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sábado, 7 de marzo de 2020

Legar herencias a hijos menores casi no tributa ya en una decena de regiones

Patrimonio y SucesionesPulsar para ampliar el gráfico
“Hay una indudable competencia fiscal a la baja en algunas comunidades autónomas respecto a otras”, reconoció ayer el presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Jesús Sanmartín, durante la presentación del informe Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2020, publicado con el Consejo General de Economistas. Una carrera por la reducción de los impuestos cedidos que ha llevado al Gobierno a planear una armonización fiscal entre territorios en un momento en el que, ilustra el REAF, determinados tributos apenas están gravados ya con “importes simbólicos” en una decena de comunidades.
“En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, claramente se ha instalado una competencia fiscal a la baja cuando se trata de herederos o donatarios que son familiares cercanos del causante o el donante”, explican desde el Consejo de Economistas. A partir de ahí, eso sí, se dan importantes diferencias. Así, por ejemplo, en el caso de las herencias legadas a un hijo menor de edad, el coste fiscal es mínimo ya en Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, Madrid, Murcia y los territorios forales, detalla el documento.
En otros casos, sin embargo, las diferencias se disparan. Así, en el ejemplo de un contribuyente soltero, de 30 años, que herede bienes de su padre por un valor de 800.000 euros, de los que 200.000 correspondan a la vivienda del fallecido (cuyo importe está exento entre los 150.000 y los 500.000 euros, en función del territorio), la factura fiscal puede oscilar en 100.000 euros. Así, en función de la región donde residiera el finado, el beneficiario abonará 103.135 euros en Asturias, u 81.018 en Castilla y León; pero solo 1.586 euros en Madrid y absolutamente nada en Andalucía, Cantabria o Galicia.
Otro tanto ocurre con el impuesto sobre donaciones. Si el mismo contribuyente de 30 años recibe de su padre 800.000 euros en metálico, el coste fiscal será cero en el caso de que el beneficiario resida en Cantabria, o de 2.000 euros en Madrid, pero superará los 200.000 euros en Castilla y León o Extremadura.
Otro de los tributos que más diferencias arroja entre regiones es el de Patrimonio. Para empezar, este tributo esta bonificado al 100% en Madrid, donde no se paga nada por él, y al 75% en La Rioja. A partir de ahí, una fortuna de 800.000 euros paga anualmente entre los 50 euros del tributo riojano o los 200 de Canarias, Las Castillas o Galicia, y los 1.164 euros de Aragón. Para patrimonios superiores a los 15 millones de euros, la diferencia pasa de los 68.442 euros de La Rioja a los 418.155 de Extremadura.
Estos son solo algunos de los ejemplos con los que el REAF ilustra la disparidad fiscal entre regiones. Una “competencia” que el presidente del Consejo de Economistas, Valentín Pich, ve “normal” para un “estado federado” como el español pero que inquieta a Hacienda, que busca establecer un sistema de umbrales que homogeneice el cobro de impuestos entre regiones dentro de la renegociación del sistema de financiación autonómico que impulsará en otoño.
El consenso será difícil de lograr. Madrid y La Rioja serían dos de las comunidades más perjudicadas por una armonización al alza y la primera, gestionada por el PP, viene defendiendo su política de impuestos bajos y rechazando de pleno el planteamiento del Gobierno. Por el contrario, Asturias, Cataluña, Extremadura o Valencia, con tributos más elevados, podrían apoyar una equiparación que les deje menos expuestos a la fuga de contribuyentes hacia regiones vecinas. El pulso entre unas y otras se promete intenso.

