lunes, 4 de noviembre de 2013

Boletín Fiscal Semanal REAF-REGAF 28-10-2013

CISS Wolters Kluwer

           REAF-REGAF          

 

 

Lunes, 28 de Octubre de 2013

Boletín Semanal

Fiscal


Comentarios


Novedades en el proyecto de Orden por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas

Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica

Aplicación del régimen especial del IS de entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas: efectos de la entrada en vigor de la L 16/2012 (Consulta DGT V2185-13, de 4 jul.)

Deducción por alquiler de vivienda habitual cuando el cónyuge es el único titular del contrato de arrendamiento (Consulta DGT V2318-13, de 12 jul.)

Propuestas telemáticas en el informe CORA
Jesús Ibáñez Peña

Destacados


Normativa


Autonómica


Ley 11/2013 de 21 Oct. CA La Rioja (Hacienda Pública) [BOLR 25 de Octubre de 2013]

R Economía y Hacienda 24 Oct. 2013 CA Extremadura (procedimiento de la tercera fase del mecanismo extraordinario de pago a proveedores, puesta en marcha por el RD-ley 8/2013 de 28 Jun.) [DOE 25 de Octubre de 2013]

Foral


Norma Foral 28/2013 de 9 Oct. Álava (extensión de efectos del artículo 44.3.d) de la Norma Foral 3/2007 de 29 Ene., del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) [BOTHA 23 de Octubre de 2013]

Comunitaria


Regl. 1003/2013 UE, de 12 Jul. (completa el Regl. 648/2012 UE en relación con las tasas que deben pagar los registros de operaciones a la Autoridad Europea de Valores y Mercados) [DOUEL 19 de Octubre de 2013]

Reg. 1002/2013 UE, de 12 Jul. (modificación del Regl. 648/2012 UE, derivados extrabursátiles, entidades de contrapartida central y registros de operaciones en lo que respecta a la lista de entidades exentas) [DOUEL 19 de Octubre de 2013]

Proyectos Normativos


Proyecto de Orden que modifica los modelos 202 y 222 de pagos fraccionados

Proyecto de Orden que entre otros, modifica los modelos 303 y 340 del impuesto sobre el valor añadido, y deroga los modelos 310, 311, 370 y 371

Doctrina


DGT


Consulta Vinculante V2318-13, de 12 de julio de 2013 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Deducciones. Alquiler de vivienda habitual constando el cónyuge como único titular del contrato, abonándose la renta con fondos gananciales. La premisa inicial para aplicar la deducción es que exista contrato de arrendamiento de vivienda. La calidad de arrendatario la ostentará únicamente el firmante del contrato, sin perjuicio de los efectos internos que produzca entre los cónyuges (como la muerte del titular del contrato), por lo que a efectos de la deducción prevista en la LIRPF las cantidades satisfechas por el cónyuge que no aparece formalmente en el contrato no darán derecho a deducción por alquiler de vivienda habitual.

Consulta Vinculante V2185-13, de 04 de julio de 2013 de la Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Régimen especial de entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas. Régimen aplicable a partir de la entrada en vigor de la L 16/2012. Todas aquellas viviendas que en el periodo 2013 cumplan con el requisito de haber estado arrendadas u ofrecidas en arrendamiento, durante al menos tres años, a contar desde la fecha de inicio del periodo impositivo en que se comunicó la opción por el régimen o desde la fecha en que fueron arrendadas por primera vez, según corresponda, y el resto de requisitos establecidos en el artículo 53.2 del TRLIS, podrán ser transmitidas sin que ello implique la pérdida de las bonificaciones del artículo 54 del TRLIS, previamente disfrutadas.

Jurisprudencia


Resoluciones


TEAC, Sección Vocalía 4ª, R de 20 Jun. 2013
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Devoluciones a no establecidos. Solicitante que se dedica a la actividad de transporte internacional de viajeros. Derecho a la aplicación del régimen de devoluciones regulado en el artículo 119 LIVA no resultando excluida por la realización de las operaciones a que se refiere el artículo 22.Trece de la Ley del Impuesto. Extensión del ámbito objetivo de los servicios de transporte y accesorios exentos por artículos 21, 23, 24 y 64 LIVA a las actividades del artículo 22. Jurisprudencia comunitaria.

Sentencias


TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S de 16 Sep. 2013
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Beneficios fiscales. Diferimiento por reinversión. Empresa inmobiliaria que adquiere un solar y, sin explotarlo, lo vende dos años después. Improcedencia. Se exige que el inmueble por cuya enajenación se obtuvieron las rentas que habrían de gozar del diferimiento formase parte del inmovilizado material, condición que requería ser objeto de explotación duradera de la actividad de la empresa. Tal circunstancia no se da cuando permanece en su patrimonio sin ser explotado.

Noticias


El Congreso aprueba el proyecto de ley de factura electrónica, en el que PP acepta tres aportaciones de PSOE, CiU y UPyD

Las administraciones tienen un año para enviar a Hacienda la información para controlar la licencia única

La justicia europea cree que el céntimo sanitario vulnera la legislación comunitaria

Bruselas crea un grupo de expertos para garantizar que el sector digital pague impuestos

Las quejas sobre Hacienda y tributos ante el Defensor del Pueblo aumentan un 26% hasta septiembre

PNV pide que las cámaras reciban fondos de los Presupuestos y mejoras fiscales para contribuciones voluntarias

España y Portugal acuerdan la mejora del intercambio de información fiscal contra el fraude fiscal

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