 9), y por la reducción
de servicios comunes, infraestructuras, gastos de funcionamiento y personal.
Esta Comisión se
configura como un organismo público, con personalidad jurídica propia y plena
independencia del Gobierno, de las Administraciones Públicas y de los agentes
del mercado. Está adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad, sin
perjuicio de su relación con los otros Ministerios competentes por razón de la
materia en el ejercicio de sus funciones.
Composición
El Consejo tendrá
nueve miembros: un Presidente, un Vicepresidente y siete consejeros .Los
miembros del Consejo serán nombrados por el Gobierno, previa comparecencia de
la persona propuesta para el cargo ante la comisión correspondiente del
Congreso de los Diputados. El Congreso, a través de la Comisión competente y
por acuerdo adoptado por mayoría absoluta, podrá vetar el nombramiento del
candidato propuesto. El mandato de los consejeros será de seis años sin posibilidad
de reelección.
La Comisión Nacional
de Mercados y Competencia tendrá potestad normativa, de manera que podrá dictar
circulares para el desarrollo y ejecución de leyes y reglamentos en los
sectores regulados. En materia sancionadora se reconoce la facultad de
inspección y se consagra el principio de separación entre la instrucción y la
resolución de los expedientes sancionadores.
Empleo y Seguridad Social
DISPOSICIÓN DE
EXCEDENTES PRESUPUESTARIOS AFECTOS AL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
·
Se acuerda la
disposición de excedentes presupuestarios, consignados en el Fondo de Reserva
de la Seguridad Social, por importe de 3.063 millones de euros.
·
Se cumple el
compromiso del Pacto de Toledo de garantizar las pensiones y proteger a los
pensionistas en los momentos bajos del ciclo económico.
El Consejo de
Ministros ha aprobado un Acuerdo para la disposición de excedentes
presupuestarios afectos al sistema de Seguridad Social, consignados en el Fondo
de Reserva, por importe de 3.063 millones de euros. A 27 de septiembre el
importe provisional total del Fondo asciende a 69.252,36 millones de euros.
El importe de esta
disposición se destinará con carácter exclusivo a la financiación de las
pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión,
en estricta aplicación de la Ley reguladora del Fondo de Reserva de la
Seguridad Social, del 29 de septiembre de 2003, y del Real Decreto de 27 de
febrero de 2004 por el que se desarrolla dicha Ley de 2003.
Se hace frente, con
ello, a los efectos de la crisis económica sobre el sistema de pensiones, ya
que la caída de los ingresos acumulada en los últimos años, unida al incremento
de gasto, ha provocado el cierre de dos ejercicios consecutivos en déficit (2010
y 2011), cuando la Ley prevé únicamente un mínimo de dieciocho meses para
acceder a la financiación de los excedentes del Fondo de Reserva.
El Fondo de Reserva,
institucionalizado por la Ley de Consolidación y Racionalización del Sistema de
Seguridad Social del 15 de julio de 1997, fue creado con el objetivo de
proteger a los pensionistas en los momentos bajos del ciclo económico. Así, las
pensiones están claramente garantizadas y sus perceptores completamente
protegidos.
Industria, Energía y Turismo
PUESTA EN
MARCHA DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS AL VEHÍCULO EFICIENTE
·
Dotado con 75
millones de euros, tiene por objetivo la sustitución de 75.000 vehículos,
turismos y comerciales ligeros y favorecer la compra de vehículos con menores
consumos de combustible.
·
Los
beneficiarios (particulares, profesionales, autónomos, microempresas y pymes)
obtendrán las ayudas directamente, a la hora de abonar la factura en el
concesionario, por una cuantía de dos mil euros, de los que mil euros son
aportados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y otros mil euros
por el fabricante o importador.
·
El Programa
permitirá el achatarramiento de vehículos con más de doce años en el caso de
turismos y de diez años de antigüedad en el caso de comerciales ligeros, y su
sustitución con modelos de alta eficiencia, de menor consumo de combustible y
emisiones de CO2.
·
El programa
arranca el día 1 de octubre de 2012 y se prolongará hasta el 31 de marzo de
2013 ó hasta el agotamiento de los fondos.