VOX TUMBA LA REBAJA FISCAL DEL PP EN MADRID

Votación fallida. El El Grupo Parlamentario de Vox impidió ayer, en el Pleno de la Asamblea de Madrid, que el Gobierno de PP y Ciudadanos, que preside Isabel Díaz Ayuso, sacase adelante su primera rebaja de impuestos de la legislatura. Vox había presentado una enmienda a la totalidad al texto que había prometido retirar si el Ejecutivo autonómico reducía el “gasto político ineficaz”, recoge Europa Press. Pese a que Vox y PP avanzaron un acuerdo, Cs se desmarcó de los recortes propuestos por Vox, que finalmente tumbó la reforma planteada con el apoyo de PSOE, Unidas Podemos y Más Madrid. El paquete incluía una rebaja de 15 millones de euros para 30.000 familias con reducciones de impuestos para personas que atienden a padres mayores o discapacitados; a jóvenes que acceden a una primera vivienda, o para quien solicitara préstamos para estudios universitarios.
Novedades regionales en 2020. Entre las tendencias fiscales del ejercicio, el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) apunta a rebajas de Sucesiones en Galicia, donde la reducción sube desde los 400.000 al millón, y a subidas en Canarias, que hace el impuesto más progresivo, o La Rioja, que rebaja la reducción al 50% desde los 400.000 euros. A su vez, en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Baleares sube el tipo del 1,2% al 1,5%.
Recaudación nacional. El REAF asume que España batió en 2019 el récord de recaudación en IRPF (hasta rondar los 86.000 millones); IVA (72.000) o Impuestos Especiales (21.300) si bien anticipa un retroceso en Sociedades (que caería a unos 22.700).

Cataluña es la región que más grava las rentas bajas y Madrid la que menos cobra a las altas

La menor presión sobre ingresos bajos se da en las provincias vascas. Navarra es donde las grandes nóminas pagan más impuestos

IRPFPulsar para ampliar el gráfico
Las diferencias tributarias entre las comunidades autónomas van más allá de los impuestos cedidos. Las competencias regionales sobre impuestos como el IRPF hacen que, en función de la renta recibida, sea más barato residir en unas comunidades que en otras, pero el resultado puede variar con fuerza para un contribuyente con otros ingresos. Así, por ejemplo, las nóminas altas tienen el mejor tratamiento en Madrid, mientras que se someten a los gravámenes más altos en Navarra. Por contra, las rentas bajas disfrutan de las mejores condiciones en las provincias del País Vasco y se somenten a una mayor presión del fisco en Cataluña.
Así se deriva de los datos recopilados en el informe Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2020, publicado ayer por el Registro de Economsitas Asesores Fiscales (REAF) y el Consejo General de Economistas. El documento apunta, por ejemplo, a que un contribuyente soltero, sin hijos, con una edad inferior a 65 años, y sin derecho a deducciones especiales, que cobre 20.000 euros brutos al año pagará a Hacienda 2.510 euros en Cataluña y solo 2.185 en País Vasco, mientras que en Madrid el monto se situaría a medio camino: 2.269 euros.

La situación se repite para rentas medias, situadas en los 30.000 euros brutos anuales, de los que 5.102 acaban en las arcas públicas en el caso de los contribuyentes catalanes, mientras que en el de los vascos la factura fiscal se rebaja a 4.793 euros.
Euskadi ofrece la fiscalidad más favorable a los asalariados hasta los 70.000 euros anuales. A partir de ahí, el puesto es para Madrid, que lidera todos los tramos siguientes. En el caso de rentas de 160.000 euros anuales, la diferencia de gravamen ronda los 5.000 euros, entre los 57.985 que paga el madrileño y los 62.640 euros que se reclaman en La Rioja.
A partir de este umbral, en todo caso, la comunidad autónoma que más cobra a las rentas altas es Navarra. En el caso de un contribuyente con unos ingresos de 600.000 euros al año, Madrid impone una contribución por IRPF de 249.385 euros mientras que Navarra reclama 40.000 euros más, en concreto 288.875 euros.
Hay que tener en cuenta que el IRPF cuenta con una tarifa estatal, que oscila entre el 9,5% y el 22,5% en cinco tramos de renta, siendo el más alto el de los 60.000 euros. Las regiones tienen derecho a aplicar una tarifa adicional y a recibir el 50% de la recaudación, pero no necesariamente tienen que replicar los tipos estatales y pueden introducir nuevos tramos. De hecho, solo Castilla-La Mancha duplica las cifras estatales, con tipos totales que van del 19% al 45%. Los tipos mínimos finales más bajos, del 18,5%, se dan en Canarias, Madrid o La Rioja, y los más altos, del 21,5%, en Cataluña. Los máximos son menores en Madrid (43,5%), alcanzando el 48% en Asturias, Cantabria, Cataluña y Comunidad Valenciana, el 48,5% en Canarias y el 49,5% en La Rioja. En el caso de las Haciendas forales, País Vasco aplica del 23% al 49% y Navarra del 13% al 52%.
Este año, Andalucía y Murcia han rebajado sus tarifas, Canarias las ha subido y La Rioja las ha hecho más progresivas. Cataluña busca ahora elevar la presión sobre las rentas altas y reducirla sobre las bajas.

