miércoles, 31 de julio de 2013

BOLETÍN SEMANAL DE INFORMACIÓN FISCAL Nº 114

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Lunes, 29 de Julio de 2013

Boletín Semanal

Fiscal

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Constitucionalidad de las infracciones y sanciones previstas en la Ley de Sociedades para las operaciones vinculadas (TC, Pleno, S 11 Jul. 2013, cuestión inconstitucionalidad 3705/2011)
El Tribunal Constitucional, reunido en Pleno, ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en Auto de 8 Feb. 2011, contra los apartados 2º y 10º del artículo 16 del TR LIS.
Pago a proveedores 2013
Jesús Ibáñez Peña
Transmisión de elementos afectos a negocio de asesoría fiscal y laboral salvo el local arrendado al adquirente: no sujeción al IVA (Consulta DGT V1693-13 de 22-05-2013)
Opciones del obligado tributario para la rectificación con minoración de cuotas repercutidas (Consulta DGT V1796-13 de 31-05-2013)

Destacados

Normativa

Estatal

RDL 9/2013 de 12 Jul. (medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico) [BOE 13 de Julio de 2013]

Internacional

Directiva 2013/43 UE de 22 Jul. (modifica Directiva 2006/112/CE, sistema común del IVA sobre aplicación optativa y temporal del mecanismo de inversión del sujeto pasivo a entregas de bienes y prestaciones de servicios susceptibles de fraude) [DOUEL 26 de Julio de 2013]
Directiva 2013/42 UE de 22 Jul. (modifica la Directiva 2006/112 CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, por lo que respecta a la implantación de un mecanismo de reacción rápida contra el fraude en el ámbito del IVA) [DOUEL 26 de Julio de 2013]
Regl. 698/2013 UE, de 19 Jul. (modificación anexo I del Regl. 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común) [DOUEL 23 de Julio de 2013]

Autonómica

D 78/2013 de 18 Jul. CA Canarias (normas relativas al procedimiento para acogerse al sistema extraordinario de pago a proveedores habilitado por el estado) [BOIC 24 de Julio de 2013]
L 1/2013 de 16 Jul. CA Cataluña (tipo impositivo aplicable a las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes inmuebles) [DOGC 22 de Julio de 2013]
Orden Hacienda 19 Jul. 2013 CA Castilla-La Mancha (procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma del primer tramo del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores) [DOCM 22 de Julio de 2013]

Foral

D Normativo de Urgencia Fiscal 2/2013, de 16 Jul. Álava (adaptación de la normativa tributaria alavesa diversas modificaciones introducidas en el ámbito de los Impuestos Especiales) [BOTHA 24 de Julio de 2013]
Norma Foral 5/2013 de 17 Jul. Gipuzkoa (medidas de lucha contra el fraude fiscal, de asistencia mutua para el cobro de créditos y de otras modificaciones tributarias) [BOG 22 de Julio de 2013]

Proyectos normativos

Proyecto de Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, el Reglamento de revisión en vía administrativa, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

Doctrina

DGT

Consulta Vinculante V1796-13, de 31 de mayo de 2013 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Base imponible. Modificación de la base imponible. Abogado que, tras expedir una factura por una prestación de servicios y resultar impagada, procede a modificar la base imponible. Cobra parte de la deuda y rectifica al alza la base imponible de la citada operación pero la Agencia Tributaria no le admite la modificación inicial practicada, lo que motiva rectificar de nuevo al alza la base imponible. Forma de practicar la rectificación. En caso de tratarse de un supuesto de rectificación con minoración de las cuotas inicialmente repercutidas, el sujeto pasivo que repercutió el impuesto puede solventar la doble imposición optando por: solicitar la rectificación de su autoliquidación o regularizar la situación tributaria en los términos previstos en el párrafo b) del artículo 89.cinco LIVA.
Consulta Vinculante V1693-13, de 22 de mayo de 2013 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Transmisión de elementos afectos a negocio de asesoría fiscal y laboral, con excepción del local que será arrendado al adquirente. Operación no sujeta siempre que, de las características del contrato de cesión o de arrendamiento se deduzca que el adquirente puede disponer del inmueble de forma duradera para el ejercicio de la actividad económica.

Jurisprudencia

Resoluciones

TEAC, Sección Vocalía 12ª, R de 28 May. 2013
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Deducciones por reinversión en beneficios extraordinarios. Entidad dedicada a la compraventa y tenencia de valores inmobiliarios. Transmisión de acciones de sociedad en la que no ha existido ningún tipo de gestión o administración. Determinación de si el artículo 36 ter LIS requiere o no que los elementos patrimoniales transmitidos tengan la condición de inmovilizado financiero para aplicar la deducción pretendida. Interpretación teleológica del precepto. Ausencia de definición de inmovilizado financiero en la normativa fiscal, debiendo acudirse a la normativa mercantil y contable. Determinación del objetivo de la deducción, que es estimular la reinversión de los beneficios extraordinarios en elementos destinados a servir de forma duradera en las actividades de la empresa, no incluyéndose los elementos que formen parte del ciclo productivo de la empresa, como es el circulant e. UNIFICACIÓN DE CRITERIO. El artículo 36 ter L 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades exige a efectos de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios que cuando los elementos transmitidos sean valores representativos de la participación en el capital o en fondos propios de toda clase de entidades, éstos no tengan la condición de existencias para la entidad transmitente.

Sentencias

TC, Pleno, S de 11 Jul. 2013
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS. OPERACIONES VINCULADAS. Constitucionalidad de los apartados 2 y 10 del artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que establecen el deber las personas o entidades vinculadas de mantener a disposición de la Administración tributaria la documentación que se establezca reglamentariamente y la posibilidad de cometer infracción tributaria con la consiguiente sanción por no aportar dicha documentación o hacerla de forma incompleta. Concepto y contenido de las llamadas "operaciones vinculadas" y su tratamiento fiscal. Doctrina sobre el derecho a la legalidad sancionadora y regulación de las infracciones administrativas. Los elementos de las conductas antijurídicas previstas en el artículo 146.10 TR LIS son suficientes desde la perspectiva del principio de legalidad plasmado en el artículo 25.1 CE: se identifica exhaustivamente la persona o entidades vinculadas susceptibles de incurrir en la responsabilidad sancionadora y describe los elementos objetivos de la conducta sin remitirse sin más al reglamento. La remisión al reglamento sobre la regulación de la documentación que deben mantener dichas entidades no hace una referencia abierta, sino que la potestad reglamentaria está sujeta a directrices legales suficientemente precisas. Se descarta que la regulación legal de las sanciones infrinja el principio de proporcionalidad.

Noticias

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