El Consejo de
Ministros ha recibido un informe del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
sobre la puesta en marcha, del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente
(PIVE), cuyo objetivo es la sustitución de 75.000 vehículos, turismos y
comerciales ligeros, con más de doce años y diez años de antigüedad
respectivamente, por modelos de alta eficiencia energética, de menor consumo de
combustibles y emisiones de CO2.
La renovación del
parque de vehículos constituye una de las principales herramientas de promoción
de la eficiencia energética en el transporte y la incorporación al mismo de
nuevos modelos, con tecnologías más eficientes, permite reducir el consumo
específico del transporte de viajeros y mercancías, con el efecto añadido de
reducir los impactos medioambientales y mejorar la seguridad.
Se estima que el
ahorro energético asociado al Programa PIVE, dotado con unos fondos de 75
millones de euros y vigente desde el 1 de octubre de 2012, y hasta el 31 de
marzo de 2013 o agotamiento de los fondos, asciende a 26,1 millones de litros
de combustible/ año. Ello significa, en términos económicos y al precio actual
del barril, un ahorro de dieciséis millones de euros/año, a lo que hay que
añadir una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de 54.000
toneladas/año de CO2.
El transporte, principal consumidor de energía final
El sector del
transporte en España es el principal consumidor de energía final (37,4 por 100
en 2010), así como el principal emisor de gases de efecto invernadero (29,5 por
100 del total en el mismo año), enfrentándose a un importante reto en los
próximos años para conseguir que nuestro país cumpla con los compromisos
internacionales en cuanto a sostenibilidad ambiental y limpieza de aire en las
ciudades.
El sector se
caracteriza, además, por tener una estructura de consumo dominada por productos
petrolíferos importados prácticamente en su totalidad, lo que contribuye a la
elevada dependencia energética de España del exterior, próxima al 80 por 100,
muy superior a la media europea que es del 54 por 100, con los consecuentes
efectos en el déficit exterior y en la inflación.
Por otro lado, la
considerable caída de ventas de vehículos registrada en España en los últimos
años ha provocado un envejecimiento del parque de vehículos de nuestro país que
implica que sea menos eficiente y segura y, por tanto, más costosa.
Beneficiarios
y cuantía de la ayuda
Pueden ser
beneficiarios de la ayudas, particulares, profesionales, autónomos,
microempresas y pymes.
El beneficiario las
obtendrá directamente, mediante el descuento correspondiente en el punto de
adquisición del nuevo vehículo, es decir en los concesionarios, que previamente
se han tenido que adherir a este Programa mediante un procedimiento regulado y
publicado en la página web www.idae.es. Los ciudadanos podrán consultar el
listado de establecimientos adheridos en esa misma página.
La cuantía de la
ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de
mil euros por vehículo. A esos mil euros se suma el descuento que ha de aplicar
el fabricante o importador del nuevo vehículo incentivable en la factura de
compraventa y que será, como mínimo, de mil euros.
La cuantía del
descuento para el beneficiario será, por tanto, de dos mil euros como mínimo.
Esta ayuda es
compatible con otras vigentes siempre y cuando éstas provengan de fondos
propios de las Comunidades Autónomas y de fondos europeos.
Requisitos
para acogerse a las ayudas
Los vehículos
susceptibles de acogerse al programa podrán ser nuevos o de antigüedad no
superior a un año desde su primera matriculación, deberán cumplir los
siguientes requisitos:
Vehículos de
turismo (categoría M1):
·
Convencionales,
híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados
total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o
gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren
clasificados como clase A o B en la "Base de Datos del IDAE de consumo de
carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos" según recoge el Real
Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.
·
Eléctricos
puros.
·
Propulsados
por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles
alternativos (autogás -GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del
IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además,
acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km
(gramos por kilómetro).
Vehículos
comerciales ligeros (categoría N1):
·
Convencionales,
híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados
total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina,
gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2
homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
·
Eléctricos
puros.
Es requisito
necesario dar de baja definitiva en Tráfico, mediante certificado de
achatarramiento/destrucción por parte del centro autorizado al efecto,
cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una
antigüedad mínima de doce años (M1) / diez años (N1) desde su primera
matriculación.
El precio de los
vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los 25.000 euros,
excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía
extendida.
