viernes, 24 de junio de 2016

Esquema obligaciones de documentación de operaciones vinculadas RIS 2015 (CISS)


Cifra de negocios de la entidad (€)Tipo de operaciónDocumentación del obligado tributario (Local File)Documentación del grupo (Master File)Información país por país (se aprobará un modelo específico)
Igual o inferior a 10 MMOperaciones corrientesSe exige la documentación simplificada y además no es necesario aportar comparables (art. 16.4 RIS). Podrán utilizar el documento normalizado previsto en el Anexo V de la Orden HAP/871/2016No se exigeNo se exige
Operaciones de riesgoSe exige la documentación completa, salvo el análisis de comparabilidad (art. 16.1 y5 RIS)
Mayor de 10 MM e inferior a 45 MMOperaciones corrientesSe exige la documentación simplificada (art. 16.4 RIS)
Operaciones de riesgoSe exige la documentación específica completa (art. 16.1 y 5 y art. 17 RIS)
Igual o superior a 45 MM e inferior a 750 MMSe exige la documentación específica completa (art. 16.1 y 5 y art. 17 RIS)Se exige la documentación contenida en el art. 15 RIS
Igual o superior a 750 MMSe exige la documentación específica completa (art. 16.1 y 5 y art. 17 RIS)Se exige la documentación contenida en el art. 15 RISSe exige la documentación contenida en el art. 14 RIS
Nota operaciones de riesgo: son las enumeradas en el artículo 16.5 RIS.
Nota operaciones corrientes: todas las demás.
Nota sobre la documentación simplificada: entre otra información, en el art. 16.4 RIS, se excluye la obligación de aportar análisis de comparabilidad.
Nota sobre la documentación específica completa del obligado tributario: para el ejercicio 2015 se exigirá la documentación conforme al RIS 2004.
Nota sobre la documentación específica del grupo: para el ejercicio 2015 se exigirá la documentación conforme al RIS 2004.

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