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- Ganancias y pérdidas del juego en Internet
- Determinación de la base de deducción por actividades de I+D
- Crowdfunding
- Préstamos hipotecarios de la SAREB y del FAB
- Gestión y liquidación del ITP y AJD en la Comunidad Valenciana
- Tributación en el IBI del operador designado por el Estado para la prestación del servicio postal universal
- Devolución de ingresos indebidos y rectificación de autoliquidaciones
- Régimen fiscal de las fundaciones bancarias en Bizkaia
- Novedades relativas a los activos por impuestos diferidos en Bizkaia
- Fundaciones bancarias en Bizkaia
- Módulos del régimen simplificado del IGIC para 2014
- Régimen especial del grupo de entidades en el IVA en Bizkaia
- Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales en Navarra
- Exenciones en la Contribución territorial en Navarra
Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
No
se computan las pérdidas patrimoniales debidas a pérdidas en el juego que
excedan de las ganancias obtenidas en el juego en un mismo período impositivo.
El cómputo de las pérdidas y ganancias patrimoniales obtenidas en el juego se
realiza a nivel global, en cuanto a las obtenidas por el contribuyente a lo
largo de un mismo período impositivo, independientemente de si el contribuyente
ha retirado o no cantidades de la cuenta abierta en el operador de juego
online.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Las
referencia a la delimitación de la base de deducción o a su cuantificación
establecidas en informes del CDTI no constituye el objeto propio del
informe motivado, por lo que no tienen carácter vinculante para la
Administración tributaria.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Las
operaciones de cooperación colectiva llevadas a cabo por personas que realizan
una red para conseguir dinero u otros recursos para financiar esfuerzos e
iniciativas de estas personas u organizaciones (crowdfunding o micromecenazgo)
sin contraprestación a cambio, están sujetas al impuesto cuando quien recibe
tales cantidades es una persona física.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
La
subrogación de la posición acreedora de los préstamos hipotecarios por la SAREB
y el FROB pueden ser considerada como exenta de la modalidad AJD del ITP y AJD
siempre que se cumplan una serie de requisitos.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Se
determina el órgano competente a efectos de la gestión y liquidación del
ITP y AJD en este territorio en los casos de transmisión onerosa de determinados
muebles.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
El
Tribunal Supremo ha aclarado su doctrina legal en relación a la tributación en
el IBI del operador designado por el Estado para la prestación del
servicio postal universal.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Las
devoluciones derivadas de procedimientos de rectificación de autoliquidaciones
cuando la causa de la rectificación es haber aplicado una norma interna
que ha sido declarada contraria a una Directiva comunitaria deben
calificarse como de ingresos indebidos.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Se
establece con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del
1-1-2014 el régimen fiscal de las fundaciones bancarias en Bizkaia.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Con
efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se
establece la conversión de determinados activos por impuestos diferidos en
créditos exigibles frente a la Administración tributaria.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Con
efectos desde el 1-1-2014 se establece en este territorio el régimen fiscal
aplicable a las fundaciones bancarias a efectos del ITP y AJD, entre otros
impuestos.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Han
sido aprobados los índices, módulos y demás parámetros del régimen
simplificado del IGIC para el año 2014.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Se
incluyen en la normativa de los grupos de entidades del IVA en Bizkaia a las
fundaciones bancarias.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
Se
ha publicado la norma que regula el Impuesto sobre los grandes establecimientos
comerciales.
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Posted:
07 Jan 2014 04:00 AM PST
El
Tribunal Constitucional ha declarado la nulidad del precepto legal foral que
declara exentos de la contribución territorial los bienes de la Iglesia
católica y las asociaciones no católicas legalmente reconocidas y con
las que existan acuerdos de colaboración, únicamente cuando estén destinados al
culto.
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