Toda la información
se puede encontrar en www.minetur.es y www.idae.es
Empleo y Seguridad Social
REGULADA LA
COMISIÓN CONSULTIVA NACIONAL DE CONVENIOS COLECTIVOS
·
Regula las
funciones decisorias de la Comisión relativas a la solución de discrepancias
por falta de acuerdo en los descuelgues de los convenios
·
Su aplicación
facilitará la adopción de medidas de flexibilidad interna en las empresas, para
evitar el despido
El Consejo de
Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la Comisión
Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.
Con la aprobación de
esta norma se da cumplimiento al mandato de la Ley de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral, que encomienda al Gobierno la aprobación de un
reglamento que establezca la organización de la Comisión.
La reforma laboral
prevé que, a falta de acuerdo entre las partes, la Comisión intervenga para la
solución de la discrepancia cuando los procedimientos de solución de
conflictos, previstos en la negociación colectiva, no hayan dado resultado. La
aplicación del Real Decreto facilitará la adopción de medidas de flexibilidad
interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo.
Objetivos
La Comisión
Consultiva Nacional de Convenios Colectivos se creó en 1980 por el Estatuto de
los Trabajadores y su función es asesorar y consultar a las partes en la
negociación colectiva en relación con el ámbito funcional de los convenios.
Los objetivos prioritarios
de la nueva norma son:
·
Actualizar la
regulación de la composición y funciones de la Comisión.
·
Desarrollar
las nuevas funciones decisorias atribuidas a la Comisión por la reforma
laboral, para la solución de discrepancias por falta de acuerdo en los
procedimientos sobre la inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en
el convenio colectivo de aplicación.
·
Adaptar la
organización de la Comisión a la nueva función decisoria, así como a las
necesidades que se han ido planteando desde su constitución, garantizando la
eficacia en el ejercicio de sus funciones, especialmente a través de la
creación de una Comisión Permanente, a la que se encomienda el funcionamiento
de la Comisión, reservando al Pleno las decisiones más importantes.
Principales características
de la norma
El Real Decreto
configura la Comisión como órgano colegiado y tripartito, adscrito a la
Dirección General de Empleo, en el que participan las organizaciones sindicales
y empresariales más representativas. Asimismo, establece la composición y el
funcionamiento de la Comisión e introduce la posibilidad de que pueda funcionar
en Pleno o en Comisión Permanente.
La nueva norma
regula las funciones consultivas de la Comisión, relativas a la determinación
del ámbito funcional de los convenios colectivos y a la consulta preceptiva en
el procedimiento de extensión de convenios, delimitando su ámbito de actuación
suprautonómico y los sujetos legitimados para plantear estas consultas.
Con la aprobación
del Reglamento se completa la regulación de una de las novedades más relevantes
de la reforma laboral, al establecer las funciones de la Comisión relativas a
la solución de las discrepancias por falta de acuerdo en los procedimientos
sobre inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio
colectivo aplicable, siempre que se plantee con un ámbito suprautonómico,
fijando las circunstancias que deben concurrir para que se pueda solicitar la
actuación de la Comisión a estos efectos.
Procedimientos
para solución de discrepancias
Para la solución de
discrepancias se establecen dos procedimientos, uno, en el seno de la propia
Comisión; dos a través de un árbitro imparcial e independiente. Si hay
conformidad entre las partes, se seguirá el procedimiento elegido por ellas.
Además, se precisa la documentación necesaria para justificar que concurren las
causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. El procedimiento
debe culminar con la solución de la discrepancia.
La intervención de
la Comisión sólo se produce como sistema de "cierre" del
procedimiento, ante las sucesivas faltas de acuerdo entre empresa y
trabajadores.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
REGULADAS LAS
ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DE LECHE Y LA OBLIGATORIEDAD DEL CONTRATO LÁCTEO
·
Se desarrollan
y completan las medidas del denominado "Paquete lácteo" y se
contempla la obligatoriedad de los contratos por escrito en las transacciones
realizadas en el sector
·
Se otorgan
facultades a las organizaciones para que puedan negociar de manera colectiva
los términos de los contratos
·
El sector
productor tendrá herramientas para equilibrar su posición negociadora, de forma
que se garantice una mayor transparencia y confianza para toda la cadena de
producción de la leche cruda
El Consejo de
Ministros ha aprobado un Real Decreto para regular el reconocimiento de las
organizaciones de productores de leche y de las organizaciones
interprofesionales lácteas, así como para establecer las condiciones de
contratación en el sector, incluyendo la obligatoriedad de suscripción de
contratos.