lunes, 17 de febrero de 2020

Cómo borrar datos personales que no deberían estar en la red

Es probable que si teclea su nombre en Google encuentre entradas que no sabía ni que existían. Desde páginas web con datos personales como su dirección o su teléfono a fotografías que en su momento no le preocupó subir a Internet. E incluso cuentas que creó en aplicaciones que apenas llegó a utilizar. A medida que se navega y comparte información en la web, se deja un rastro al que cualquier persona del mundo puede acceder sin levantarse del sofá. Borrar la huella digital por completo es complicado. Pero sí existen opciones para eliminar y llevar un control de la información personal sobre usted que aparece en Internet.
Todo lo que un usuario escribe en redes sociales, blogs, foros u otros servicios puede aparecer en Internet. Es posible editar o borrar gran parte de esta huella de forma manual. “Para localizar este contenido, lo más recomendable es acudir a Google y buscarse a uno mismo, escribiendo entre comillas tu nombre y tu apellido, para posteriormente ir, con mucha paciencia, eliminando toda esa información”, explica Fernando Suárez, presidente del Consejo de Colegios de Ingeniería Informática (CCII) de España.
El usuario puede eliminar una a una cada cuenta que ha creado en redes sociales y otros servicios. Pero hay herramientas que facilitan el trabajo. Por ejemplo, Deseat.me ofrece una lista de todas las cuentas que se ha creado una persona con un email determinado y le permite solicitar su eliminación con solo pulsar un botón. Mientras tanto, AccountKiller recopila enlaces directos para facilitar que cualquier usuario pueda eliminar su cuenta en sitios como Gmail, Instagram, Netflix o Microsoft. “¿Quiere deshacerse de su cuenta en línea? No debería ser un problema, ¿verdad? Desafortunadamente, en muchos sitios, incluidos los populares como Facebook, eliminar su cuenta puede ser un verdadero dolor”, explica en su propia web.
“Eliminar por completo la huella digital es prácticamente imposible: una vez publicamos información en Internet, perdemos el control sobre ella y no sabemos quién puede acceder y con qué objetivo”, advierte Suárez. Para él, “una vez publicado algo en la web, perdemos el control sobre ese contenido”. Pone el siguiente ejemplo: “Si publicamos una foto en una red social y posteriormente la eliminamos, no podemos tener la seguridad de que personas que hayan accedido a dicha fotografía no la hayan publicado en otros sitios web y, por lo tanto, su eliminación es mucho más complicada”.
Cómo borrar la información que aparece en Internet
Además, la la ley europea de derecho al olvido permite pedirle directamente a Google que desindexe cierta información. Es decir, que cuando alguien utilice el buscador, una web determinada no aparezca entre los resultados. Existe un formulario para hacerlo. El usuario debe indicar uno a uno qué enlaces desea que se retiren e indicar el motivo.
Google puede retirar información personal que suponga un riesgo importante de robo de identidad, fraude financiero u otro tipo de daños específicos. Así lo afirma Suárez: “Por ejemplo, números de identificación como el DNI o datos de la tarjeta sanitaria, números de cuentas bancarias o tarjetas de crédito, historiales médicos, imágenes de firmas o fotografías de contenido sexual explícito subido a la web sin nuestro consentimiento”.
Pero la opción de pedirle a Google que elimine cierta información tiene sus limitaciones. Juana María Perea, decana del Colegio Oficial de Ingeniería Informática de las Islas Baleares, destaca que rellenar el formulario no garantiza que desindexen los datos. La compañía de Mountain View revisa uno a uno los enlaces y elige si desindexarlos o no. “Cuando envías una solicitud, en Google buscamos el equilibrio entre los derechos a la privacidad de los usuarios afectados, el interés público que pueda tener esa información y el derecho de otros usuarios a distribuirla”, afirma el gigante tecnológico en su web.
Por ejemplo, la compañía puede rechazar retirar información sobre estafas financieras, negligencias profesionales, condenas penales o conductas de funcionarios. A ello se suma que este formulario solo garantiza la retirada de datos dentro de la Unión Europea. Por lo tanto, los datos seguirán apareciendo en las versiones internacionales del buscador.
Otros buscadores
Google es el líder indiscutible de los buscadores. En 2018 acaparó el 96% de las búsquedas de los usuarios, según Statista. Le siguen de lejos Bing, con un 3%, y Yahoo, con un 1%. Aún así, los expertos recomiendan controlar también qué aparece en estas alternativas. “El proceso anterior solo es aplicable a Google. Yahoo y Bing tienen su propio formulario para ejercer nuestro derecho a desaparecer de la red”, cuenta Perea. En ambos buscadores, en el caso de que acepten la solicitud, el contenido solo se retiraría en Europa.
Tanto Perea como Suárez coinciden en la importancia de controlar en qué sitios webs uno se da de alta. El presidente del CCII aconseja, ante todo, “prudencia antes de hacer uso de las herramientas de internet”: “No solo de aquellas en las que publicamos información de forma directa, como blogs o redes sociales, sino del propio rastro que dejamos, por ejemplo, al hacer búsquedas o navegar”. En este sentido, recomienda eliminar periódicamente las cookies, utilizar VPNs (red privada virtual, por sus siglas en inglés) u optar por buscadores alternativos a Google pensados para navegar sin dejar rastro.

