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lunes, 24 de septiembre de 2012

Recopilacion de noticias 21-09-2012

21 - septiembre - 2012
El objetivo del Resumen de Prensa es recoger las noticias publicadas sobre la actividad de la institución colegial de los economistas y, en segundo lugar, recopilar información de interés para el desarrollo de su actividad profesional.
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jueves, 20 de septiembre de 2012

20_09_12_ RESUMEN DE PRENSA.pdf

www.gestoresmadrid.org/fileset/file__20_09_12_ RESUMEN DE PRENSA_23815.pdf

Recopilacion de noticias 20-09-2012

20 - septiembre - 2012
El objetivo del Resumen de Prensa es recoger las noticias publicadas sobre la actividad de la institución colegial de los economistas y, en segundo lugar, recopilar información de interés para el desarrollo de su actividad profesional.
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Novedades en la fiscalidad del arrendamiento de viviendas



El Consejo de Ministros de fecha 24 de agosto ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley para dinamizar el mercado de alquiler de viviendas en España mediante su flexibilización, con una reducción de los plazos de duración del contrato, la mejora de la seguridad jurídica y una serie de medidas de carácter fiscal.

En el ámbito fiscal, que nos preocupa en esta entrada, se adoptan las siguientes medidas: :
  • En el Impuesto de Sociedades se flexibilizan los criterios que permiten aplicar una deducción del 85% sobre las rentas de los alquileres: las sociedades deberán tener un mínimo de ocho viviendas (antes diez) y deberán permanecer arrendadas durante tres años (antes siete).
  • Se mejora el régimen jurídico y fiscal de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI):
    • Los inmuebles en arrendamiento deberán mantenerse durante tres años (antes siete)
    • No será necesario un número mínimo de viviendas (antes tres)
    • El capital social mínimo será de cinco millones de euros (antes quince)
    • Los beneficios distribuibles serán el 80% de los obtenidos (antes el 90%)
    • Se suprimen los requisitos del número mínimo de accionistas (antes cien), capital mínimo en circulación (antes 25%) y financiación ajena (antes inferior al 70% del activo)
    • Se podrá cotizar en mercados regulados o sistemas multilaterales de cotización
    • Las SOCIMI no tendrán fiscalidad, sino que el pago de impuestos lo efectuarán los accionistas por la percepción de los dividendos (19%)
  • Por último, se modifica la configuración del Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no Residentes, dejando sujetas a dicho gravamen exclusivamente las entidades residentes en un país o territorio que tenga la consideración de paraíso fiscal.

miércoles, 19 de septiembre de 2012

Notificaciones y comunicaciones electrónicas obligatorias. ¿Aún no te has dado de alta?.


de 

Recordamos que tienen obligación de recibir por medios electrónicos, comunicaciones y notificaciones, las personas y entidades que se relacionan a continuación:
* Sociedades Anónimas (NIF letra A) y de Responsabilidad Limitada (NIF letra B)* Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que no tengan nacionalidad española (NIF letra N)
* Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes (NIF letra W)
* Uniones temporales de empresas (NIF letra U)
* Agrupaciones de interés económico, Agrupaciones de interés económico europeas, Fondos de pensiones, Fondos
de capital riesgo, Fondos de inversiones, Fondos de titulización de activos, Fondos de regularización del mercado hipotecario, Fondos de titulización hipotecaria y Fondos de garantía de inversiones (todos ellos NIF letra V)
* Contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas
* Contribuyentes que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto sobre Sociedades
* Contribuyentes que tributen en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA
* Contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME)
* Contribuyentes con autorización para presentar declaraciones aduaneras mediante el sistema de transmisión electrónica de datos (ED.
Para ello la Administración tributaria facilita una dirección electrónica habilitada sirve para la recepción de las notificaciones administrativas que por vía telemática pueda practicar la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Asociada a la dirección, su titular dispondrá de un buzón electrónico en el que recibirá las notificaciones de los organismos y procedimientos correspondientes. Las notificaciones no se envían, por tanto, a ninguna cuenta de correo electrónico particular.

La DEH tendrá vigencia indefinida no siendo posible su revocación o inhabilitación.
Es importante saber que algunos han sido debidamente notificados mediante agente tributario de su inclusión en el sistema NEO y no han realizado los trámites para darse de alta, esto les ha acarreado algunos inconvenientes como el estar recibiendo requerimientos que no son atendidos, el que no se acepten los aplazamientos de pagos de impuestos, etc…

Os paso un enlace que contiene el acceso a toda la información referente a este tema:
Accede desde aquí

Por qué algunos aconsejan guardar billetes euros con la letra X.


Por qué algunos aconsejan guardar billetes euros con la letra X.

Como sabéis, el número de serie de un billete va precedido del código de país, que es una letra indicativa del banco central que encargó la impresión de dicho billete, y no es necesariamente el del país donde se fabricó:
El código de país del número de serie de los billetes en euros es el siguiente:
PaísLetraPaísLetraPaísLetra
AlemaniaXAustriaNBélgicaZ
ChipreGEslovaquiaEEsloveniaH
EspañaVFinlandiaLFranciaU
GreciaYP. BajosPIrlandaT
ItaliaSLuxemburgoRMaltaF
PortugalM

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Para muchos la ruptura total del euro es un hecho, para otros una conspiranoia, pero si finalmente se produce la ruptura y se diferencian los billetes según su banco emisor, entonces los billetes que correspondan a otro banco emisor pueden llegar a ser lo que conocemos como “moneda extranjera” con un cambio diferente al de cada país emisor.
Sí, has leído bien. Me explico.
Si después de la hipotética ruptura del Euro cada Banco Emisor tiene un cambio de conversión diferente, entonces puedes obtener un beneficio en dicho cambio.
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Ejemplo:
Si has guardado billetes de serie alemana: X y te entregan en cambio marcos, al venderlo o cambiarlos a pesetas el rendimiento que obtendrás siempre será superior a si hubieras guardado billetes de serie española: V.
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Todo esto salió a la luz, cuando “saltó” la noticia a la prensa (por el año 2008) de algo que estaba sucediendo en Alemania:
“La Eurozona amenazada: Los alemanes rechazan los euros de España, Italia, Grecia y Portugal
Los consumidores alemanes han comenzado a rechazar los euros con números de serie procedentes de Italia, España, Grecia y Portugal (Dichos billetes tienen, respectivamente, las letras V, S, Y y M al inicio del número de serie.). El apoyo social a la Unión Monetaria podría estar decreciendo en Alemania, que es el pilar del sistema, y crece el temor a que la crisis económica provoque que el euro del sur pueda cotizar en el futuro con descuento frente al euro alemán.”
Fuente: http://www.libertaddigital.com

Resumen de noticias 19-09-2012

19 - septiembre - 2012
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