Este Real Decreto,
que desarrolla y completa las medidas del denominado "Paquete
lácteo", establece la obligatoriedad de formalización de los contratos por
escrito en las transacciones realizadas en el sector antes de verificarse el
suministro, lo que se considera un elemento clave de cohesión y estabilización
en el sector.
Con esta regulación,
todas las ventas de leche cruda estarán sujetas a un contrato firmado por
adelantado en el que se incluirán, entre otros elementos, el volumen contratado
y el precio a pagar. Adicionalmente, en los contratos en los que el vendedor
sea el propio ganadero se exigirá la duración mínima de un año, salvo que el
propio ganadero rechace esta prerrogativa, en cuyo caso, la duración será la que
libremente pacten las partes implicadas.
Organizaciones
de productores
También se
establecen las funciones otorgadas a las organizaciones de productores en el
sector lácteo, así como los requisitos mínimos que deben cumplir y las normas
para su reconocimiento por parte de los órganos competentes de las Comunidades
Autónomas donde radique la sede de la entidad solicitante.
La nueva normativa
regula la información que debe constar en el registro nacional de
organizaciones de productores del sector lácteo y contempla la creación de una
base de datos en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
que recoja los datos relativos a los requisitos mínimos de los contratos que se
suscriban, que se nutrirá de la información de los compradores de leche y será
gestionada mediante convenio con la Organización Interprofesional Láctea.
Con el objetivo de
equilibrar la cadena de valor, se autoriza a estas organizaciones de
productores para poder negociar de manera colectiva en nombre de sus asociados,
los términos de los contratos, incluido el precio. Supone un importante avance
para mejorar la posición negociadora de los productores en la cadena de valor,
que podrán concentrar la oferta de su producción y negociar conjuntamente con
el siguiente eslabón de la cadena.
Interprofesional
láctea
El Real Decreto
determina igualmente cuáles son las finalidades de la Organización
Interprofesional Láctea, que juega un papel muy importante en aspectos tan
relevantes como la promoción, la investigación y el desarrollo, la elaboración
de estadísticas que mejoren la transparencia en el sector y la mejora del
conocimiento de la estructura productiva y del mercado o la promoción del
consumo y de las producciones de calidad.
Mediante las nuevas
disposiciones se mejora la situación del sector productor de leche,
particularmente débil por su estructura productiva atomizada, y el carácter
perecedero del producto. Esta nueva norma dota a los productores de
herramientas para equilibrar su posición negociadora, de forma que se garantice
una mayor transparencia y confianza para toda la cadena de producción de leche
cruda, desde el productor al consumidor final.
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
BAREMO ÚNICO
PARA ESTABLECER EL GRADO DE DISCAPACIDAD
El Consejo de
Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el procedimiento
para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
El cambio consiste en establecer un único baremo en todas las Comunidades
Autónomas para determinar cuándo es necesaria la asistencia de una tercera
persona, tanto en las situaciones de discapacidad, como en las de dependencia.
La norma aprobada
hoy modifica otro Real Decreto de 1999, para adaptarlo a un Real Decreto de
2011, que se dictó en desarrollo de la Ley de Dependencia. Con esta
modificación, además, se suprime la obligación de señalar el tipo de
discapacidad física, psíquica o sensorial en el certificado del grado de
discapacidad. Se protege, de este modo, la privacidad de la persona con
discapacidad. Asimismo, la información sobre el grado de discapacidad sólo se
entregará a instancias de la propia persona interesada o de su tutor o
representante legal, en su caso.
Con la reforma
aprobada hoy, España da un paso más en la participación en la sociedad de las
personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con el resto de los
ciudadanos. La norma, además, se adapta a lo señalado por la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, que define la
discapacidad como un concepto que evoluciona y establece que los Estados tienen
el deber de proteger la privacidad de la información sobre la salud de estas
personas.