jueves, 21 de noviembre de 2019

De cuántas formas diferentes puede llegar a jubilarse un autónomo?

Un análisis recopila hasta seis opciones de jubilación para este colectivo. En cualquiera de ellas, los años cotizados son la clave.

¿Sabías que los profesionales autónomos pueden optar a seis tipos de jubilación? Cada una de estas opciones cuenta con condiciones y requisitos diferentes, que marcarán la pensión que cobrará el profesional al final de su carrera. 
La agencia de noticias Europa Press se ha encargado de recopilarlas en un artículo, analizando esos requisitos en cada caso. La primera de ellas es la jubilación contributiva, que actualmente está fijada en los 65 años de edad, siempre que se cumpla con el requisito de haber acumulado 38 años y seis meses de cotización. Si no alcanzas este mínimo, la edad de jubilación se extendería seis meses.

Debes tener en cuenta, tal y como recuerda Europa Press en la información, que a partir del año 2027 la edad mínima de jubilación en España se alargará hasta los 67 años.
En lo que respecta al importe de tu pensión contributiva, ésta dependerá de la base de cotización que hayas tenido durante tu trayectoria. Es decir: la suma de lo que hayas cotizado por cuenta ajena, de lo que hayas cotizado a través de cuota de autónomos y del tiempo que hayas estado cotizando. Puede decirse que la jubilación contributiva sería la estándar.
Si hablamos de la jubilación no contributiva, esta se caracteriza por no poder optar a una de tipo contributivo al no cumplir con los requisitos. En este caso la cantidad de esta pensión equivale a unos 380,10€ mensuales, algo que será menor si en tu unidad familiar también hay otra persona que esté cobrando una pensión de este tipo.
Jubilación anticipada
Es el tercer tipo que vamos a analizar. Podrás disponer de ella a partir de los 63 años de edad, y tiene que elegirse de manera voluntaria, ya que de este modo estarás renunciando a una cantidad de lo que te correspondería si te jubilaras a los 65 años.
Este coeficiente penaliza de manera inicial en un 8% esa cantidad. Eso sí, también debes cumplir con el mínimo exigido de 38 años y seis meses cotizados.
Una vez asentados estos conceptos también habría que diferenciar entre una jubilación flexible y una jubilación parcial. La primera de ellas permite compaginar la pensión con la realización de un trabajo a tiempo parcial, mientras que el rendimiento neto no supere el SMI. Aquí la principal ventaja es que ya no tendrías que abonar tu cuota de autónomo.
La jubilación parcial es la más reciente de todas, y hasta hace muy poco solo tenían acceso a ella los asalariados. Con ella también podrás compaginar una pensión a la hora de que exista una sustitución de por medio por jubilación del trabajador.
Jubilación activa
Por último, vamos a analizar la jubilación activa, que permite a los autónomos jubilarse y mantearse en activo al mismo tiempo. Para ello será necesario tener al menos un trabajador contratado, ya que de no ser así no podrá cobrar el 100% de lo que sería su pensión contributiva, si no la mitad.

sábado, 31 de agosto de 2019

Personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida (TEPMR)