Hacienda y Administraciones Públicas
RECURSO DE
INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA NORMATIVA SOBRE GRANDES ESTABLECIMIENTOS
COMERCIALES EN CATALUÑA
El Consejo de
Ministros ha solicitado al Presidente del Gobierno la interposición de un
recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 114 de la Ley de 29 de
diciembre de 2011, de promoción de la actividad económica de Cataluña.
Se ha considerado
inconstitucional el precepto por vulnerar el criterio de regulación de libre
comercio en una normativa, que tiene carácter básico, en el artículo 6 de la
Ley de Ordenación del Comercio Minorista de 15 de enero de 1996, y en los
artículos 10 y 11 de la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de
Servicios y su Ejercicio, de 2009. En particular, se ha solicitado la
interposición del recurso por considerar que la norma introduce barreras de
acceso al ejercicio de la actividad comercial.
Asimismo, por medio
de este artículo 114 se modificaban los apartados 3 y 4 del artículo 9 del
Decreto Ley de 22 de diciembre de 2009, de ordenación de equipamientos
comerciales de Cataluña, de forma que contemplan ahora restricciones a la
implantación de establecimientos comerciales fuera de tramas urbanas
consolidadas, en perjuicio de determinados formatos comerciales, que no se
consideran compatibles con la normativa estatal sobre esta materia.
Jurisprudencia
del Tribunal Constitucional
La impugnación que
ahora se insta se fundamenta en la vulneración de la normativa básica del
Estado. En este sentido, el Tribunal Constitucional ya ha tenido ocasión de
pronunciarse sobre la aplicación de la normativa básica estatal en relación al
caso de la normativa sobre establecimientos comerciales. De hecho, la normativa
catalana que se impugna vuelve a establecer criterios que determinaron ya una
condena del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al Reino de España. En su
jurisprudencia, el Tribunal Constitucional afirma que, tanto los criterios para
el otorgamiento de la licencia de instalación, como los requisitos mínimos que
los grandes establecimientos deben cumplir, han de tener carácter mínimo y
uniforme para todo el territorio al estar vinculados, no tanto a la competencia
autonómica de comercio interior y urbanismo (el denominado "urbanismo
comercial" ), como a la de bases de la ordenación de la economía, dada la
incidencia que los grandes establecimientos pueden tener en la actividad
económica a través del sector de la distribución.
Por todo lo
expuesto, la Comunidad Autónoma de Cataluña no puede adoptar el precepto
cuestionado infringiendo las competencias estatales, por lo que procede la
interposición de recurso frente al mismo en los términos señalados.
Hacienda y Administraciones Públicas
AUTORIZADAS
OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
El Consejo de
Ministros ha autorizado a las Comunidades Autónomas de Cantabria, Extremadura,
Principado de Asturias y Comunidad Valenciana a realizar operaciones de
préstamos y emisiones de Deuda Pública por un importe conjunto de 1.140
millones de euros, y la prorroga hasta el 30 de diciembre de 2012 de operaciones
de endeudamiento autorizadas en 2011 a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En concreto, se
autoriza para tomar de préstamos a largo plazo en euros y divisas y realizar
emisiones de deuda pública a las Comunidades Autónomas de Cantabria,
Extremadura, Principado de Asturias y Comunitat Valenciana, hasta un importe
máximo conjunto de 1.140 millones de euros,que se autorizan con cargo al
incremento de deuda de dicho ejercicio establecido en el Acuerdo de 6 de marzo
de 2012, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, dentro del primer tramo
del 0,75 por 100 del PIB de las cuatro Comunidades Autónomas.
Dichas operaciones
de endeudamiento son conformes con sus Planes económico-financiero de
requilibrio 2012-2014, cuyas medidas fueron declaradas idóneas por los Plenos
del Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrados el 17 de mayo y el 14 de
julio de 2012.
Asimismo, se
prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2012, por el importe pendiente de
formalizar de 628 millones de euros, las operaciones de endeudamiento
autorizadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Acuerdo de Consejo de
Ministros de 23 de septiembre de 2011, que fueron previamente prorrogadas hasta
el 31 de marzo de 2012 por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de enero de
2012 y hasta el 30 de junio de 2012 por el Acuerdo de Consejo de Ministros de
27 de abril de 2012.
CATALUÑA
Por último, se
autoriza a la Comunidad Autónoma de Cataluña a realizar emisiones de deuda
pública y concertar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 6.819
millones de euros, que se destinan, entre otros, a financiar las amortizaciones
del segundo semestre de 2012, las cantidades aplazadas de la liquidación
negativa del sistema de financiación correspondiente a los ejercicios 2008 y
2009.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN A LAS
CORTES DE UN PROTOCOLO SOBRE COMUNICACIONES DE LA CONVENCIÓN DE DERECHOS DEL
NIÑO
El Consejo de
Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes
Generales del Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del
niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, adoptado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011. El Consejo de
Ministros había autorizado su firma el pasado 24 de febrero.
Su elaboración fue
impulsada por un grupo transregional de diez Estados (Chile, Egipto,
Eslovaquia, Eslovenia, Finlandia, Francia, Kenia, Maldivas, Tailandia y
Uruguay), con el decidido apoyo de los demás miembros del MERCOSUR, así como de
otros Estados latinoamericanos y gran parte de la Unión Europea, incluida
España.
La Convención sobre
los Derechos del Niño es el único tratado internacional en materia de derechos
humanos que tiene un procedimiento obligatorio de presentación de informes,
pero no cuenta con un procedimiento de comunicaciones.
Este Protocolo
supone un avance histórico y un importante esfuerzo de protección internacional
de los derechos de los niños, así como un impulso al papel del Comité de los
derechos del niño. En él se regula un procedimiento de comunicaciones que
permitirá buscar soluciones para cada caso concreto, realizar recomendaciones
urgentes y mejorar el análisis de la aplicación de los derechos.
En efecto, el
mencionado Protocolo introduce, por primera vez en este ámbito, mecanismos de
protección de derechos contemplados en otros instrumentos internacionales de
los que España ya es parte, ofreciendo la posibilidad de presentar ante el
Comité de derechos del niño comunicaciones o quejas individuales referidas a
Estados que hayan firmado el Protocolo y hayan reconocido previamente la
competencia del Comité. Se trata de un avance hacia una visión más específica
de los derechos de la infancia, que serán examinados por un Comité con
experiencia concreta en la materia.
El texto establece
que las competencias del Comité de derechos del niño se circunscriben a las
comunicaciones concernientes a Estados que sean parte en el Protocolo. En
relación al funcionamiento del Comité se señala que el Comité se guiará en el
ejercicio de sus funciones por el interés superior del niño y que aprobará su
propio reglamento. Asimismo, se reconoce que los Estados parte velarán para que
las personas que hayan estado en comunicación con el Comité no vean violados
sus derechos ni sufran maltrato o intimidación.
Además las denuncias
individuales (comunicaciones) podrán ser presentadas por personas o grupos de
personas, sujetas a la jurisdicción de un Estado, que afirmen ser victimas de
una violación por el Estado parte de cualquiera de los derechos enunciados en
la Convención o en alguno los citados Protocolos facultativos en los que ese
Estado sea parte. Las comunicaciones deben hacerse por escrito y estar bien
fundadas. Se deben haber agotado los recursos internos, salvo en los casos de
riesgo inminente o retraso injustificado en esos procedimientos. Asimismo, se
establece la posibilidad de que el Consejo adopte medidas provisionales ante
circunstancias excepcionales para evitar daños irreparables a la víctima, se
señalan los supuestos de inadmisibilidad de las comunicaciones y se dispone un
plazo de seis meses para que el Comité dé una respuesta.
El Comité podrá
iniciar un procedimiento de investigación en caso de violaciones graves o
sistemáticas de los derechos enunciados en la Convención o en los Protocolos
facultativos, que luego tendrá seguimiento mediante la exigencia de
responsabilidades al Estado infractor.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACUERDO CON
MAURITANIA EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA
El Consejo de
Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo de cooperación en materia de lucha
contra la delincuencia entre el Reino de España y la República Islámica de
Mauritania, así como su aplicación provisional.