Criterios de Acceso y Autorizaciones

Como alternativa mejorada al anterior modelo de gestión de las Áreas de Prioridad Residencial (APR) se plantea un nuevo modelo de gestión que, además de las circunstancias particulares de cada autorización, se tengan en cuenta las emisiones generadas por cada vehículo permitido según la clasificación por categorías ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT). De esta manera, resulta un sistema flexible y graduable a lo largo del tiempo, que permite reducir especialmente los vehículos más contaminantes. El periodo de aviso para la tramitación de denuncias generadas con ocasión de la puesta en marcha de este nuevo modelo de gestión finaliza el día 15 de marzo de 2019.
VEHÍCULOS PERMITIDOS
Se permitirá el acceso de un vehículo independientemente de la titularidad o la categoría de clasificación ambiental de éste. No obstante, a partir del día 1 de enero de 2025 tan solo se permitirán vehículos con categoría A de clasificación ambiental que trasladen personas de movilidad reducida cuando se trate de vehículos adaptados y aparezcan como tales en el registro de la DGT.
El vehículo dado de alta se podrá cambiar cuantas veces se precise, el cual podrá acceder y circular sin restricciones por MC.
GESTIONES
Las personas físicas titulares de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida (TEPMR) pueden darse de alta en la aplicación de gestión de accesos a Madrid Central presencialmente en cualquiera de las 26 Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid (OAC), con cita previa en la OAC Centro  y sin necesidad de cita previa en el resto de OAC. Si la TEPMR ha sido expedida por el Ayuntamiento de Madrid, también podrá hacer este trámite a través del teléfono 010 (915 298 210 ) o de la cuenta de Twitter @Lineamadrid.
La gestión de alta de persona conlleva la obtención de un código de usuario, el cual será necesario para poder realizar otras gestiones de Madrid Central en los distintos canales de atención, presenciales y no presenciales. La gestión de alta de persona solo se podrá realizar por el titular. También podrá hacerla un representante con autorización detallada acudiendo presencialmente a una Oficina, o acceder con certificado electrónico a Mi carpeta en www.madrid.es 
Una vez dada de alta la persona en la base de datos de Madrid Central y, por tanto, tenga su código de usuario, el resto de gestiones, como dar de alta permisos a vehículos, podrá llevarlas a cabo una persona autorizada, aportando en una Oficina un documento de autorización en el que se indique:
  • gestión a la que se le autoriza: darse de alta como gestor autorizado del titular…
  • datos personales del titular: nombre y apellidos y tipo y número de documento de identificación
  • datos personales del autorizado: nombre y apellidos y tipo y número de documento de identificación
  • firma del titular
Y aportar fotocopia del documento de identificación del titular y original del documento de identificación del autorizado.
Se enviará justificante de las operaciones a la cuenta de correo que figura en la ficha del titular en la base de datos
Si los titulares de la TEPMR son personas jurídicas, pueden hacer la gestión presencialmente, con cita previa, en la Oficina de Madrid Central sita en la calle Bustamante, 16. Cita previa que podrán pedir telefónicamente llamando al 010 (915 298 210) o, en línea, a través de la web en el siguiente enlace: cita previa marcando en el tipo de servicio “Movilidad”.
El Ayuntamiento también pone a disposición de las personas con TEPMR, tanto físicas como jurídicas, dos servicios telemáticos para hacer las gestiones:
  • Sede electrónica, que podrán utilizar una vez que dispongan del código de persona, del cual ya disponen las personas dadas de alta en el sistema de APR. Podran solicitar este código las personas que aún no dispongan del mismo:
    • Si son personas físicas con TEPMR: Podrán obtener el código presencialmente en cualquiera de las 26 Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid (OAC), con cita previa en la OAC Centro (hasta el 30 de junio de 2019; sin cita a partir del 1 de julio de 2019) y sin necesidad de cita previa en el resto de OAC. Si la TEPMR ha sido expedida por el Ayuntamiento de Madrid, también podrá hacer este trámite (sólo los titulares) a través del teléfono 010 (915 298 210) o de la cuenta de Twitter @Lineamadrid.
    • y si son personas jurídicas con TEPMR, con cita previa, en la Oficina de Madrid Central.
  • Y 'Mi Carpeta', que se podrá utilizar por cualquier persona si se dispone de certificado electrónico o sistema de claves del Ayuntamiento de Madrid.