El Acuerdo responde
a la preocupación que comparten ambos países por el alcance de los fenómenos
delincuenciales y por el reto que plantean a la seguridad el tráfico de
personas, el tráfico de drogas, el terrorismo y las nuevas formas de
delincuencia.
Este Acuerdo incluye
el compromiso general de cooperar en el ámbito de la seguridad, especificando
con gran amplitud los delitos a los que se extenderá dicha cooperación.
Son especialmente
relevantes la referencia específica al terrorismo como forma de criminalidad,
la colaboración en la actividad operativo-investigadora de las distintas
modalidades delictivas, así como el intercambio de información respecto a la
comisión de un gran número de delitos que responden a las necesidades
planteadas en este ámbito.
Se establecen las
condiciones para proceder al intercambio de información entre ambos países, y
cabe destacar la garantía en la protección de la información confidencial en
virtud de las respectivas legislaciones nacionales.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACUERDO CON
MARRUECOS SOBRE SUPRESIÓN RECÍPROCA DE VISADOS EN PASAPORTES DE SERVICIO
El Consejo de
Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el
Reino de Marruecos sobre supresión recíproca de visados en pasaportes de
servicio, así como su aplicación provisional.
La posibilidad de
adoptar Acuerdos de supresión de visados sobre pasaportes de servicio está
contemplada en un Reglamento Comunitario de 2001 que, además de determinar los
países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visados al cruzar las
fronteras exteriores de los Estados miembros, permite a los Estados miembros
establecer excepciones para los nacionales de países terceros cuando sean
titulares de pasaportes de servicio.
El texto hace
referencia a las entradas sin visados de los nacionales de cada país, titulares
de pasaporte de servicio, en el territorio del otro para estancias de un máximo
de noventa días en un periodo de 180 días.
Justicia
ACTUALIZADOS
DOS CONVENIOS PARA MODERNIZACIÓN DE LA JUSTICIA
El Consejo de
Ministros ha acordado introducir una tercera adenda al Convenio Marco de
Colaboración entre el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo y la entidad pública empresarial RED.ES con la finalidad de
adecuarlo a los nuevos ejes de actuación derivados del plan de modernización
2012-2014, adaptándolo asimismo a las disponibilidades presupuestarias del
presente ejercicio. El importe global del convenio tras esta nueva adenda ha
quedado cifrado en 32.239.415 euros.
Además, el Consejo
de Ministros ha aprobado la inclusión de una segunda Adenda a la encomienda de
gestión con empresa pública Tragsatec para la gestión de plataformas
tecnológicas, registros judiciales y otras actuaciones relacionadas con la
modernización tecnológica de la Administración de Justicia, para adecuarla a
los nuevos ejes de actuación derivados del plan de modernización 2012-2014 y
adaptarla, al igual que en el convenio anterior, a las disponibilidades
presupuestarias del presente ejercicio. Tras esta nueva adenda, el importe
global del convenio ha quedado cifrado 21.053.973,68 euros.
El Ministerio de
Justicia articula una parte de su actividad relacionada con la modernización de
la administración de la Justicia a través de una encomienda de gestión con
ambas empresas públicas dependientes del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.
Industria, Energía y Turismo
SUBVENCIÓN DE
INTERESES DE PRÉSTAMOS AL ARMADOR PARA LA CONSTRUCCIÓN NAVAL
El Consejo de
Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a
conceder una subvención de intereses de préstamos al armador para la
construcción de un buque en un astillero español, por un importe de 16,8
millones de euros.
La subvención de
intereses de préstamos consiste en la posibilidad de ofrecer a los potenciales
armadores de buques préstamos en condiciones más ventajosas que las que se
pueden obtener en el mercado, todo ello enmarcado bajo la normativa
comunitaria.
Las ayudas que
concede el Gobierno se articulan mediante dos mecanismos: las ayudas para las
actuaciones de los astilleros en I+D, Innovación o inversiones para mejorar su
competitividad y la subvención de los intereses de los préstamos a los
armadores:
En este sector
trabajan directamente unas ocho mil personas en la construcción y reparación de
buques, otras doce mil personas lo hacen dentro de esas mismas instalaciones
pero pertenecientes a la industria auxiliar y unas seis mil más desarrollan su
trabajo en empresas suministradoras directas de equipos y sistemas.
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